¿Cómo se hace la declaración trimestral de autónomos y qué modelos presentar?
Cada tres meses toca rendir cuentas con Hacienda. Aquí tienes qué modelos te tocan según tu actividad, cómo presentarlos, los plazos de 2026 y un ejemplo con números de cuánto se paga.

Si eres autónomo, cada trimestre tienes una cita fija con Hacienda: presentar los modelos que resumen tu actividad y, cuando corresponde, pagar la parte de impuestos que toca. Los más habituales son el 303 para el IVA y el 130 (o el 131 si estás en módulos) para el pago fraccionado del IRPF de los autónomos. A ellos se suman el 111 y el 115 si practicas retenciones.
Saber cuáles te tocan a ti evita recargos y te ahorra el susto de descubrir un modelo olvidado cuando ya se ha pasado el plazo. Aquí tienes la lista completa de modelos, las fechas de 2026 y un ejemplo real de cómo se calcula lo que pagas.
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20 ENERO
Modelo 115
4 Trimestre
Modelo 130
4 Trimestre
¿Qué es la declaración trimestral de autónomos?
La declaración trimestral de autónomos es el conjunto de modelos tributarios que debes presentar cada tres meses ante Hacienda para liquidar tus impuestos (sobre todo IVA e IRPF) e informar de tu actividad. En unos casos supone un pago y en otros solo comunicas datos.
Los modelos se dividen en dos grupos:
- Autoliquidaciones: sirven para liquidar un impuesto, como el IVA y el IRPF.
- Declaraciones informativas: solo aportan datos a la Administración y no conllevan pago.
No todos los autónomos presentan lo mismo. Lo que te toca depende de tu actividad, tu régimen fiscal y de si aplicas retenciones o no.
Modelos trimestrales a presentar por los autónomos
No todos los autónomos presentan los mismos modelos cada trimestre. Lo que te toca a ti depende de tus circunstancias: el régimen por el que cotizas (estimación directa o módulos), el tipo de actividad que realizas y si practicas retenciones o haces operaciones con otros países de la UE.
Por eso, antes de entrar en el detalle de cada uno, conviene tener una visión de conjunto. En la siguiente tabla resumen puedes identificar de un vistazo cuáles se ajustan a tu caso.
| Modelo | Qué declara | Quién lo presenta |
|---|---|---|
| 130 | Pago fraccionado del IRPF | Autónomos en estimación directa |
| 131 | Pago fraccionado del IRPF en módulos | Autónomos en estimación objetiva |
| 303 | Autoliquidación del IVA | Autónomos en régimen general de IVA |
| 111 | Retenciones a trabajadores y profesionales | Quien retiene en nóminas o facturas |
| 115 | Retenciones por alquiler de inmuebles | Quien alquila un local para su actividad |
| 349 | Operaciones intracomunitarias (informativa) | Quien compra o vende en la UE |
| 310 y 311 | IVA en régimen simplificado | Autónomos en módulos con IVA simplificado |
¿Cuándo se presenta la declaración trimestral?
Cada trimestre se presenta durante los primeros 20 días del mes siguiente al cierre del periodo. Estas son las fechas para 2026:
| Primer trimestre | Del 1 al 20 de abril |
|---|---|
| Segundo trimestre | Del 1 al 20 de julio |
| Tercer trimestre | Del 1 al 20 de octubre |
| Cuarto trimestre | Del 1 al 30 de enero del año siguiente para los modelos 130, 131 y 303 |
Sobre estos plazos conviene tener en cuenta dos matices que marca el calendario del contribuyente de la Agencia Tributaria:
• Si el último día cae en sábado, domingo o festivo, el plazo se traslada al siguiente día hábil.
• Si domicilias el pago en tu banco, el plazo termina 5 días antes (en la práctica, sobre el día 15 en lugar del 20).
¿Cómo se hace la declaración trimestral de autónomos?
Desde que se eliminó el papel, todos los modelos se presentan por internet en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria. Puedes identificarte con tu certificado electrónico, con el DNI electrónico o con la Cl@ve PIN.
El proceso implica localizar el modelo que te toca, rellenar las casillas con tus datos y presentarlo. Si llevas tu facturación con un software de gestión como Holded, los modelos más comunes se rellenan de forma automática y solo tienes que revisarlos antes de enviarlos.
