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11 min de lectura

¿Cuánto paga un autónomo al mes en España en 2026?

¿Sabes cuánto debe pagar un autónomo cada mes según lo que gana? En este artículo te lo explicamos todo en detalle, con las tablas de cotización de 2026 y el cálculo desglosado.

¿Cuánto paga un autónomo al mes en España en 2026?
Raül De Tena

Actualizado el

Preguntas cuánto se paga de autónomo y te contestan tres cifras distintas. Una es la de quien acaba de darse de alta, otra la de quien lleva veinte años cotizando por lo máximo y la tercera es la de alguien que mezcla la cuota con lo que le cobra la gestoría.

Desde 2023 la cuota depende de lo que ganas de verdad, así que ya no existe una respuesta única. Existe la tuya, y sale del tramo en el que caen tus rendimientos netos.

Aquí tienes el recibo desglosado mes a mes, qué cambia si acabas de empezar y qué otras partidas se llevan dinero además de la Seguridad Social. Si lo que buscas es el coste total de mantener la actividad abierta, nuestro artículo cuánto cuesta ser autónomo lo desglosa por partidas.

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¿Cuánto paga un autónomo según lo que gana?

Empecemos antes por un paso previo a saber cuánto paga un autónomo al mes: el hecho de darte de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (es decir: RETA), que comporta el pago mensual de la archiconocida cuota de autónomos.

El trabajador por cuenta propia cotiza desde el día de su alta en este régimen y ha de liquidar su cuota cada mes, ya sea a través de un pago domiciliado o usando el portal online de la Seguridad Social.

Un autónomo paga en 2026 entre 205,88 € y 1.606,88 € al mes de cuota a la Seguridad Social. La mayoría se mueve entre 200 € y 400 €, porque cotiza por la base mínima del tramo que le toca. Si acabas de darte de alta y tienes derecho a la tarifa plana, el recibo baja a 88,64 €.

Esa horquilla sale de dos datos. El primero son los rendimientos netos que declaras, que te colocan en uno de los 15 tramos. El segundo es la base de cotización que eliges dentro de tu tramo, sobre la que se aplica un tipo del 31,50 % en 2026.

Base y cuota no son lo mismo, y esa confusión es la que hace que mucha gente dé cifras raras. La base de cotización del tramo más bajo es de 653,59 €, pero eso no es lo que pagas: es la cantidad sobre la que cotizas. Lo que pagas es el resultado de aplicarle el tipo, 205,88 €.

Hay dos tablas de cotización y la que te aplica depende de si tus rendimientos netos quedan por debajo o por encima del salario mínimo interprofesional (SMI).

Tabla reducida: rendimientos por debajo del SMI

Si ganas menos de 1.166,70 € netos al mes, cotizas por la tabla reducida. Estas son las cuotas que puedes llegar a pagar en cada tramo.

TramoRendimientos netos (€/mes)Cuota mínima (€/mes)Cuota máxima (€/mes)
Tramo 1≤ 670205,88 €226,47 €
Tramo 2> 670 y ≤ 900226,47 €283,50 €
Tramo 3> 900 y < 1.166,70267,65 €367,51 €

Tabla general: rendimientos por encima del SMI

A partir de 1.166,70 € netos al mes entras en la tabla general, con doce tramos que llegan hasta la cuota máxima del sistema.

TramoRendimientos netos (€/mes)Cuota mínima (€/mes)Cuota máxima (€/mes)
Tramo 1≥ 1.166,70 y ≤ 1.300299,56 €409,50 €
Tramo 2> 1.300 y ≤ 1.500302,65 €472,50 €
Tramo 3> 1.500 y ≤ 1.700302,65 €535,50 €
Tramo 4> 1.700 y ≤ 1.850360,29 €582,75 €
Tramo 5> 1.850 y ≤ 2.030380,88 €639,45 €
Tramo 6> 2.030 y ≤ 2.330401,47 €733,95 €
Tramo 7> 2.330 y ≤ 2.760427,21 €869,40 €
Tramo 8> 2.760 y ≤ 3.190452,94 €1.004,85 €
Tramo 9> 3.190 y ≤ 3.620478,68 €1.140,30 €
Tramo 10> 3.620 y ≤ 4.050504,41 €1.275,75 €
Tramo 11> 4.050 y ≤ 6.000545,59 €1.606,88 €
Tramo 12> 6.000607,35 €1.606,88 €

