¿Qué modelos debemos presentar en la declaración trimestral de los autónomos?

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December 2, 2025

Las declaraciones trimestrales pueden ser un trámite tedioso para el autónomo. Descubre en esta guía definitiva todas las claves para dominarlas, optimizar gastos y presentarlas sin errores.

Ser autónomo significa enfrentarse cada trimestre a una de las tareas más temidas: la declaración de impuestos, tanto el IRPF de autónomos como el IVA. Este trámite, con sus plazos ajustados, cálculos complejos y el miedo a equivocarse, puede convertirse en una fuente de estrés y riesgos innecesarios para tu negocio.

Pero, ¿y si dejaras de verlo como un obstáculo? Esta guía está diseñada para transformar esa percepción. En las siguientes líneas, encontrarás una explicación clara y práctica de todo el proceso. Te guiaremos paso a paso, desglosando los modelos a presentar, los gastos deducibles clave y los errores más comunes que debes evitar.

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¿Qué es la declaración trimestral de autónomos? 

La declaración trimestral de autónomos es la obligación que tienen estos empresarios y profesionales de presentar una serie de modelos tributarios cada tres meses, de ingresar el importe que se derive de ellos (si procede) a favor del Tesoro Público y de llevar a cabo todo esto en la forma y plazos que establece la normativa vigente. En función de su objetivo, los autónomos deben presentar periódicamente distintos tipos de modelos:

  • Declaraciones informativas: son aquellas que se generan, como su propio nombre indica, con el fin exclusivo de ofrecer datos a la administración, pero no conllevan ningún pago. 
  • Autoliquidaciones: se trata de los modelos que se presentan para, además de informar, liquidar un impuesto requerido por Hacienda o la Agencia Tributaria. En este grupo se encuentran todos los modelos destinados al cobro de impuestos como el IVA o el IRPF.

Recuerda que no todos los autónomos están obligados a presentar las mismas declaraciones sino que éstas pueden variar de un caso a otro en función de distintos elementos, como pueden ser el tipo de actividad que se desarrolla o el régimen fiscal aplicable.

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¿En qué plazos se debe realizar esta declaración trimestral? 

Las fechas de presentación de cada declaración son:

  • Primer trimestre: entre el 1 y el 20 de abril y comprende los datos relativos a los meses de enero, febrero y marzo.
  • Segundo trimestre: se presenta entre el 1 y el 20 de julio y comprende los datos relativos a los meses de abril, mayo y junio.
  • Tercer trimestre: se presenta entre el 1 y el 20 de octubre y comprende los datos relativos a los meses de julio, agosto y septiembre.
  • Cuarto trimestre: se presenta entre el 1 y el 20 de enero (aunque el plazo finaliza el 30 de enero para algunos modelos) y comprende los datos relativos a los meses de octubre, noviembre y diciembre.

¿Qué modelos intervienen en la declaración trimestral de autónomos? 

Cada empresario o profesional estará obligado a presentar determinadas declaraciones trimestrales en función de su actividad, régimen fiscal, si practica o no retenciones, etc.

Aquí vamos a explicar cada una de ellas y lo haremos distinguiendo si pertenecen al ámbito del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o al del Impuesto sobre el Valor Añadido.

Modelos trimestrales del IRPF para autónomos 

Los más comunes son los siguientes:

  • Modelo 111: es el que se utiliza para declarar las retenciones que has practicado durante el trimestre a trabajadores, profesionales y empresarios. Como autónomo, deberás presentar este modelo si subcontratas servicios profesionales, tienes trabajadores con nómina u otros gastos con retención.
  • Modelo 115: es una autoliquidación mediante la cual se declaran las retenciones practicadas por alquileres. Todas las empresas, autónomos o profesionales que tengan alquilado un local para el desarrollo de su negocio están obligados a presentarlo.
  • Modelo 130: se trata de una autoliquidación con la que los autónomos en estimación directa (normal y simplificada) pagan el IRPF de forma fraccionada y por adelantado el IRPF. Ten en cuenta que no tendrás que presentar este modelo si has retenido, al menos, el 70% de tus ingresos, por lo que, si aplicas la retención que corresponda en cada factura, no es necesario.
  • Modelo 131: igual que el modelo 130, pero de aplicación a los autónomos acogidos al Régimen de Estimación Objetiva (o módulos). Se calcula aplicando lo que la normativa establece para este sistema.

