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Tramos y retenciones del IRPF 2021 para autónomos

Inma Aljaro

Los autónomos están obligados a declarar sus retenciones de IRPF trimestral y anualmente. La mayoría, además, deben aplicarlas en sus facturas. El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) es un impuesto esencial en el sistema tributario español.

Garantiza que todos contribuyamos a los gastos públicos y, por tanto, como su nombre indica, lo deben pagar todas las personas que obtienen rentas, ya sea por su trabajo, por alquiler de inmuebles, por pensiones, etc. Es, por tanto, y con razón, uno de los impuestos que más suele preocupar cuando se comienza la actividad como autónomo.

¿Cómo se tributa el IRPF?

Al tratarse de un impuesto progresivo, cuanto mayores sean las retribuciones que se perciban, mayor es el porcentaje que hay que pagar a Hacienda. Y al revés: las rentas más bajas tributan menos.

Para determinar cuáles son esas cantidades, la Ley 35/2006 establece unos tramos del IRPF. Estos tramos fijan los tipos tributarios que le corresponde pagar a los contribuyentes según sus rentas. Existen tramos para los rendimientos del trabajo y tramos para las rentas del ahorro.

En este artículo nos centraremos en los primeros e intentaremos aclarar cómo afectarán los nuevos tramos modificados este año por el Gobierno para el IRPF 2021 (y que afectarán a las declaraciones que se hagan en 2022).

Las retenciones del IRPF: qué son

Las retenciones del IRPF son aportaciones que los trabajadores hacemos por adelantado a Hacienda a cuenta del resultado de la declaración de la renta. De esa manera, cuando llega el momento, ya hemos cumplido en la medida de lo posible con nuestra obligación impositiva.

Conviene saber bien los porcentajes que nos corresponden en cada caso para no llevarnos sorpresas. De las retenciones que hagamos durante todo el año dependerá, en gran medida, que la declaración nos salga a devolver (si hemos retenido de más) o a pagar (si hemos retenido de menos).

El importe de las retenciones debe ingresarse a Hacienda. Los trabajadores asalariados no tienen que preocuparse porque las empresas se lo descuentan directamente en su nómina.

Como autónomo, en cambio, debes estar pendiente. Si bien son tus pagadores quienes deben ingresarlo, en función de tu actividad tendrás que especificar, de acuerdo con el reglamento, el tipo de retención que te corresponde. También, si tienes trabajadores o a otros autónomos contratados, deberás hacerte cargo de esas pagos.

¿Quieres saber cuánto tienes pagar? Te lo contamos a continuación.

Tramos IRPF 2021 para autónomos

Como decíamos antes, para determinar cuál es el porcentaje que debe pagar el contribuyente, la ley del IRPF fija unos tramos y les atribuye un tipo diferente de retención de acuerdo con la situación del perceptor de las rentas.

Este año, en enero de 2021, el Gobierno anunció su intención de ampliar estos tramos del IRPF de cinco a seis al aplicar una subida de dos puntos en el IRPF para las rentas más altas. Concretamente, para las rentas del trabajo superiores a 300.000 euros anuales.

Esta subida se materializó con la aprobación del Real Decreto 899/2021 por el que se modifica el reglamento del IRPF. Se estableció, así, una nueva escala general estatal con la correspondiente subida del tipo marginal aplicable a las rentas más altas. Una modificación que, indicaron, sólo tendrá efectos en el 0,7% de los contribuyentes.

De manera correlativa, se aprobó una escala de retenciones para aplicar la citada subida en el tipo marginal máximo.

Con esta nueva disposición, a la base para calcular el tipo de retención al que se refiere el artículo 83 de este Reglamento, se le aplicarán los tipos que se indican en la siguiente tabla.

Tabla de retenciones IRPF 2021

Base liquidable Tramos totales de retención
De 0 a 12.450 € 19%
De 12.450 a 20.200 € 24%
De 20.200 a 35.200 € 30%
De 35.200 a 60.000 € 37%
De 60.000 a 300.000 € 45%
Más de 300.000 € 47%
Tramos retenciones IRPF 2021

Cómo se calculan las retenciones IRPF 2021

El IRPF es, decíamos, un impuesto progresivo y también lo es su aplicación. Imaginemos que en 2021 has ingresado, por ejemplo, 38.000€ brutos. Eso no significa que, de acuerdo a la tabla anterior, te corresponda pagar 14.060€ en concepto de impuesto sobre la renta.

