Saltar al contenido principal
11 min de lectura

Cómo contabilizar el impuesto de sociedades paso a paso

Si ya has liquidado el impuesto y solo te falta llevarlo a la contabilidad, aquí tienes el asiento de cierre, el de pago y el de los pagos fraccionados, con las cuentas y ejemplos con cifras.

Cómo contabilizar el impuesto de sociedades paso a paso
Eva Zamora

Actualizado el

Contabilizar el impuesto de sociedades implica trasladar a uno o varios asientos la liquidación que antes has calculado fuera de la contabilidad. Suena más complicado de lo que es: en cuanto tienes claras las cuentas y sabes cuándo se registra, el asiento sale solo.

En este artículo no vamos a calcular el impuesto (eso lo ves en la guía de cómo se calcula el impuesto de sociedades), sino que nos centramos en contabilizarlo: qué cuentas usar, cómo queda el asiento cuando sale a pagar y cuando sale a devolver, cómo registrar los pagos fraccionados y el pago final, y qué hacer con las diferencias temporarias. Todo con ejemplos para que puedas copiar el esquema en tu contabilidad.

Ahorra tiempo automatizando tu contabilidad.

Consulta tus estados financieros en tiempo real, calcula los impuestos por pagar y automatiza la presentación de modelos.

¿Por qué se contabiliza el impuesto de sociedades?

El impuesto de sociedades (regulado en la Ley 27/2014) es el tributo directo que grava los beneficios de las personas jurídicas. Para una empresa es, a grandes rasgos, el equivalente al IRPF de las personas físicas.

El pago de este impuesto forma parte del resultado del ejercicio y, por tanto, hay que contabilizarlo para que las cuentas anuales reflejen fielmente la imagen de la empresa. Es, además, el paso previo para cerrar bien el ejercicio y presentar después el modelo 200.

¿Y los autónomos? Un autónomo es persona física, así que no contabiliza el impuesto de sociedades, sino que tributa por IRPF. Lo que viene a continuación aplica a sociedades limitadas, anónimas, cooperativas y demás entidades con personalidad jurídica.

¿Qué cuentas intervienen en el asiento del IS?

Antes de hacer el asiento conviene tener localizadas las cuentas que vas a usar. Estas son las habituales y para qué sirve cada una:

CuentaNombreNaturalezaPara qué sirve
630Impuesto sobre beneficiosGastoRecoge el gasto por el impuesto. Se divide en 6300 (corriente) y 6301 (diferido).
4752HP acreedora por impuesto de sociedadesPasivoImporte a pagar a Hacienda.
4709HP deudora por devolución de impuestosActivoImporte a devolver por Hacienda.
473HP retenciones y pagos a cuentaActivoRetenciones soportadas y pagos fraccionados del modelo 202.
474Activos por impuesto diferidoActivoCréditos que reducirán el impuesto futuro (incluye 4745, crédito por pérdidas).
479Pasivos por diferencias temporarias imponiblesPasivoImpuesto que se difiere y se pagará en el futuro.
633 / 638Ajustes negativos / positivos en la imposición sobre beneficiosGasto / IngresoRecogen el aumento o la disminución de las cuentas 474 y 479.

En el asiento más frecuente, con resultado positivo y sin diferencias temporarias, te basta con la 6300, la 473 y la 4752.

¿Cuándo se contabiliza el impuesto de sociedades?

El impuesto de sociedades se contabiliza cuando se devenga, no cuando se paga. Por eso se registra el último día del ejercicio (normalmente el 31 de diciembre), no en julio, cuando presentas el modelo 200, ni el día que haces el ingreso.

Es, de hecho, el último asiento del ejercicio antes del asiento de regularización y cierre. El motivo es lógico: la contabilidad tiene que estar terminada para que el resultado sobre el que se calcula el impuesto sea el definitivo.

¿Qué son las diferencias permanentes y temporarias del IS?