Modelos trimestrales del IVA para autónomos 

Los más habituales son el modelo 303, el modelo 309 y el modelo 349.

Modelo 303

El modelo 303 es el que utilizarás para realizar la autoliquidación del IVA. Debes informar a Hacienda de toda tu actividad durante el trimestre en cuestión y calcular la diferencia entre el IVA repercutido, el que cobras a tus clientes, y el soportado, el que pagas al hacer compras para tu negocio. Debes tener en cuenta dos cosas importantes:

  • Solo en el cuarto trimestre se podrá solicitar la devolución del resultado negativo.
  • Las cantidades a compensar de períodos anteriores se podrán restar del resultado positivo de la declaración, de forma que se pague menos o nada.

Este modelo aplica a todos los autónomos, excepto a aquellos que coticen en el Régimen Simplificado de IVA y los que coticen en el Régimen de Recargo de Equivalencia. En el primer caso, hay que presentar los modelos 310 y 311 y en el segundo no estarás obligado a presentar ningún modelo de IVA.

Además, si tu actividad está incluida en el artículo 20 de la Ley del IVA, también estarás exento de presentar el modelo 303 o cualquiera de sus sustitutos. Este trámite se suele realizar cada trimestre, pero tienes la opción de hacerlo cada mes.

En nuestro artículo “¿Cómo solicitar la devolución mensual del IVA?” te explicamos cómo hacerlo.

Modelo 309

El modelo 309 es una declaración poco habitual entre los autónomos a nivel general, ya que únicamente deben presentarlo quienes no están obligados a cumplimentar el modelo 303 trimestral y el modelo 390 anual, ambos para detallar el IVA. Por lo general, es frecuente entre comerciantes minoristas sujetos al recargo de equivalencia en inversiones del sujeto pasivo o adquisiciones de bienes intracomunitarias.

Modelo 349

El modelo 349 es una declaración meramente informativa mediante la que se comunican los datos de las empresas con las que se han realizado operaciones intracomunitarias así como el importe de las mismas.

¿Cuál es la función de la declaración trimestral de autónomos? 

La función de este tipo de declaraciones es doble:

1.- Recaudatoria

Es la manera con la que la Agencia Tributaria recauda, de forma periódica y fraccionada, buena parte de los impuestos que corresponde liquidar a los autónomos.

Así las arcas del estado se van nutriendo de fondos a lo largo del ejercicio, sin tener que esperar a que termine el año para recibir el importe correspondiente a doce meses.

2.- Informativa

Al incluir datos económicos, la Administración va disponiendo de la información relativa a los negocios desarrollados por las personas físicas de este país. Muchas estadísticas y previsiones se elaboran a partir de ellas.

Le permiten, también, estar al tanto de la marcha de este sector económico y testear cuestiones tan diversas como, por ejemplo,  si se van cumpliendo los hitos esperados, si van cambiando las tendencias o si hay tipos de actividades que van creciendo o disminuyendo.

Importancia de cumplir esta obligación 

La importancia que para un autónomo tiene el cumplir con la presentación de sus declaraciones es la propia de cualquier obligación establecida por la ley. En esta materia, la normativa regula un severo régimen de infracciones y sanciones para los casos de incumplimiento total o parcial.

De hecho, la AEAT cuenta con los medios para detectar de manera automática la falta de presentación de una declaración o el haberlo hecho fuera de plazo, por lo que la iniciación del expediente sancionador correspondiente no se hace esperar.

Por tanto, la importancia de cumplir correctamente con esta obligación es evidente porque no hacerlo lleva aparejada la correspondiente  multa y, en algunos casos, también recargos e intereses.

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¿Cómo presentar la declaración trimestral de autónomos? 

Desde que se suprimió la posibilidad de presentar las declaraciones trimestrales en papel, todas deben presentarse de manera online. En concreto, los autónomos podrán hacerlo mediante el uso de su certificado electrónico o de la Cl@ve PIN.

Para ello, simplemente debes localizar el modelo que tienes que presentar -si utilizas Holded, el software se encargará de avisarte para que no se te pase el plazo y de rellenarlo automáticamente por ti-. 

En caso contrario, accede a la sede digital de la AEAT, localiza el modelo que debes presentar, rellena todas las casillas con la información que se te solicita y preséntalo siguiendo las instrucciones.

