Cómo pueden solicitar los autónomos la baja por paternidad
Si eres autónomo y acabas de ser padre, tienes derecho a 19 semanas de permiso retribuido al 100%, sin pagar la cuota mensual y con tu alta en la Seguridad Social intacta. Aquí tienes todo lo que necesitas saber para solicitarla sin complicaciones.

La baja por paternidad, denominada oficialmente prestación por nacimiento y cuidado de menor, es un derecho al que tienen acceso todos los autónomos dados de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Desde 2021, la duración es idéntica para ambos progenitores, y el Real Decreto-ley 9/2025, de 29 de julio, la amplió a 19 semanas para nacimientos, adopciones o acogimientos producidos a partir del 31 de julio de 2025.
Durante todo el permiso, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) te abona el 100% de tu base reguladora y quedas exonerado al 100% del pago de la cuota de autónomos, aunque sigues dado de alta en el RETA y el periodo sigue computando a efectos de cotización.
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¿Los autónomos tienen baja por paternidad?
Sí. El periodo de paternidad es un permiso que posee el trabajador autónomo que está inactivo por haber tenido un hijo, haber adoptado o acogido o tutelado a un familiar.
La baja por paternidad ha ido aumentando hasta igualarse con la de las mujeres, por eso también puedes encontrártela como "prestación por nacimiento y cuidado de menor".
Además, durante ese período de tiempo, los autónomos están exentos de pagar la cuota de autónomos.
¿Qué requisitos debe cumplir un autónomo para solicitar la baja por paternidad?
Para acceder a la prestación, debes cumplir tres condiciones simultáneamente en el momento del nacimiento, la adopción o el acogimiento:
- Estar dado de alta en la Seguridad Social y en el RETA.
- Estar al corriente de pago de las cuotas de autónomos. Si tienes deudas pendientes, la Seguridad Social te ofrecerá un plazo para regularizar la situación antes de resolver la solicitud.
- Cumplir el período mínimo de cotización según tu edad:
| Edad del solicitante | Días cotizados en los últimos 7 años | Días cotizados en toda la vida laboral |
|---|---|---|
| 26 años o más | 180 días | 360 días |
| Entre 21 y 26 años | 90 días | 180 días |
| Menos de 21 años | Sin requisito mínimo | Sin requisito mínimo |
¿Cuánto dura la baja por paternidad para autónomos y cómo se distribuye?
Las 19 semanas no tienen por qué disfrutarse de forma continua. La ley establece tres bloques con condiciones y plazos distintos, lo que te permite adaptarlos a las necesidades de tu negocio y tu familia:
Distribución de las 19 semanas
| Bloque | Duración | Condiciones |
|---|---|---|
| Primer bloque | 6 semanas | Obligatorias e ininterrumpidas desde el nacimiento o la adopción |
| Segundo bloque | 11 semanas | Flexibles, deben disfrutarse dentro de los primeros 12 meses del nacimiento |
| Tercer bloque | 2 semanas | Flexibles, pueden solicitarse hasta que el menor cumpla 8 años |
¿Cuándo se puede ampliar el permiso?
La duración estándar de 19 semanas puede aumentar en varios supuestos especiales:
- Parto múltiple o adopción/acogimiento múltiple: se añade una semana adicional por cada hijo a partir del segundo.
- Bebé prematuro u hospitalización: el permiso puede ampliarse hasta 13 semanas adicionales en caso de hospitalización del recién nacido tras el parto.
- Discapacidad del recién nacido: se reconoce una semana adicional por cada hijo con discapacidad.
- Familia monoparental: el progenitor único puede acumular las semanas de ambos progenitores, lo que puede llegar a suponer hasta 32 semanas de permiso.
Cómo solicitar la baja por paternidad como autónomo
Una vez que nace el bebé, tienes 15 días para presentar la solicitud en la Seguridad Social. A continuación te detallamos la documentación que necesitas, las vías disponibles y los plazos que debes tener en cuenta.
Documentación necesaria
Para tramitar la solicitud, debes aportar los siguientes documentos:
- DNI del solicitante.
- Libro de familia o certificación de inscripción del menor en el Registro Civil.
- Informe del hospital sobre el parto.
- Declaración de situación de actividad como trabajador por cuenta propia (acredita que estabas en activo antes de la baja).
Vías para presentar la solicitud
Puedes elegir entre tres modalidades:
- Online: a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social (seg-social.es), con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve. Es la opción más rápida y permite hacer el seguimiento del expediente en tiempo real.