Veamos el ejemplo más detallado:

Para calcular el tipo de retención del IRPF tendrás que:

  1. Sumar todos tus ingresos brutos durante un ejercicio. Eso te dará tu base imponible.
  2. A esa base imponible, habrá que restarles los gastos deducibles (hasta 2.000€ anuales).
  3. Después, aplicas las deducciones o reducciones que correspondan a tus circunstancias personales (estado civil, descendientes a cargo, hipotecas, etc).
  4. El resultado será tu base liquidable. A esta cantidad le aplicarás la cuota de retención que corresponda a cada tramo.

Hagamos entonces un cálculo rápido siguiendo la escala de los tramos de retenciones. Supongamos que no te has casado y no tienes hijos:

A tu base imponible de 38.000€ brutos le vamos a descontar el máximo de gastos deducibles, que son 2.000€. También restaríamos el mínimo por contribuyente, que con carácter general es de 5.500€ para menores de 65 años. Eso nos daría una base liquidable de 30.500€.

(Sueldo bruto-gastos deducibles-mínimo por contribuyente= 30.500€)

  • Con el primer tramo, hasta 12.450€, te retendrían 2.365€.
  • En el segundo tramo, hasta 20.200, te retendrían el 24% de 7.750€ (la diferencia entre 20.200-12.450): 1.860€.
  • Al aplicar el tercer tramo, en el que restarían 10.300€ (30.500 – 20.200), te retendrían 3.090€.
  • En total, con una base imponible de 30.500€, el importe que tendrías que pagar sería de 7.315€ de IRPF.
Base liquidable Porcentaje de retención IRPF
De 0 a 12.450 € 19% 2.365€
De 12.450 a 20.200 € 24% 1.860€
De 20.200 a 30.500 € 30% 3.090€
TOTAL 7.315€
Ejemplo de aplicación de retención IRPF 2021

Ten en cuenta que esta tabla se aplica a tus rendimientos totales anuales. Si, con la suma de las retenciones que has ido aplicando en tus facturas, te aproximas o alcanzas la cantidad que te corresponde pagar al final, todo irá bien. El resultado de la declaración de la renta te saldrá a cero, a devolver o a pagar muy poco. Si has retenido más impuestos de la cuenta, no te preocupes: te saldrá a devolver.

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Tramos autonómicos del impuesto sobre los rendimientos del trabajo

Por otra parte, hemos hecho este ejemplo sin considerar todas las situaciones que afectan al cálculo de la cuota íntegra o final que tendrás que ingresar a Hacienda. En función de tu situación personal, tu estado civil, el número de ascendientes o descendientes a cargo, discapacidad, hipotecas, movilidad geográfica, etcétera, tendrás unas u otras deducciones, reducciones o bonificaciones en los impuestos.

Por otra parte, el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas incluye un tramo estatal y otro autonómico. Esto significa que cada autonomía puede adaptar los impuestos a las circunstancias de su región.

En Cataluña, por ejemplo, la Generalitat ha anunciado que reducirá los tramos de retenciones IRPF 2021, de manera que para el ejercicio de 2022 las aportaciones podrían quedar así:

Base liquidable Tipo IRPF
De 0 a 12.450€ 10,5%
De 12.450€ a 17.707€ 12,0 %
De 17.707 a 21.000€ 14,0%
De 21.000€ a 33.007€ 15,0%
De 33.007€ a 53.407€ 18,8%
De 53.407€ a 90.000€ 21,5%
De 90.000 a 120.000€ 23,5%
De 120.000 a 175.000€ 24,5%
Más de 175.000€ 25,5%
Cambios en el IRPF en Cataluña

En cualquier caso, independientemente de la comunidad autónoma donde tributes, el problema, o llamémoslo mejor el imprevisto, surge cuando no has retenido el importe suficiente. Entonces te verás en la obligación de pagarle a Hacienda lo que te falte.

Como no queremos que esto ocurra, sigamos viendo cómo hacerlo de la manera más correcta.

¿Cómo afectan las retenciones del impuesto sobre la renta a los autónomos?

