¿Qué modelos debemos presentar en la declaración trimestral de los autónomos?
Cada trimestre, los autónomos deben rendir cuentas con Hacienda presentando varios modelos según su actividad. Los más habituales son el 303 para liquidar el IVA y el 130 (o 131 en módulos) para el pago fraccionado del IRPF, además del 111 y el 115 si practican retenciones. Conocer cuáles te corresponden evita errores, recargos y sanciones innecesarias.

Ser autónomo significa enfrentarse cada trimestre a una de las tareas más temidas: la declaración de impuestos, tanto el IRPF de autónomos como el IVA. Este trámite, con sus plazos ajustados, cálculos complejos y el miedo a equivocarse, puede convertirse en una fuente de estrés y riesgos innecesarios para tu negocio.
Pero, ¿y si dejaras de verlo como un obstáculo? Esta guía está diseñada para transformar esa percepción. En las siguientes líneas, encontrarás una explicación clara y práctica de todo el proceso. Te guiaremos paso a paso, desglosando los modelos a presentar, los gastos deducibles clave y los errores más comunes que debes evitar.
¿Qué es la declaración trimestral de autónomos?
La declaración trimestral de autónomos es la obligación que tienen estos empresarios y profesionales de presentar una serie de modelos tributarios cada tres meses, de ingresar el importe que se derive de ellos (si procede) a favor del Tesoro Público y de llevar a cabo todo esto en la forma y plazos que establece la normativa vigente. En función de su objetivo, los autónomos deben presentar periódicamente distintos tipos de modelos:
- Declaraciones informativas: son aquellas que se generan, como su propio nombre indica, con el fin exclusivo de ofrecer datos a la administración, pero no conllevan ningún pago.
- Autoliquidaciones: se trata de los modelos que se presentan para, además de informar, liquidar un impuesto requerido por Hacienda o la Agencia Tributaria. En este grupo se encuentran todos los modelos destinados al cobro de impuestos como el IVA o el IRPF.

Recuerda que no todos los autónomos están obligados a presentar las mismas declaraciones sino que éstas pueden variar de un caso a otro en función de distintos elementos, como pueden ser el tipo de actividad que se desarrolla o el régimen fiscal aplicable.
¿En qué plazos se debe realizar esta declaración trimestral?
Las fechas de presentación de cada declaración son:
- Primer trimestre: entre el 1 y el 20 de abril y comprende los datos relativos a los meses de enero, febrero y marzo.
- Segundo trimestre: se presenta entre el 1 y el 20 de julio y comprende los datos relativos a los meses de abril, mayo y junio.
- Tercer trimestre: se presenta entre el 1 y el 20 de octubre y comprende los datos relativos a los meses de julio, agosto y septiembre.
- Cuarto trimestre: se presenta entre el 1 y el 20 de enero (aunque el plazo finaliza el 30 de enero para algunos modelos) y comprende los datos relativos a los meses de octubre, noviembre y diciembre.
¿Qué modelos trimestrales del IRPF tienen que presentar los autónomos?
Cada empresario o profesional estará obligado a presentar determinadas declaraciones trimestrales en función de su actividad, régimen fiscal, si practica o no retenciones, etc.
Aquí vamos a explicar cada una de ellas y lo haremos distinguiendo si pertenecen al ámbito del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o al del Impuesto sobre el Valor Añadido.
Los más comunes son los siguientes:
- Modelo 111: es el que se utiliza para declarar las retenciones que has practicado durante el trimestre a trabajadores, profesionales y empresarios. Como autónomo, deberás presentar este modelo si subcontratas servicios profesionales, tienes trabajadores con nómina u otros gastos con retención.
- Modelo 115: es una autoliquidación mediante la cual se declaran las retenciones practicadas por alquileres. Todas las empresas, autónomos o profesionales que tengan alquilado un local para el desarrollo de su negocio están obligados a presentarlo.
- Modelo 130: se trata de una autoliquidación con la que los autónomos en estimación directa (normal y simplificada) pagan el IRPF de forma fraccionada y por adelantado el IRPF. Ten en cuenta que no tendrás que presentar este modelo si has retenido, al menos, el 70% de tus ingresos, por lo que, si aplicas la retención que corresponda en cada factura, no es necesario.