Errores comunes en el proceso de la declaración trimestral 

Los errores que se suelen cometer con más frecuencia en los modelos del trimestre son los siguientes:

  • No incluir todos las deducciones, normalmente por no haber recopilado la totalidad de las facturas recibidas.
  • No consignar en el modelo 303 los datos relativos a las operaciones intracomunitarias realizadas o con inversión del sujeto pasivo.
  • Olvidar presentar el modelo 349, que es la declaración informativa de operaciones intracomunitarias.
  • No restar del resultado las cuotas a compensar de períodos anteriores.
  • No incluir en el modelo 130 los datos acumulados del año, es decir, desde el 1 de enero (o fecha de inicio de actividad) hasta el último día del trimestre.
  • No diferenciar entre bienes de inversión y gastos corrientes.
  • Confundir los plazos de presentación del cuarto trimestre, que varían de unos modelos a otros.

Consejos para evitar errores en este proceso 

En su mayoría, los fallos que se cometen son provocados por desconocimiento de la normativa que rige esta materia o por falta de rigor a la hora de preparar y cumplimentar los formularios.

Lo ideal, para evitar la mayoría de errores posibles, sería o bien formarse a fondo en lo relativo a estas obligaciones o contar con un profesional en el que delegar este tipo de tareas. 

Piensa que los errores cuestan dinero, ya sea en cuotas a ingresar más altas, importes a devolver de menor cuantía o sanciones, recargos e intereses. Así que no es cosa de tomar a la ligera…

Lo que sin duda siempre va a ser de gran ayuda es contar con la herramienta adecuada, porque te va a facilitar mucho el trabajo y te va a ser útil a la hora de minimizar los fallos. 

En este sentido Holded puede ser tu gran aliado porque su amplio número de funcionalidades, sus integraciones con otros programas y su manejo fácil e intuitivo lo convierten en el software para autónomos más puntero del mercado.

¿Qué otros modelos debe presentar un autónomo?

Además de las declaraciones trimestrales, los trabajadores por cuenta propia deben presentar otros modelos, algunos de los cuales afectan a momentos concretos, como los de alta, mientras que otros implican obligaciones periódicas, como los anuales. Estos son los principales.

Modelos para darse de alta como autónomos

Aparte de los modelos comentados, veamos los específicos que se deben presentar para darse de alta de autónomo.

También sirven para darse de baja en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de la Agencia Tributaria española. Además, se pueden presentar para modificar datos personales o fiscales, entre otros ajustes.

Modelo 036

Es el modelo general y se puede utilizar por cualquier persona física o jurídica, independientemente de su actividad económica. Anteriormente co-existía con el modelo 037, que era únicamente para autónomos, pero desde febrero de 2025 se han unificado ambos en el modelo 036, que ya servía para empresas y autónomos y permite realizar más trámites.

Modelo TA.0521

Aparte de darse de alta o baja en la AEAT, el autónomo debe realizar este trámite en la Seguridad Social con el modelo TA.0521, el documento con el que se gestiona el alta o baja en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos). Se debe presentar en la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social o en la Sede Electrónica de la SS.

Modelos anuales para autónomos

Además de las declaraciones parciales, que como ya hemos visto se presentan cada tres meses, a la finalización del ejercicio fiscal es necesario presentar liquidaciones definitivas de cada uno de los tributos.

Modelo 390

Con un mero carácter informativo, el modelo 390 consiste en hacer un resumen anual de las declaraciones trimestrales de IVA presentadas a través del modelo 303. Es obligatorio para todos aquellos autónomos que han declarado IVA en algún momento del año.

Modelo 190

El modelo 190 es el documento anual que deberemos presentar si hemos presentado el modelo 111 en algún trimestre. Tiene un carácter informativo y recapitulativo. Echa un vistazo a nuestro post “Modelo 190: qué tener en cuenta” para asegurarte de que lo presentas correctamente.

Modelo 347

Es la declaración de operaciones con terceros. También es meramente informativo, lo que implica que no supone pago o devolución alguna. A través del modelo 347 se informa a la Agencia Tributaria de las operaciones con clientes o proveedores en las que se hayan superado los 3.005,06 euros durante el ejercicio.

Modelo 100

El modelo 100 es el Impuesto sobre la renta de las Personas Físicas que se realiza cada año. Este documento recopila los rendimientos anuales de las actividades económicas de un autónomo.