Con el siguiente ejemplo lo entenderás perfectamente:

Supongamos que estimas que obtendrás un rendimiento de 2.100 euros al mes. Eso te colocaría en el tramo 6 de la tabla general, al que le corresponde una base de cotización mínima de 1.274,51 euros y una máxima de 2.330.

Tú decides qué base de cotización es la que deseas dentro de ese rango, sabiendo que mientras más te acerques al mínimo menos cuota tendrás que pagar pero, obviamente, también serán menores las prestaciones a recibir en caso de jubilación, baja por enfermedad, cese de actividad, etc.

Como ya hemos dicho que el porcentaje a aplicar es del 31,50%, tenemos que, por ejemplo, si la base de cotización elegida es 1.500 euros, la cuota a pagar será de 472,50 euros, si optamos por una de 2.000 la cuota a pagar será de 630 euros al mes y así con cualquier otra comprendida en el rango que contiene la tabla. Tienes el detalle tramo a tramo en el análisis de la cuota de autónomos.

Por último, terminamos este apartado destacando lo siguiente:

  • La Seguridad Social comprobará que los rendimientos sobre los que has cotizado son los correctos una vez que la Agencia Tributaria le proporcione los datos definitivos que figuran en la declaración de la renta.
  • Procederá a realizar lo que se denomina "regularización de cuotas" y devolverá el exceso ingresado si al beneficio le corresponde una base menor. Por contra, reclamará el pago de la diferencia en caso de haber cotizado por un importe menor.
  • Como la cuota que se ingresa mensualmente se calcula en base a una previsión, si los datos cambian y estimas que el rendimiento definitivo va a ser diferente puedes ajustar la base de cotización durante el año hasta un máximo de seis veces, comunicándolo a la Seguridad Social.

¿Cuánto se paga de autónomo el primer año?

En los doce primeros meses de actividad (o si vuelves después de dos años sin cotizar en el RETA) puedes acogerte a la llamada tarifa plana, una cuota reducida que se mantendrá en el segundo año si tus rendimientos no superan el salario mínimo interprofesional. Si los superas, pasas a cotizar por el tramo que te corresponda.

La cuota reducida son 80 €, pero el recibo que te llega es de 88,64 €, porque el MEI se calcula sobre la base de cotización y no entra en la bonificación. Es la diferencia entre lo que se anuncia y lo que sale de la cuenta cada mes.

Si eres autónomo en régimen de pluriactividad (compaginas tu trabajo por cuenta propia con un contrato por cuenta ajena) podrás elegir entre la tarifa plana o un descuento de 3 años en la base de cotización (y, por tanto, en la cuota mensual):

  • Si trabajas a jornada completa por cuenta ajena, el descuento será del 50% durante los primeros 18 meses y del 25% hasta el mes 36.
  • Si trabajas por cuenta ajena en jornada parcial (siempre que sea más de media jornada), durante los primeros 18 meses podrás reducir la base de cotización un 25% y los 18 siguientes un 15%.

Además, en algunas comunidades autónomas este importe cuenta con una bonificación adicional (en algunos casos del 100%). Puedes consultar qué comunidades mantienen la cuota cero y el resto de bonificaciones de la cuota de autónomos para ver si encajas en alguna.

¿Qué pasa si te equivocas de tramo?

No pasa nada grave, y esta es la parte que más tranquiliza cuando se entiende. El tramo que eliges al principio del año es una estimación, y la Seguridad Social hace cuentas después.