- Modelo 131: igual que el modelo 130, pero de aplicación a los autónomos acogidos al Régimen de Estimación Objetiva (o módulos). Se calcula aplicando lo que la normativa establece para este sistema.
¿Cuáles son los modelos trimestrales del IVA para autónomos?
Los más habituales son el modelo 303, el modelo 309 y el modelo 349.
Modelo 303
El modelo 303 es el que utilizarás para realizar la autoliquidación del IVA. Debes informar a Hacienda de toda tu actividad durante el trimestre en cuestión y calcular la diferencia entre el IVA repercutido, el que cobras a tus clientes, y el soportado, el que pagas al hacer compras para tu negocio. Debes tener en cuenta dos cosas importantes:
- Solo en el cuarto trimestre se podrá solicitar la devolución del resultado negativo.
- Las cantidades a compensar de períodos anteriores se podrán restar del resultado positivo de la declaración, de forma que se pague menos o nada.
Este modelo aplica a todos los autónomos, excepto a aquellos que coticen en el Régimen Simplificado de IVA y los que coticen en el Régimen de Recargo de Equivalencia. En el primer caso, hay que presentar los modelos 310 y 311 y en el segundo no estarás obligado a presentar ningún modelo de IVA.
Además, si tu actividad está incluida en el artículo 20 de la Ley del IVA, también estarás exento de presentar el modelo 303 o cualquiera de sus sustitutos. Este trámite se suele realizar cada trimestre, pero tienes la opción de hacerlo cada mes.
Modelo 309
El modelo 309 es una declaración poco habitual entre los autónomos a nivel general, ya que únicamente deben presentarlo quienes no están obligados a cumplimentar el modelo 303 trimestral y el modelo 390 anual, ambos para detallar el IVA. Por lo general, es frecuente entre comerciantes minoristas sujetos al recargo de equivalencia en inversiones del sujeto pasivo o adquisiciones de bienes intracomunitarias.
Modelo 349
El modelo 349 es una declaración meramente informativa mediante la que se comunican los datos de las empresas con las que se han realizado operaciones intracomunitarias así como el importe de las mismas.
¿Por qué estamos obligados a realizar una declaración trimestral?
La función de este tipo de declaraciones es doble:
1.- Recaudatoria
Es la manera con la que la Agencia Tributaria recauda, de forma periódica y fraccionada, buena parte de los impuestos que corresponde liquidar a los autónomos.
Así las arcas del estado se van nutriendo de fondos a lo largo del ejercicio, sin tener que esperar a que termine el año para recibir el importe correspondiente a doce meses.
2.- Informativa
Al incluir datos económicos, la Administración va disponiendo de la información relativa a los negocios desarrollados por las personas físicas de este país. Muchas estadísticas y previsiones se elaboran a partir de ellas.
Le permiten, también, estar al tanto de la marcha de este sector económico y testear cuestiones tan diversas como, por ejemplo, si se van cumpliendo los hitos esperados, si van cambiando las tendencias o si hay tipos de actividades que van creciendo o disminuyendo.
Importancia de cumplir esta obligación
La importancia que para un autónomo tiene el cumplir con la presentación de sus declaraciones es la propia de cualquier obligación establecida por la ley. En esta materia, la normativa regula un severo régimen de infracciones y sanciones para los casos de incumplimiento total o parcial.
De hecho, la AEAT cuenta con los medios para detectar de manera automática la falta de presentación de una declaración o el haberlo hecho fuera de plazo, por lo que la iniciación del expediente sancionador correspondiente no se hace esperar.
Por tanto, la importancia de cumplir correctamente con esta obligación es evidente porque no hacerlo lleva aparejada la correspondiente multa y, en algunos casos, también recargos e intereses.
¿Cómo presentar la declaración trimestral de autónomos?
Desde que se suprimió la posibilidad de presentar las declaraciones trimestrales en papel, todas deben presentarse de manera online. En concreto, los autónomos podrán hacerlo mediante el uso de su certificado electrónico o de la Cl@ve PIN.
Para ello, simplemente debes localizar el modelo que tienes que presentar -si utilizas Holded, el software se encargará de avisarte para que no se te pase el plazo y de rellenarlo automáticamente por ti-.
En caso contrario, accede a la sede digital de la AEAT, localiza el modelo que debes presentar, rellena todas las casillas con la información que se te solicita y preséntalo siguiendo las instrucciones.
