¿Sabías que la ayuda del Kit Digital se contabiliza? Aquí te explicamos cómo realizar este proceso y las consideraciones que debes tomar para ello.
El Kit Digital es un programa diseñado para apoyar la digitalización de las pymes y autónomos en España. Ofrece subvenciones no reembolsables que cubren el 100% del coste de soluciones digitales. En este artículo, explicaremos cómo contabilizar el Kit Digital y los factores qué influyen en este proceso.
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Para contabilizar el Kit Digital hay que registrar la subvención recibida en una cuenta específica y los gastos subvencionados en las cuentas correspondientes. Las facturas de los agentes digitalizadores incluirán el IVA, que debe ser declarado y deducido en la declaración trimestral. Además de cumplir con las obligaciones fiscales y contables. En este artículo, detallaremos cómo gestionarlo de manera adecuada.
Para las empresas que reciben la ayuda del Kit Digital, existen algunos requisitos contables y obligaciones fiscales que deben cumplir.
La contabilización del Kit Digital sigue el tratamiento general de subvenciones, y las cuentas y asientos contables aplicables son similares a los utilizados para otras subvenciones.

El pago del Kit Digital se realiza mediante transferencia bancaria en dos fases. La primera es del 70% del bono. Una vez implantada y justificada la solución digital se produce el primero, excepto en gestión de redes sociales que es del 40%. El plazo es de 3 meses desde la fecha de implantación de la solución digital.
En la segunda fase se realiza el pago del 30% del bono restante. Una vez finalizados los 12 meses del servicio, se produce el segundo pago del 30% restante del bono, excepto en gestión de redes sociales que es del 60%. El plazo es de 1 mes desde la finalización de los 12 meses del servicio.
La ayuda del Kit Digital es una subvención no reembolsable que cubre el 100% del coste de las soluciones digitales contratadas. Los agentes digitalizadores, encargados de proporcionar las soluciones, emiten la factura a la empresa beneficiaria. Esta factura incluye el IVA correspondiente, ya que la subvención cubre solo el coste del servicio, no el IVA.
El IVA soportado que aparece en las facturas de los agentes digitalizadores debe ser incluido en la declaración trimestral del IVA (modelo 303). Este IVA es el que aparece en las facturas emitidas por los proveedores (en este caso, agentes digitalizadores).
Para contabilizar el kit digital hay que seguir los siguientes pasos.
Supongamos que una empresa adquiere servicios de marketing online por valor de 1.000 €, subvencionados por el Kit Digital. El IVA de los servicios es del 21%, lo que supone un importe de 210 €.
1. En el momento de la adquisición se abrirían los siguientes asientos contables.
2. Al notificarse la subvención, se anotaría lo siguiente.
3. Al recibir el importe del kit digital en la cuenta bancaria se contabiliza como sigue.
Contar con el ERP de Holded ayuda a realizar todas estas gestiones y anotaciones. Se ahorran enormes cantidades de tiempo y, lo más importante, se minimizan errores manuales, al automatizarse estos apuntes al recibir la subvención o con el abono de la factura al agente digitalizador, por poner algunos ejemplos de operaciones involucradas en el proceso.
Es importante tanto para pymes como autónomos tener en cuenta los siguientes aspectos a la hora de contabilizar el kit digital.
Sí, hacer uso del Kit Digital sí influye en la declaración de impuestos tanto para autónomos como para pymes. En el impuesto sobre la Renta (IRPF), ya que se considera un ingreso a efectos del IRPF. También se considera ingreso en el Impuesto de Sociedades. Debiendo prestar atención además al Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), pues se abona factura al agente digitalizador, con el IVA correspondiente.
En el apartado inicial explicamos qué es el Kit Digital, aclarando que se trata de una subvención que supone un ingreso para la empresa o autónomo.No contabilizar esta entrada de dinero, y el posterior abono de factura al agente digitalizador, puede tener consecuencias para quienes la reciben. Su ausencia distorsiona la información financiera de la empresa. En consecuencia, puede ser considerado una infracción con sanciones por parte de la administración.