Los modelos se agrupan según el impuesto que gestionan. Estos son los que aparecen con más frecuencia en el trimestre de un autónomo, según el impuesto que declaran.
Modelos trimestrales de IRPF
El IRPF es el impuesto que grava las ganancias que obtienes con tu actividad, es decir, la diferencia entre lo que ingresas y los gastos que puedes deducir. Aunque se liquida una vez al año en la declaración de la renta, como autónomo lo vas adelantando cada trimestre mediante pagos a cuenta.
Esos pagos se declaran con distintos modelos según tu régimen y según si retienes o no IRPF a terceros. El modelo que te toca depende de si tributas en estimación directa o en módulos.
- Modelo 130: pago fraccionado del IRPF para autónomos en estimación directa. Ingresas un porcentaje de tu beneficio acumulado del año. No lo presentas si al menos el 70% de tus ingresos ya llevan retención.
- Modelo 131: el equivalente al 130 para quienes tributan en módulos (estimación objetiva).
- Modelo 111: retenciones que practicas a trabajadores y profesionales.
- Modelo 115: retenciones por el alquiler del local o inmueble donde ejerces tu actividad.
Modelos trimestrales de IVA
El IVA es un impuesto que pagan tus clientes y que tú solo recaudas para ingresarlo después en Hacienda. Cada trimestre calculas la diferencia entre el IVA que has cobrado en tus facturas y el que has pagado en tus compras y gastos y liquidas ese resultado.
El modelo que utilizas depende del régimen de IVA en el que estés y del tipo de operaciones que realices. Estos son los que pueden corresponderte:
- Modelo 303: autoliquidación trimestral del IVA y el más común.
- Modelo 309: declaración no periódica para quienes no presentan el 303, como comerciantes en recargo de equivalencia con adquisiciones intracomunitarias.
- Modelo 349: declaración informativa de operaciones intracomunitarias. No conlleva pago.
- Modelos 310 y 311: sustituyen al 303 si estás en el régimen simplificado de IVA. El 310 en los tres primeros trimestres y el 311 en el cuarto.
Si eres autónomo societario, es decir, ejerces tu actividad a través de una sociedad (habitualmente una SL), no presentas el modelo 130, porque tus beneficios no tributan por IRPF sino por el impuesto sobre sociedades, exclusivo de las personas jurídicas. Ese impuesto también se adelanta a lo largo del año con el modelo 202, que se presenta del 1 al 20 de abril, octubre y diciembre.
¿Qué gastos puedes deducir?
Cuanto mejor controles tus gastos deducibles, menos pagarás de IRPF e IVA. Para poder deducir un gasto tiene que estar vinculado a tu actividad, justificado con factura y anotado en tus libros.
Los más habituales son la cuota de autónomos; los suministros y alquiler del local o de la parte de tu vivienda afecta a la actividad; el material, equipos y programas que usas para trabajar; los servicios de profesionales que subcontratas, como tu gestor, y los desplazamientos y dietas relacionados con tu trabajo, dentro de los límites que admite Hacienda.
Errores frecuentes y sanciones por no presentar
La mayoría de los fallos vienen de la prisa o de no tener las cuentas al día. Estos son algunos de los que más se repiten:
- Calcular el modelo 130 únicamente con los datos del trimestre en curso, en vez de los del ejercicio completo.
- Olvidar restar los saldos negativos de IVA de trimestres anteriores.
- No presentar el modelo 349 cuando has hecho operaciones intracomunitarias.
- Confundir bienes de inversión con gastos corrientes al deducir.
- Perder facturas y dejar de deducir gastos por el camino.
Si presentas tarde pero antes de que Hacienda te reclame, se aplica un recargo del 1% más un 1% adicional por cada mes completo de retraso, hasta los 12 meses. A partir de ahí, el recargo es del 15% más intereses de demora.
Si es la AEAT quien detecta la falta antes de que regularices, en lugar de un recargo puede aplicarte una sanción, que suele ser mayor.
Isabel Rubio
Redactora de Contenidos
Isabel Rubio es redactora de contenidos en Holded, enfocada en emprendimiento y estrategias empresariales para pymes.
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