Primer año como autónomo: cómo acceder a la tarifa plana de 80€, plazos clave y documentos necesarios para que tu solicitud salga adelante a la primera
La tarifa plana para autónomos te permite pagar 80 € al mes durante el primer año de alta. En este artículo te explicamos los requisitos para acceder a ella.
Cuando inicias un nuevo negocio, parece que todos son gastos y cualquier ayuda en esos primeros momentos es poco… Con la idea de echar una mano a los emprendedores y fomentar la creación de nuevas empresas, desde 2013 existe lo que se conoce como tarifa plana para autónomos, que te permitirá ahorrarte una parte considerable de la cuota mensual de la Seguridad Social durante los primeros meses. ¡Te lo contamos todo!
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La tarifa plana para autónomos es una bonificación gracias a la que pagarás tan solo 80 € mensuales durante los primeros meses de actividad. Es una medida anticrisis aprobada en 2013 como “medida de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo” y que se ha ido renovando sucesivamente.
Para este 2025, y pese a que las cuotas de autónomo han cambiado con respecto a 2024, estableciéndose en 15 tramos que oscilan entre 200 y 590 euros en función de los ingresos reales del autónomo , la tarifa plana de 80 euros mensuales para nuevos autónomos se mantiene sin modificaciones.
La tarifa plana tiene una duración de 12 meses, ampliables a otros 12, si se cumplen ciertas condiciones, como tener unos ingresos inferiores al salario mínimo interprofesional o pertenecer a un colectivo vulnerable. Además, algunas comunidades autónomas ofrecen bonificaciones propias, como la cuota cero, disponible en Andalucía, Aragón, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Extremadura, Galicia, Madrid y Murcia.
El importe de la tarifa plana para autónomos ha quedado establecida en 80 euros mensuales para este 2025, prorrogables hasta un total de 24 meses (36 en el caso de ciertos colectivos vulnerables), siempre y cuando no se alcancen unos ingresos mensuales equivalentes al SMI y únicamente nuevas altas.
Una vez finalizado este periodo, tendrás que elegir tu base de cotización en función de tus ingresos reales, eligiendo uno de los tramos previstos por la Seguridad Social para este ejercicio:
Base mínima de cotizaciónCuotaHasta 670 €653,59 €200 €Entre 670 € y 900 €718,95 €220 €Entre 900 € y 1.125,90 €849,67 €260 €Entre 1.125,90 € y 1.300 €950,98 €280 €Entre 1.300 € y 1.500 €960,78 €294 €Entre 1.500 € y 1.700 €960,78 €294 €Entre 1.700 € y 1.850 €1.143,79 €350 €Entre 1.850 € y 2.030 €1.209,15 €370 €Entre 2.030 € y 2.760 €1.274,51 €390 €Entre 2.330 € y 2.760 €1.356,21 €415 €Entre 2.760 € y 3.190 €1.437,91 €465 €Entre 3.190 € y 3.620 €1.519,61 €490 €Entre 3.620 € y 4.050 €1.601,31 €515 €Entre 4.050 € y 6.000 €1.732,03 €530 €6.000 € o más1.928,10 €590 €
¿En qué casos puedes acceder a la tarifa plana para autónomos? Tienes derecho a disfrutarla si cumples los siguientes requisitos:
En el caso de que ya hayas sido autónomo con anterioridad, aunque hayas disfrutado de la tarifa plana, deben haber pasado tres años desde la fecha en la que te dieras de baja del RETA.
Pero, ojo, porque esta tarifa plana se amplía a ciertos autónomos que, sin ser nuevos, cumplan las siguientes condiciones.
¿Sabes cómo se hace la Declaración de la Renta de los autónomos? Entérate de todo aquí.
Se debe acudir al portal de trámites online de la Seguridad Social, usando certificado digital o cualquiera opción de acceso, como Cl@ve PIN o vía SMS. Cuando se accede para darse de alta como autónomo, debes indicar que es un alta inicial. En caso de cumplir los requisitos, se te cobrará según el caso en la primera cotización mensual.
El primer paso es consultar si cumples los requisitos para que te concedan la ampliación, que como ya hemos comentado se basan en los ingresos obtenidos durante los 12 primeros meses y la previsión de facturación (fundamentada) que tengas para los 12 siguientes. En ambos casos, no debe ser superior al SMI, que para 2025 ha quedado establecido en 1.381,33 euros brutos al mes.
Si cumples esta condición, simplemente debes acceder a la web Importass de la Seguridad Social, identificándote con Cl@ve Permanente, Cl@ve PIN o certificado digital y completar el formulario de solicitud correspondiente.
Revisa que no haya errores en la información aportada, confirma el formulario y guarda el comprobante de solicitud. Eso sí, si cumples todos los requisitos ¡recuerda solicitarla antes de que finalice el periodo inicial de 12 meses!
Si necesitas acreditar que estás dado de alta en el Régimen de Trabajadores Autónomos, consulta aquí como solicitar el certificado de alta de autónomo.
Hay una bonificación especial para ciertos colectivos, como los pluriactivos o los autónomos con discapacidad.
Aunque no pueden acogerse a la tarifa plana de 80 euros, los autónomos societarios cotizan según sus rendimientos netos reales, dentro del sistema general de tramos, igual que cualquier otro autónomo. Las cuotas mensuales se sitúan entre 200 y 590 euros, según ingresos.
Los autónomos que además trabajan a cuenta ajena con contrato laboral de más del 50% de la jornada, tienen derecho también a reducciones. La tarifa plana para autónomos en pluriactividad en 2025 es de 80 euros mensuales. Esta es la cotización para los primeros 12 meses de actividad.
Los autónomos con una discapacidad igual o mayor del 33% pagan la cuota de 80 euros durante los primeros 24 meses de actividad.
En 2023 se eliminó la tarifa plana rural, que permitía reducir la cotización a autónomos de poblaciones pequeñas. Actualmente, el trabajador por cuenta propia de municipios con menos de 5.000 habitantes puede acogerse a la tarifa plana general de 80 euros, si cumple los requisitos.
Este tramo solo es viable para autónomos menores de 30 años, o menores de 35 si se trata de mujeres. Pueden acogerse a él si es su primera alta o si no han estado dados de alta en el RETA durante los dos años inmediatamente anteriores.
Pueden beneficiarse de un 30% de descuento en la cuota mensual tras el periodo de bonificación general durante los siguientes 12 meses y ampliarlo hasta un máximo de 36.
Durante los primeros dos años de actividad, la Comunidad de Madrid sufragará al 100% la tarifa de estos nuevos autónomos que inicien actividad, de modo que no tengan que pagar ni siquiera la tarifa plana. En Andalucía se implantó esta medida en 2023.