El modelo 190 es el resumen anual de las retenciones IRPF efectuadas a los trabajadores en sus nóminas o a empresas y profesionales autónomos, en sus facturas.
El modelo 190 es un resumen anual de las retenciones del impuesto sobre las rentas de las personas físicas (IRPF) que se hayan efectuado en nómina a los trabajadores o en las facturas de empresas y profesionales autónomos. Es una declaración anual, meramente informativa, pero muy relacionada con la liquidación de impuestos a través del modelo 111.
Te explicamos qué es, quién debe presentarlo, cómo rellenarlo y los plazos de presentación del impreso.
El modelo 190 (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo y de actividades económicas y premios. Resumen anual) es la declaración de todas las retenciones de IRPF que se han efectuado a lo largo del año a los trabajadores o a otros empresarios y autónomos en sus facturas. Este modelo está relacionado con el modelo 111, con el que se liquidan trimestralmente las retenciones de IRPF en nómina de los trabajadores.

Están obligados a presentar el modelo 190 todos los profesionales autónomos y las empresas con trabajadores contratados en plantilla o que hayan contratado servicios a otros autónomos que hayan aplicado retenciones de IRPF en sus facturas.
También deberán presentarlo quienes hayan recibido ganancias patrimoniales o arrendamientos de bienes muebles, ingresos derivados de la propiedad intelectual o industrial, quienes hayan cedido derechos de imagen o ganado premios.
Si estás en una o más de estas situaciones, probablemente también has tenido que presentar el modelo 111 y, por tanto, deberás presentar la declaración anual.
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La presentación del modelo 190 es anual y coincide con la del cuarto trimestre del modelo 111, esto es, se presenta del 1 al 31 de enero del año siguiente al ejercicio que se quiera declarar.
Su presentación es telemática, a través de la página web de la Agencia Tributaria.
En caso de que, por problemas técnicos, no pudiera presentarse en el periodo establecido, se amplía el plazo a los cuatro días naturales siguientes a la finalización de dicho plazo.
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Como el modelo 190 es un resumen anual de las liquidaciones del impuesto sobre la renta de las personas físicas, necesitarás toda la documentación relacionada con estos pagos, las nóminas de tus trabajadores y las facturas donde hayas retenido el IRPF a otros profesionales por sus servicios durante el ejercicio que vas a declarar. O cualquier factura en la que se haya efectuado una retención de este tipo (ya sea en metálico o en especie).
Una de las mayores ventajas de tener un programa como Holded es la comodidad de que tu modelo 190 se rellene automáticamente, sin errores, con todos los datos de las facturas, nóminas, gastos o ingresos que hayas ido introduciendo a lo largo del año.
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En el caso de que tengas que hacerlo manualmente, lo más recomendable es que prepares todos los datos con antelación para evitar posibles errores y tener que rectificar posteriormente. No obstante, si hubiera algún error, recuerda que puedes subsanarlo con una declaración complementaria o sustitutiva..
En primer lugar, tendrás que introducir los datos de la persona declarante: nombre, apellidos, NIF y un teléfono de contacto, e indicar el año o ejercicio de presentación del modelo y la modalidad (impreso o soporte).

Indica, en caso de que sea así, si lo que presentas es una declaración complementaria o sustitutiva, esto es, si vas a añadir o corregir información ya aportada en una declaración anterior (a la que tendrás que hacer referencia con un número identificativo) o si quieres que este modelo sustituya completamente al presentado con anterioridad.

A continuación, debes rellenar el resumen de los datos que incluirás en la declaración:
Esta información hay que especificarla en las páginas interiores del modelo. Te lo explicamos con más detalle a continuación.

En las páginas interiores hay que identificar uno por uno a los perceptores con sus datos identificativos (NIF, nombre y apellidos) y sus datos personales. Se considerará perceptor a cada una de las personas o empresas a las que hayas retenido IRPF, ya sea en su nómina o en facturas.

En cada uno de ellos tendrás que especificar, además de sus datos, la clave y subclave que identifican el origen de los gastos y los pagos.
Al final de cada hoja deberás introducir la suma de las percepciones que hayas incluido en cada una de ellas. (La suma total de las percepciones se especificará en la primera hoja).

Además de las claves, también debes indicar si las percepciones recibidas han sido dinerarias o en especie.
En el primer caso, habrás de anotar el importe íntegro anual de esas percepciones y, en las retenciones practicadas, el importe anual efectivamente retenido a cuenta del IRPF.
En caso de percepciones en especie, tienes que indicar la valoración y los ingresos a cuenta efectuados y los repercutidos.
Por último, las rentas han sido obtenidas en Ceuta o Melilla, deberás anotarlo e indicar si el pagador ha determinado otro tipo de retención en rentas obtenidas con derecho a deducción.
Puede ocurrir que durante el ejercicio fiscal no hayas tenido perceptores y aun así tengas que presentar tu declaración de retenciones. Si te diste de alta como autónomo cuando tenías perceptores, estás obligado a seguir presentando el modelo 111 y, por tanto, el modelo 190.
Para evitar esta obligación, si no has tenido o no vas a tener trabajadores en nómina ni vas a contratar el servicio de otros profesionales, puedes presentar de nuevo el modelo 036 modificando los datos relacionados con esta opción.
Pero hasta que no lo modifiques, tendrás que presentarlo. En ese caso, lo único que tienes que hacer es dejar el apartado de perceptores en blanco. Así estarás cumpliendo con tu obligación de presentar la declaración e informarás a Hacienda de que no has tenido perceptores.
Otra posibilidad es que no tengas los datos de tus perceptores o no los tengas identificados. Puede ser que el perceptor se haya dado de alta con su nombre comercial en vez de hacerlo con su nombre y apellidos. En esa situación, lo que puedes hacer es:
Cuando lo tengas identificado, podrás presentar tu modelo 190 con sus datos.
La presentación del modelo 190 puede ser un poco compleja, por la cantidad de datos que deben introducirse. Tener un programa como Holded te ahorrará mucho trabajo, ya que tu modelo 190 se rellena automáticamente, sin errores, con todos los datos de las facturas, nóminas, gastos o ingresos que hayas ido introduciendo a lo largo del año.
El modelo 190 es un modelo anual que se presenta coincidiendo con el cuarto trimestre del modelo 111.
Todos los profesionales autónomos y las empresas con trabajadores contratados en plantilla o que hayan contratado servicios a otros autónomos que hayan aplicado retenciones de IRPF en sus facturas están obligados a presentar el modelo 190. También deberán presentarlo quienes hayan recibido ganancias patrimoniales o arrendamientos de bienes muebles, ingresos derivados de la propiedad intelectual o industrial, quienes hayan cedido derechos de imagen o ganado premios.
Si cuando te diste de alta como autónomo tenías perceptores y has presentado el modelo 111 trimestralmente, debes presentar el modelo 190 aunque durante el ejercicio fiscal que vas a declarar no hayas tenido perceptores. Puedes modificar esta obligación presentando de nuevo el modelo 036 aclarando tu nueva situación.