- Por correo postal: enviando la documentación al INSS.
- Presencialmente: en cualquier oficina de la Seguridad Social, con cita previa.
Plazos que debes tener en cuenta
Tienes 15 días desde el nacimiento para presentar la solicitud. El inicio de la baja puede ajustarse dentro de ese plazo; sin embargo, las 6 primeras semanas son obligatorias e ininterrumpidas y deben comenzar desde la misma fecha del nacimiento o de la resolución judicial en caso de adopción.
¿Qué ocurre si la Seguridad Social deniega la solicitud?
La baja por paternidad es un derecho irrenunciable: si cumples los requisitos, la Seguridad Social no puede denegarla. Si la solicitud queda paralizada por documentación incompleta, te la reclamarán antes de resolver. Si hay una denegación formal por incumplimiento de requisitos, puedes presentar una reclamación previa ante el INSS en el plazo de 30 días hábiles.
¿Cuánto se cobra estando de baja por paternindad?
En cuanto a la cuantía de la prestación, los autónomos cobrarán el 100% de la base reguladora. El cálculo saldrá de llevar a cabo una media de los últimos seis meses de las cotizaciones efectuadas a la Seguridad Social.
Por ejemplo, un autónomo con una base de cotización constante de 849,67 € produciría una prestación diaria de aproximadamente 28,32 €, lo que equivale a unos 1.029 € mensuales si se aplica a 30 días.
La bases de cotización para autónomos lleva aumentando progresivamente junto con la cuota, lo que afecta directamente a la cuantía de la prestación por paternidad.
El INSS realiza el pago el último día hábil de cada mes directamente en tu cuenta bancaria. El primer ingreso puede ser proporcional si la solicitud se tramitó a mitad de mes; a partir del mes siguiente, recibes el importe completo según tu base reguladora.
¿Qué obligaciones y responsabilidades tiene el autónomo estando en baja por paternidad?
Las primeras 6 semanas son de disfrute obligatorio e ininterrumpido desde el nacimiento. Durante ese periodo no puedes reincorporarte al trabajo, independientemente de lo que ocurra con tu negocio.
Pasadas esas 6 semanas, puedes optar por continuar el permiso o volver a la actividad. En ningún caso está permitido trabajar (ni por cuenta propia ni ajena) mientras cobras la prestación: el artículo 25 del Real Decreto Legislativo 5/2000 tipifica esta situación como infracción grave, que puede conllevar la suspensión de la prestación durante 3 o 6 meses o incluso su extinción definitiva.
Si en lugar del permiso completo prefieres una reincorporación parcial, puedes reducir tu jornada laboral hasta un 50%. En ese caso, la duración del permiso se extiende proporcionalmente y la prestación se reduce en la misma medida.
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¿Un autónomo puede trabajar estando de baja por paternidad?
En ningún caso, según el artículo 25 del Real Decreto Legislativo 5/2000, que regula la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, trabajar tanto por cuenta ajena o propia cobrando algún tipo de prestación es una sanción grave, según informan desde el gabinete de abogados 'Cristina Aguilar'.
De hecho, el artículo 47 del mismo Real Decreto, dice que quien trabaje estando de baja de paternidad se expone a que la prestación se le suspenda durante 3 o 6 meses o incluso que se le puede llegar a extinguir su prestación de paternidad. Por otra parte, también se permite reducir la jornada laboral hasta un 50%.
En este caso, la duración del permiso será proporcional a la reducción de horas. En definitiva, si se reduce un 50% la jornada, en lugar de 10 semanas de paternidad, estas aumentarán a 20.
¿Tienen derecho a esta baja los autónomos que adoptan o acogen un menor?
Sí. La prestación no solo cubre el nacimiento biológico, sino también la adopción, la guarda con finalidad de adopción y el acogimiento familiar. La duración, la cuantía y los requisitos son exactamente los mismos que en el caso de nacimiento biológico.
¿Puede el autónomo solicitar reducción de jornada en lugar del permiso completo?
Sí. Si reduces tu actividad hasta un 50% de la jornada habitual, el permiso se extiende en proporción inversa. Por ejemplo, con una reducción del 50%, las 19 semanas se convierten en 38 semanas. La prestación también se reducirá en la misma proporción.
Rosana Ribera de Gracia
Redactora de Contenidos
Rosana Ribera de Gracia es redactora de contenidos en Holded, enfocada en emprendimiento, planificación empresarial y crecimiento de pymes.
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