El resultado contable y la base imponible (resultado fiscal) no siempre coinciden, porque algunos gastos se deducen de forma distinta en lo contable y en lo fiscal. Cuando aparece esa discrepancia hablamos de diferencia permanente o temporaria.

Una diferencia permanente es un gasto contable que no es deducible fiscalmente, ni este año ni nunca. Por ejemplo, una sanción de tráfico: es gasto en tu contabilidad, pero Hacienda no te deja restarlo. No se contabiliza como tal, solo ajusta la base imponible.

Una diferencia temporaria se revierte con el tiempo, porque el gasto sí existe en ambos ámbitos pero se imputa en momentos distintos. Por ejemplo, cuando amortizas un bien en menos años a efectos fiscales que contables: el gasto total acaba siendo el mismo, pero llega a la base imponible a otro ritmo.

Cómo hacer el asiento del impuesto de sociedades paso a paso

Con el cálculo del impuesto ya hecho, el asiento de cierre cambia según salga a pagar, a devolver o haya diferencias temporarias. Estos son los casos más habituales:

Cuando sale a pagar (sin diferencias temporarias)

Cargas el gasto en la 6300, cancelas los anticipos de la 473 y reconoces la deuda con Hacienda en la 4752:

Impuesto a pagarDebeHaber
6300Impuesto corrienteCuota íntegra
473Hacienda Pública retenciones y pagos a cuentaRetenciones + pagos
4752Hacienda Pública acreedora por impuesto de sociedadesImporte a pagar

Cuando sale a devolver

Si los anticipos superan la cuota, en lugar de imputar el gasto en la 4752 reconoces el derecho de cobro en la 4709:

Impuesto a devolverDebeHaber
6300Impuesto corrienteCuota íntegra
4709Hacienda Pública deudora por devolución de impuestosImporte a devolver
473Hacienda Pública retenciones y pagos a cuentaRetenciones + pagos

Cuando hay diferencias temporarias

Si la diferencia hará que pagues más en el futuro (imponible), la reconoces en la 479. Si hará que pagues menos (deducible), en la 474. En ambos casos la contrapartida es la 6301:

Diferencia temporaria imponible (pagarás más después)DebeHaber
6301Impuesto diferidoImporte
479Pasivos por diferencias temporarias imponiblesImporte
Diferencia temporaria deducible (pagarás menos después)DebeHaber
474Activos por impuesto diferidoImporte
6301Impuesto diferidoImporte

Cuando estas diferencias se revierten, se hace el asiento inverso. Y si en vez de originarse lo que ocurre es que aumentan o disminuyen, entran en juego las casillas 633 (ajustes negativos) y 638 (ajustes positivos) en lugar de la 6301.

Cómo contabilizar los pagos fraccionados en el modelo 202

Durante el año realizas tres pagos a cuenta del impuesto con el modelo 202. Cada uno de esos pagos se registra en la casilla 473, que más tarde cancelarás en el asiento de cierre:

Pago fraccionado (modelo 202)DebeHaber
473Hacienda Pública retenciones y pagos a cuentaImporte del pago
572BancosImporte del pago

El saldo acumulado de la 473 (estos pagos más las retenciones soportadas) es justo lo que resta a la cuota cuando cierras el ejercicio.

¿Cómo contabilizar el pago del impuesto y el cobro de la devolución?

El asiento de cierre refleja el gasto, pero todavía no mueve dinero. El pago llega después, normalmente en julio, al presentar el modelo 200. Ese día cancelas la deuda:

Pago de la cuota (julio)DebeHaber
4752Hacienda Pública acreedora por impuesto de sociedadesImporte a pagar
572BancosImporte a pagar

Si el impuesto salió a devolver, el asiento es el contrario cuando Hacienda te ingresa el dinero:

Cobro de la devoluciónDebeHaber
572BancosImporte devuelto
4709Hacienda Pública deudora por devolución de impuestosImporte devuelto

¿Cómo contabilizar las pérdidas a compensar?