Errores comunes en el proceso de la declaración trimestral
Los errores que se suelen cometer con más frecuencia en los modelos del trimestre son los siguientes:
- No incluir todos las deducciones, normalmente por no haber recopilado la totalidad de las facturas recibidas.
- No consignar en el modelo 303 los datos relativos a las operaciones intracomunitarias realizadas o con inversión del sujeto pasivo.
- Olvidar presentar el modelo 349, que es la declaración informativa de operaciones intracomunitarias.
- No restar del resultado las cuotas a compensar de períodos anteriores.
- No incluir en el modelo 130 los datos acumulados del año, es decir, desde el 1 de enero (o fecha de inicio de actividad) hasta el último día del trimestre.
- No diferenciar entre bienes de inversión y gastos corrientes.
- Confundir los plazos de presentación del cuarto trimestre, que varían de unos modelos a otros.
Consejos para evitar errores en este proceso
En su mayoría, los fallos que se cometen son provocados por desconocimiento de la normativa que rige esta materia o por falta de rigor a la hora de preparar y cumplimentar los formularios.
Lo ideal, para evitar la mayoría de errores posibles, sería o bien formarse a fondo en lo relativo a estas obligaciones o contar con un profesional en el que delegar este tipo de tareas.
Piensa que los errores cuestan dinero, ya sea en cuotas a ingresar más altas, importes a devolver de menor cuantía o sanciones, recargos e intereses. Así que no es cosa de tomar a la ligera…
Lo que sin duda siempre va a ser de gran ayuda es contar con la herramienta adecuada, porque te va a facilitar mucho el trabajo y te va a ser útil a la hora de minimizar los fallos.
En este sentido Holded puede ser tu gran aliado porque su amplio número de funcionalidades, sus integraciones con otros programas y su manejo fácil e intuitivo lo convierten en el software para autónomos más puntero del mercado.
Sanciones en caso de no presentar los modelos de autónomo
La administración pública impone sanciones ante el incumplimiento de las obligaciones fiscales, tanto a los autónomos como a cualquier otro tipo de profesional o empresario.
Estas sanciones varían en función del modelo que no se presente o que incluya errores y van desde multas económicas -más altas o más bajas dependiendo del incumplimiento- a penas de prisión en caso de cometer un delito de fraude.
Por lo general, en el caso de los autónomos hay grandes diferencias cuando el error se da en una declaración informativa o una liquidación de impuestos, aunque en ambos casos se sanciona.
¿Se puede modificar una declaración ya presentada?
Sí, pero la forma de hacerlo variará según el caso:
- Si como consecuencia del error cometido el resultado de la liquidación es de un importe a pagar mayor habrá que presentar una declaración complementaria.
- Si como consecuencia del error cometido el resultado de la liquidación es de un importe menor a pagar o mayor a compensar o a devolver habrá que solicitar la rectificación de la declaración presentada.
- En algunos casos, si el error se ha cometido en una declaración informativa, se puede corregir directamente a través de la web de la AEAT.
¿Es obligatorio presentar la declaración si no se ha tenido actividad?
Depende de la declaración trimestral de que se trate. Por ejemplo, el modelo 303 (IVA) y el 130 (Pago a Cuenta de IRPF) sí que es obligatorio presentarlos aunque no se haya realizado actividad alguna en el trimestre en cuestión. Sin embargo, el modelo 115 (retenciones por alquiler), por ejemplo, solo hay que presentarlo cuando efectivamente ha habido un arrendamiento con retención.
Como te ayuda Holded en la presentación de tus declaraciones trimestrales
Una vez que te hemos contado cuáles son los modelos para autónomos más comunes, es posible que estés pensando cómo vas a estar pendiente de todos tú solo; la buena noticia es que no tienes que hacerlo: Holded se encarga de todo por ti.
La herramienta está diseñada para limitar el tiempo que dedicas a ello (incluso rellena los modelos más habituales por ti, para que solo tengas que revisarlos antes de presentarlos) minimizando posibles errores. ¡Pruébala ahora!
Isabel Rubio
Redactora de Contenidos
Isabel Rubio es redactora de contenidos en Holded, enfocada en emprendimiento y estrategias empresariales para pymes.
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