La vuelta al cole supone un importante desembolso para muchas familias de autónomos, que tienen que hacer frente a los gastos de material escolar.
La vuelta al cole supone un importante desembolso para muchas familias, especialmente para los autónomos, que tienen que hacer frente a los gastos de material escolar, libros de texto, guardería, idiomas o informática de sus hijos. Sin embargo, no todos los autónomos pueden beneficiarse de las mismas ventajas fiscales en el IRPF por estos conceptos, ya que dependen de la comunidad autónoma (CCAA) donde residan y tributen.
El catedrático de Derecho Financiero y Tributario de la Universidad CEU San Pablo, Juan Ignacio Gorospe, contesta para Holded a las siguientes preguntas:
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Las únicas comunidades autónomas que no tienen requisitos son Cataluña, Cantabria, Castilla-León y Galicia. Los requisitos en las demás comunidades puedes consultarlos aquí.
No hay que presentar documentación a menos que lo requiera la Agencia Tributaria por una comprobación administrativa. En tal caso habrá que acreditar la adquisición del material escolar, el gasto de escolaridad, de estudio de idiomas o de internet, según los casos. La justificación de los gastos incurridos, tanto por enseñanza escolar como extraescolar, se realizará mediante la correspondiente factura, documento sustitutivo, justificante o recibo.
Además, los contribuyentes estarán obligados a conservar durante el plazo máximo de prescripción los justificantes y documentos que acrediten el derecho a disfrutar dichas deducciones. El plazo será de cuatro años desde el último día de plazo de presentación de la declaración, o desde su presentación si es posterior. Hay que tener en cuenta que, en general, son cantidades muy pequeñas y el control se hace a priori sobre el límite de la base para poder aplicar la deducción, que suele ser muy restrictivo.
Las deducciones se solicitan en la propia autoliquidación en el plazo fijado cada año, normalmente del 1 de abril al 30 de junio. En todo caso cabe la posibilidad de solicitar la rectificación de la autoliquidación en los cuatro años siguientes, incluyendo la deducción que no se hubiera aplicado en ejercicios anteriores.
En función de cuál sea su residencia tributará en una u otra comunidad autónoma. Los criterios de residencia fiscal por CCAA se contemplan en el art. 72 LIRPF y son aplicables sucesivamente.
Primero, cuando permanezcan en su territorio un mayor número de días del período impositivo. Salvo prueba en contrario, se considerará que una persona física permanece en el territorio de una comunidad autónoma cuando en dicho territorio radique su vivienda habitual.
Segundo, donde tengan su principal centro de intereses. Se considerará como tal el territorio donde obtengan la mayor parte de la base imponible del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, determinada por los siguientes componentes de renta:
Tercero, se considerarán residentes en el lugar de su última residencia declarada a efectos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Por tanto, si un autónomo cambia de residencia habitual antes del 1 de julio podrá tributar en la nueva comunidad autónoma. Igualmente, si cambia antes de esta fecha de centro de trabajo y obtiene la mayor parte de la base imponible conforme dice la ley.
Según un informe de la Asociación Española de Asesores Fiscales (AEDAF), estas son las deducciones que pueden aplicar los autónomos en cada comunidad autónoma (CCAA):
Los plazos para solicitar las deducciones son los mismos que para presentar la declaración del IRPF. Es decir, entre abril y junio del año siguiente al que corresponden los gastos. Por ejemplo, los gastos del curso escolar 2022-2023 se podrán deducir en la declaración del IRPF del año 2023, que se presentará entre abril y junio de 2024.