Descubre quiénes están obligados a retener IRPF en sus facturas y las consideraciones clave que deben tener en cuenta.
Autónomos y empresas tienen la obligación de retener IRPF en sus facturas. Aunque no en todas las situaciones. A continuación explicamos los casos y circunstancias en las que personas físicas o jurídicas tienen que retener y en qué cantidades, para cumplir correctamente con la normativa tributaria.
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La retención de IRPF en las facturas funciona de forma similar a la retención de IRPF en las nómina de un trabajador. En este caso, la empresa deja de abonar parte del salario a su empleado, para entregarlo directamente a Hacienda, como adelanto del IRPF que dicho empleado tendrá que regularizar en la Declaración Anual de la Renta.
La obligación de retener el IRPF en las facturas funciona de forma similar. La empresa o autónomo que compra un bien o servicio, no abona la totalidad del mismo. Entregando parte del dinero a Hacienda, como adelanto del IRPF que el proveedor del bien o servicio tiene la obligación de afrontar.
Estos proveedores, si son empleados por cuenta propia y tienen un perfil concreto que veremos después, tienen que cumplir con el IVA y el IRPF en autónomos. Y, para hacerlo, adelantan así pagos a Hacienda, que se regularizarán en la Declaración de la Renta en función de los rendimientos anuales finalmente obtenidos.
La retención del IRPF se aplica principalmente a los siguientes servicios:
La normativa legal que regula la retención del IRPF en España se encuentra en la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Y en su Reglamento, aprobado por el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo. Además, la Agencia Tributaria publica anualmente las tablas de retenciones aplicables y sus correspondientes porcentajes.
Esta norma determina cuánto debe el autónomo en el impuesto de la renta sobre las personas físicas, pues establece las reglas que proceden a la hora de tributar por los rendimientos económicos obtenidos por su actividad profesional.
La obligación de retener el IRPF en las facturas radica en las empresas y profesionales que contraten a autónomos que presten algunos de los servicios citados.
El porcentaje de retención varía dependiendo del tipo de actividad y la situación del contribuyente.
Depende. La retención de IRPF se aplica cuando el autónomo emite factura a otro autónomo o una empresa. Si es una factura emitida a particulares, no está sujeta a retención. Además, no es necesario retener el IRPF en facturas emitidas a clientes con domicilio fiscal fuera de España.
No retener el IRPF en las facturas puede acarrear varias consecuencias como:
Si se ha emitido una factura sin la retención correspondiente, se debe proceder a rectificarla. Para hacerlo los pasos son los siguientes:
La obligación de hacer el pago de las retenciones de las facturas de IRPF, ya sea una empresa o un profesional, recae sobre el pagador de la factura. Es decir, la persona física o jurídica que contrata los servicios está obligada a retener e ingresar un porcentaje del importe de la factura, en concepto de IRPF, a la Agencia Tributaria.
La presentación del modelo 130 se ve afectada por las retenciones de IRPF en las facturas. Estas retenciones abonadas por los clientes a la Agencia Tributaria, reducen el pago fraccionado del IRPF que los autónomos y profesionales deben declarar trimestralmente.
El modelo 130 debe incluir las retenciones soportadas, para calcular el importe final a ingresar. Este ajuste se refleja en la casilla 6 del modelo, restando las retenciones del total a pagar, lo que reduce la carga tributaria del trimestre.
Existen excepciones en la obligación de retener el IRPF en las facturas. No es obligatorio en facturas emitidas a particulares o en actividades exentas.
Por ejemplo, algunas relacionadas con la agricultura y la ganadería. Tampoco en operaciones bajo el régimen de estimación objetiva (módulos). Además, los nuevos autónomos pueden aplicar una retención reducida del 7% durante los tres primeros años de actividad.