Modelo 180

El modelo 180 es una declaración meramente informativa, pero obligatoria para aquellos autónomos que alquilan un espacio para el desempeño de su actividad profesional. Se presenta para informar a las administraciones públicas de las retenciones de IRPF a cuenta del pago del alquiler.

Modelos de autónomos para casos particulares

Además de los modelos habituales, existen casos concretos que requieren de liquidaciones específicas. Las vemos a continuación.

Modelo 151

El régimen especial para trabajadores, profesionales, emprendedores e inversores desplazados a territorio español -popularmente conocida como Ley Beckham- también incluye a los autónomos que se encuentran en esta situación, cuya declaración de la renta se lleva a cabo mediante el modelo 151 y no mediante el 100, como es habitual.

Modelo 309

El modelo 309 es una declaración poco habitual entre los autónomos a nivel general, ya que únicamente deben presentarlo quienes no están obligados a cumplimentar el modelo 303 trimestral y el modelo 390 anual, ambos para detallar el IVA. Por lo general, es frecuente entre comerciantes minoristas sujetos al recargo de equivalencia en inversiones del sujeto pasivo o adquisiciones de bienes intracomunitarias.

Modelo 210

Por su parte, el modelo 210 también sirve para declarar la renta, pero en este caso hablamos en concreto del IRNR -Impuesto sobre la Renta de los No Residentes en España-. Como su propio nombre indica, va dirigido a contribuyentes de la Hacienda española que residen en el extranjero, también en el caso de los autónomos.

Sanciones en caso de no presentar los modelos de autónomo

La administración pública impone sanciones ante el incumplimiento de las obligaciones fiscales, tanto a los autónomos como a cualquier otro tipo de profesional o empresario.

Estas sanciones varían en función del modelo que no se presente o que incluya errores y van desde multas económicas -más altas o más bajas dependiendo del incumplimiento- a penas de prisión en caso de cometer un delito de fraude.

Por lo general, en el caso de los autónomos hay grandes diferencias cuando el error se da en una declaración informativa o una liquidación de impuestos, aunque en ambos casos se sanciona.

Presenta tus declaraciones como autónomo con Holded

Una vez que te hemos contado cuáles son los modelos para autónomos más comunes, es posible que estés pensando cómo vas a estar pendiente de todos tú solo; la buena noticia es que no tienes que hacerlo: Holded se encarga de todo por ti.

La herramienta está diseñada para limitar el tiempo que dedicas a ello (incluso rellena los modelos más habituales por ti, para que solo tengas que revisarlos antes de presentarlos) minimizando posibles errores. ¡Pruébala ahora!

Preguntas frecuentes

¿Se puede modificar una declaración ya presentada?

Sí, pero la forma de hacerlo variará según el caso: Si como consecuencia del error cometido el resultado de la liquidación es de un importe a pagar mayor habrá que presentar una declaración complementaria. Si como consecuencia del error cometido el resultado de la liquidación es de un importe menor a pagar o mayor a compensar o a devolver habrá que solicitar la rectificación de la declaración presentada. En algunos casos, si el error se ha cometido en una declaración informativa, se puede corregir directamente a través de la web de la AEAT.

¿Es obligatorio presentar la declaración si no se ha tenido actividad?

Depende de la declaración trimestral de que se trate. Por ejemplo, el modelo 303 (IVA) y el 130 (Pago a Cuenta de IRPF) sí que es obligatorio presentarlos aunque no se haya realizado actividad alguna en el trimestre en cuestión. Sin embargo, el modelo 115 (retenciones por alquiler), por ejemplo, solo hay que presentarlo cuando efectivamente ha habido un arrendamiento con retención.

Novedades fiscales para autónomos en 2026

Previsiblemente, en 2026 se dará continuidad a los acuerdos alcanzados para 2025 y se impulsarán nuevas medidas que afectan directamente a los autónomos en lo que se refiere a sus cotizaciones y obligaciones tributarias. Una de las más importantes es la simplificación de los requisitos para acceder a la prestación por cese de actividad, el llamado paro de los autónomos, así como para acceder de forma más rápida a su concesión.Por su parte, las asociaciones de autónomos mantienen algunas de sus reivindicaciones, como la prórroga de las cuotas de 2025 mientras se negocian las nuevas condiciones en 2026, atención específica para los autónomos en régimen de pluriactividad y una participación efectiva del colectivo en la negociación y diseño de las nuevas tablas de cotización por ingresos reales para el periodo 2026-2028.

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