Las bases imponibles negativas se pueden compensar en ejercicios futuros, y a la hora de contabilizarlas hay dos escenarios.

Si prevés beneficios suficientes en los próximos años para compensar esas pérdidas, registras el crédito en la 4745 (crédito por pérdidas a compensar del ejercicio), con la misma estructura que una diferencia temporaria deducible.

Si prevés que vas a seguir teniendo pérdidas y no podrás compensarlas, no tienes que hacer ningún asiento, porque no existe un crédito real.

Ejemplos prácticos

A continuación te dejamos tres ejemplos para que veas el esquema completo, de menos a más dificultad, del más sencillo al que incluye diferencias temporarias.

Ejemplo 1: impuesto a pagar con crédito y deducción

En este ejemplo, contabilizamos:

  • Resultado antes de impuestos 100.000 €
  • Cuota devengada 18.000 €
  • Crédito por pérdidas del ejercicio anterior 7.000 €
  • Deducción pendiente para el futuro 600 €
  • Retenciones y pagos 5.000 €
  • Importe a pagar 13.000 €
Por el impuesto devengadoDebeHaber
6300Impuesto corriente18.000
473HP retenciones y pagos a cuenta5.000
4752HP acreedora por impuesto de sociedades13.000
Por la compensación del crédito por pérdidasDebeHaber
6301Impuesto diferido7.000
4745Crédito por pérdidas a compensar del ejercicio7.000
Por el crédito de la deducción pendienteDebeHaber
474Activos por impuesto diferido600
6301Impuesto diferido600

Ejemplo 2: resultado negativo con base imponible a compensar

Este caso contempla:

  • Resultado antes de impuestos -70.000 €
  • Base imponible negativa -60.000 € (hay una diferencia permanente positiva de 10.000 € por un gasto no deducible)
  • Cuota íntegra 0
  • Pasivo por diferencia temporaria de 3.000 €
  • Retenciones 8.000 €
  • Importe a devolver 8.000 €
  • Tipo del 25%
Por la base imponible negativa (si prevés beneficios futuros)DebeHaber
4745Crédito por pérdidas a compensar del ejercicio15.000
6301Impuesto diferido15.000
Por la diferencia temporariaDebeHaber
6301Impuesto diferido3.000
479Pasivos por diferencias temporarias imponibles3.000
Por la cantidad a devolverDebeHaber
4709HP deudora por devolución de impuestos8.000
473HP retenciones y pagos a cuenta8.000

Los 15.000 € salen de multiplicar la base imponible negativa (60.000 €) por el tipo del 25%, que es lo que dejarás de pagar en el futuro al compensarla.

Ejemplo 3: diferencia temporaria por amortización

En este ejemplo, compras un ordenador por 1.500 € que contablemente amortizas en 4 años (375 € al año), pero fiscalmente aplicas libertad de amortización y lo deduces entero el primer año.

En el año 1 el gasto fiscal supera al contable en 1.125 €, lo que genera un pasivo por impuesto diferido de 281,25 € (1.125 × 25%):

Año 1: se origina la diferenciaDebeHaber
6301Impuesto diferido281,25
479Pasivos por diferencias temporarias imponibles281,25

En los años 2, 3 y 4 la diferencia se revierte (93,75 € cada año, que es 375 × 25%), porque ya no tienes gasto fiscal pero sí contable:

Años 2 a 4: se revierte la diferenciaDebeHaber
479Pasivos por diferencias temporarias imponibles93,75
6301Impuesto diferido93,75

Eva Zamora

Redactora de Contenidos

Eva Zamora es redactora de contenidos en Holded, cubriendo temas de contabilidad, fiscalidad y gestión empresarial.

Recibe cada semana lo mejor del blog en tu bandeja

Consejos de facturación, contabilidad y gestión para pymes. Únete a más de 900.000 suscriptores.