Cuando eres autónomo, la ley que regula las retenciones del IRPF te obliga a:

  • Incluir el importe de las retenciones en tus facturas.
  • Pagar trimestralmente a Hacienda las retenciones del IRPF en el sueldo de los trabajadores u otros profesionales autónomos a los que hayas contratado.
  • Abonar las retenciones del IRPF del alquiler de tu local u oficina.

Te explicamos a continuación los tres tipos de retenciones que afectan a los autónomos con más frecuencia.

Retenciones del IRPF en las facturas de los autónomos

Seguro que esto ya lo sabías o tu gestor te lo ha explicado: todas las facturas que realizan los autónomos, con algunas excepciones, deben desglosar los impuestos del IVA y el IRPF.

A la base imponible, esto es, al precio de venta original (ya sea un producto o servicio) tendrás que sumar la cantidad correspondiente de IVA. En el caso del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, deberás restarle el porcentaje que aplique (7%, 15%…), siempre y cuando emitas factura a una empresa u otros autónomos.

Si eres un autónomo dado de alta en alguna de las actividades empresariales incluidas en la sección primera del Impuesto de Actividades Económicas no estás obligado a practicar retenciones en tus facturas.

Ahora bien, los autónomos dedicados a actividades profesionales, agrícolas, ganaderas y forestales, así como algunas de las actividades en módulos sí deben efectuar estas retenciones aplicando los siguientes porcentajes:

  • Actividades profesionales: en 2022 se mantiene en el 15%.
  • Nuevos autónomos en actividades profesionales: 7% durante el año de inicio de la actividad y los dos siguientes.
  • Actividades forestales: 2%
  • Actividades ganaderas de engorde de porcino y avicultura: 1%
  • Actividades agrícolas y restantes actividades ganaderas: 2%
  • Otras actividades empresariales en estimación objetiva (módulos): 1%.
    (Consulta a tu gestor si tu actividad entra dentro de esta posibilidad).

Tabla de retenciones IRPF 2021 en las facturas de los autónomos
Tabla de retenciones IRPF en las facturas de los autónomos.

Aquí puedes consultar el cuadro informativo de retenciones para el ejercicio 2022.

Retenciones del IRPF de trabajadores

Por otra parte, si como autónomo tienes trabajadores a tu cargo, tendrás que hacer pagos trimestrales a Hacienda a cuenta de las retenciones que hayas efectuado en la nómina de cada uno de ellos. La cuantía de la retención va a depender del sueldo que perciban, del tipo de contrato y de sus circunstancias personales. Estos últimos datos te los tienen que facilitar ellos a través del modelo 145.

Puedes calcular la cuota introduciendo esos datos en la herramienta de cálculo de retenciones que la página de la AEAT pone a disposición de los contribuyentes.

Retenciones del IRPF 2021 en alquileres

Además de lo anterior, cuando tienes tu negocio en un local de alquiler, también debes retener el IRPF. En concreto, el 19% de lo que pagues -aunque la cantidad no venga especificada en los datos del recibo y se apliquen algunas excepciones.

Las aportaciones correspondientes a cada mes o trimestre se ingresan mediante el modelo 115.

Aquí puedes leer qué datos necesitas para rellenar el modelo 115. Además, se presentará un resumen anual de las retenciones practicadas

Otras retenciones del IRPF

Existen otras retenciones que también pueden afectarte como autónomo. Todas estas tributarían también al 19%:

  • Rendimiento del capital mobiliario (modelos 123 y 193).
  • Rendimiento procedente de la propiedad intelectual.
  • Arrendamiento de bienes inmuebles, negocios, minas.
  • Rendimientos derivados de la cesión de derechos de imagen.

Una vez que ya sabes cuál es el tipo de IRPF que debes aplicar, veamos cómo tienen que calcular el IRPF los autónomos.

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Cómo se calcula el IRPF de los autónomos

Como autónomo puedes calcular el IRPF de tres maneras distintas:

Según tu actividad profesional -y con algunas condiciones- tienes la posibilidad de elegir la que más te interese. Es recomendable estudiarlas bien. Si tienes dudas, te recomendamos que pidas ayuda a un gestor.

Estimación directa simplificada

La estimación directa simplificada es la más fácil y la más común. Puedes acogerte a ella si la cifra de negocios de tu actividad no ha superado los 600.000€. A no ser que renuncies o tengas obligación de tributar por módulos, la estimación directa simplificada será la que se te aplique en tu primer año como autónomo.