Esa revisión se llama regularización anual y se hace a año vencido, cuando Hacienda comunica tus rendimientos reales:

  • Si has cotizado por debajo de lo que te correspondía, la Seguridad Social te reclama la diferencia y te da de plazo hasta el último día del mes siguiente a la notificación.
  • Si has cotizado de más, te devuelve el exceso de oficio, sin que tengas que pedirlo.

¿Se puede cambiar la cuota durante el año?

Si tu facturación se mueve mucho, no tienes que esperar a la regularización. El sistema permite cambiar la base de cotización hasta seis veces al año, cada dos meses.

Los cambios se solicitan en Import@ss y entran en vigor el 1 de marzo, el 1 de mayo, el 1 de julio, el 1 de septiembre, el 1 de noviembre y el 1 de enero del año siguiente.

Es la herramienta más útil que tiene el sistema de ingresos reales y la que menos se usa. Si cierras un cliente grande en abril, en julio ya puedes estar cotizando por el tramo correcto.

¿Hay autónomos que pagan una cuota distinta? Casos especiales

No todos los autónomos entran por la puerta general. Hay tres situaciones con reglas propias que cambian la cuota:

  • Autónomo societario. Si tienes el control efectivo de una sociedad mercantil, tu base mínima es de 1.000 € al mes, lo que deja la cuota en 315 € aunque tus rendimientos sean menores.
  • Autónomo colaborador. El familiar que trabaja contigo cotiza por la base mínima del grupo 7 del Régimen General y tiene una bonificación del 50 % durante 18 meses. Las condiciones están en el artículo sobre el autónomo colaborador.
  • Pluriactividad. Si compaginas el RETA con un trabajo por cuenta ajena, puedes pedir la devolución del exceso de cotización. Los límites y el procedimiento están en nuestro artículo sobre pluriactividad en autónomos.

Qué más pagas cada mes además de la cuota

La cuota es la partida fija, pero no es lo único que sale de tu cuenta. Hay tres capítulos más que debes tener en cuenta para no llevarte sustos en el trimestre.

  • IRPF. Si facturas a empresas, te retienen un 15 % en cada factura (un 7 % durante los tres primeros años de actividad). Si facturas a particulares, adelantas tú ese dinero cada trimestre con el modelo 130, al 20 % del rendimiento acumulado.
  • IVA. El 21 % que cobras a tus clientes no es tuyo en ningún momento: lo liquidas cada trimestre. Descuentas el IVA de tus compras relacionadas con la actividad y pagas la diferencia.
  • Gestoría y gastos de actividad. Aquí no hay cifra estándar porque depende del negocio. La buena noticia es que las cuotas del RETA son deducibles y que buena parte de lo que gastas también lo es, si lo justificas bien. El listado completo está en los gastos deducibles del autónomo.

¿Cómo saber exactamente cuánto vas a pagar tú?

Las tablas te dan la horquilla, pero el importe exacto depende de la base concreta que elijas. Para comprobarlo sin margen de error tienes el simulador de cuota del RETA de la Seguridad Social, que calcula el recibo con los datos reales de tu alta.

El otro requisito es menos evidente: para acertar con el tramo necesitas saber cuál es tu rendimiento neto en cualquier momento del año. Si llevas los ingresos y los gastos al día, la previsión deja de ser una apuesta.

Holded reúne la facturación, los gastos y los impuestos en un mismo sitio, así que el rendimiento neto sale actualizado y puedes ajustar la base antes de que termine el año en lugar de esperar a la regularización.

Revisa tu tramo al menos dos veces al año, en julio y en noviembre. Son los dos momentos en los que ya tienes datos suficientes para saber si vas a acertar y todavía estás a tiempo de corregir.

Raül De Tena

Redactor de Contenidos

Raül De Tena es redactor de contenidos en Holded, cubriendo temas de tecnología, digitalización y gestión de proyectos.

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