Mediante esta modalidad, el IRPF se calcula según los beneficios que obtengas por tu actividad laboral. Y estos beneficios se obtienen restándole a tus ingresos los gastos deducibles. Por otro lado, si tenemos pérdidas, es fácil compensarlas fiscalmente ya que no tributan.

Aquí puedes leer más sobre la modalidad de estimación directa simplificada.

Estimación directa normal

Es igual que la anterior y tendrás que recurrir a este régimen si tu actividad ha superado en 600.000€ anuales. También si renuncias a la simplificada o a la objetiva mediante el modelo 036 o el 037.

En el caso de que tengas que tributar mediante esta modalidad, debes cuidar las siguientes obligaciones contables y de registro de cuentas:

  • Si desarrollas actividades mercantiles debes ajustar tu contabilidad al Código de Comercio y al Plan General de Contabilidad.
  • Si tu actividad no es mercantil tan solo deberás tener los libros registro de ventas e ingresos, de compras y gastos y el de bienes de inversión.
  • Si tu actividad es profesional, serán obligatorios los libros de registro de ingresos, de gastos, de bienes de inversión y el de provisiones de fondos y suplidos.

Estimación objetiva o módulos

Esta modalidad también es un régimen de tributación simplificado.

La principal diferencia es que en lugar de tributar por tus beneficios reales, lo harás siguiendo una previsión del rendimiento económico. Esta previsión se basa en unos parámetros objetivos fijados por el Ministerio de Hacienda. Por ejemplo, el número de trabajadores, la electricidad consumida o las horas que el autónomo declare como dedicadas al negocio.

Las actividades económicas que realices deben estar incluidas en la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda. Puedes ver aquí las actividades que están incluidas en el régimen de estimación objetiva.

Qué modelos de retenciones debes presentar en Hacienda

Seguro que a estas alturas, lo tienes clarísimo: como autónomo, eres responsable de la comunicación de tus retenciones. Y para hacerlo, tienes que presentar a Hacienda una serie de modelos:

  • Modelo 130 (régimen de estimación directa).
  • Modelo 131 (régimen de estimación objetiva o módulos).
    • Ambos son trimestrales siguiendo los plazos marcados por la Agencia Tributaria:
      • Primer trimestre: del 1 al 20 de abril, ambos inclusive.
      • Segundo trimestre: del 1 al 20 de julio, ambos inclusive.
      • Tercer trimestre: del 1 al 20 de octubre, ambos inclusive.
      • Cuarto trimestre: del 1 al 20 de enero, ambos inclusive.
    • Accede a los modelos aquí: Modelo 130. Y aquí: Modelo 131.
  • Modelo 111, para ingresar las retenciones del IRPF de tus trabajadores.
    • Igual que los anteriores, se presenta dentro de los 20 días posteriores al final de cada trimestre.
    • El modelo 190 es la versión anual del 111 y se presenta entre los días 1 y 20 del mes de enero.
  • Modelo 115, para las retenciones del IRPF de tus alquileres.
    • Este modelo se presenta mensualmente en el caso de las grandes empresas, entre los días 1 y 20 (ambos inclusive) del mes siguiente al periodo de declaración correspondiente. En julio se presentará durante agosto y los primeros veinte días naturales del mes de septiembre.
    • Trimestral para el resto. Los plazos serán los mismos que los de los modelos anteriores.
    • Además de los modelos periódicos de retenciones por alquiler, existe una versión anual, el modelo 180. Se presenta telemáticamente entre los días 1 y 31 de enero de cada año, o en papel, hasta el día 20 de enero.

Preguntas Frecuentes sobre las retenciones del IRPF de los autónomos para 2022

¿Qué IRPF me corresponde como autónomo?

La retención del IRPF va a depender del tipo de actividad económica que realices y del total de tus ingresos anuales

¿Cuándo tiene que retener IRPF un autónomo?

Por lo general, un autónomo tiene que retener el IRPF en todas las facturas que emita, en función del tipo de actividad que realice. También tendrá que retener si tiene trabajadores o a otros autónomos contratados. Y si tiene alquilado o el local u oficina donde ejecute su actividad.

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