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13 min de lectura

¿Cómo cumplir los requisitos de la ley Antifraude?

Descubre todo lo que necesitas saber sobre la Ley Antifraude 11/2021: qué obliga, a quién afecta, los plazos (octubre de 2028) y el software que necesitas para evitar sanciones.

¿Cómo cumplir los requisitos de la ley Antifraude?
Isabel Rubio

Actualizado el

La Ley Antifraude es la norma con la que Hacienda quiere cerrar el paso al fraude fiscal, y su parte más práctica te obliga a facturar con un software que no permita borrar ni alterar registros. Si eres autónomo o tienes una pyme, te afecta de lleno.

La normativa forma parte del mismo movimiento que está transformando la factura electrónica en España. Su desarrollo reglamentario define qué debe garantizar tu programa de facturación y desde cuándo estás obligado a usarlo.

En este artículo analizamos qué es la Ley Antifraude, a quién afecta, los requisitos técnicos que impone al software, las sanciones por incumplir y el calendario definitivo de adaptación para que no te pierdas nada.

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¿Qué es la Ley Antifraude?

La ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, más conocida como ley Antifraude, se publicó en el BOE el 10 de julio de 2021 con el objetivo de reforzar el control tributario y reducir la economía sumergida.

La ley transpone la Directiva europea antielusión (Directiva UE 2016/1164) y modifica varias normas fiscales a la vez. Para la mayoría de negocios, lo que más pesa es su desarrollo posterior: el Reglamento de Sistemas Informáticos de Facturación (RD 1007/2023, de 5 de diciembre), que fija cómo debe comportarse tu programa de facturación, y la Orden HAC/1177/2024, que concreta las especificaciones técnicas.

La ley establece varias medidas fundamentales:

  • Limitación de los pagos en efectivo, que baja a 1.000 euros entre empresarios y profesionales y a 10.000 euros para particulares con domicilio fiscal fuera de España.
  • Regulación del software de facturación, para impedir que se puedan ocultar ventas o alterar registros.
  • Prohibición del software de doble uso y de las amnistías fiscales.
  • Refuerzo del control sobre las criptomonedas (nuevo modelo 721) y sobre el mercado inmobiliario a través del valor de referencia.

En tu día a día como autónomo o pyme, el cambio más importante se refiere a la facturación: ya no vale cualquier herramienta, sino que tendrás que utilizar obligatoriamente un programa que cumpla los requisitos del reglamento.

Características de la ley

La Ley Antifraude se articula en torno a tres grandes bloques de medidas que conviene tener claros:

  • Cambios en la facturación: obliga a usar un software que garantice la integridad, conservación, accesibilidad y trazabilidad de cada factura, con registro de facturación, registro de eventos, envío de los registros a la AEAT e identificación mediante código QR.
  • Control fiscal reforzado: límites al pago en efectivo, ampliación de la definición de paraísos fiscales, nuevas obligaciones de información sobre criptomonedas y mayores facultades de inspección de la Agencia Tributaria.
  • Régimen sancionador más duro: multas de hasta 150.000 € para los fabricantes de software y de hasta 50.000 € por ejercicio para las empresas que incumplan.

¿En qué se diferencia la ley Antifraude de la ley Crea y Crece?

La Ley Antifraude 11/2021 y la Ley Crea y Crece 18/2022 se solapan en el tiempo y afectan a la facturación, pero persiguen objetivos distintos. La primera combate el fraude fiscal; la segunda busca reducir la morosidad mediante la factura electrónica obligatoria entre empresas.

Ley Antifraude (11/2021)Ley Crea y Crece (18/2022)
ObjetivoPrevenir el fraude fiscalReducir la morosidad
FocoSoftware de facturación inalterable y registro de operacionesFactura electrónica entre empresas y autónomos
SancionesHasta 50.000 € (usuarios) y 150.000 € (fabricantes)Hasta 10.000 €
AplicaciónFabricantes: 29 jul 2025. Sociedades y autónomos: octubre de 2028Octubre de 2027 (más de 8 M€) y octubre de 2028 (resto)

Ambas normas son complementarias y forman parte del mismo esfuerzo por modernizar la gestión empresarial y ganar transparencia fiscal.

¿A quién afecta la Ley Antifraude 11/2021?

La Ley Antifraude tiene un alcance amplio y no se limita a las grandes empresas. En lo que respecta al software de facturación, afecta a estos perfiles:

  • Autónomos y pymes que emitan facturas, que tendrán que usar sistemas que garanticen integridad y trazabilidad.
  • Fabricantes y comercializadores de software de facturación, contabilidad o gestión.
  • Proveedores de soluciones ERP o CRM que incluyan módulos de facturación.
  • Personas físicas, sobre todo por los límites al pago en efectivo.

Sin embargo, también existen excepciones a la obligación de usar un software adaptado a la Ley Antifraude:

  • Contribuyentes que ya están obligados al Suministro Inmediato de Información (SII).
  • Territorios forales, que cuentan con sistemas propios como TicketBAI.
  • La Comunidad Autónoma de Canarias, que tiene su propia normativa específica.
  • Determinados supuestos del régimen de agricultura, ganadería y pesca.
  • Actividades excluidas de la obligación de facturar.

¿Qué es el software de doble uso y por qué está prohibido?

El software de doble uso es el programa de facturación o contabilidad que permite llevar una doble contabilidad: una versión «oficial» para Hacienda y otra real que oculta parte de las ventas. Mediante un sistema paralelo, este tipo de programas hacen posible borrar cobros o alterar registros para rebajar la factura fiscal del negocio, lo que se conoce como contabilidad en B.

La Ley Antifraude prohíbe de forma expresa fabricar, vender o usar este tipo de soluciones. El objetivo es que toda la contabilidad quede en un mismo lugar y sea completamente trazable: cualquier operación que no tenga la visibilidad requerida pasa a ser susceptible de sanción en caso de inspección.

Usar un software de doble uso no solo expone a las multas del régimen sancionador, sino que puede acarrear consecuencias más amplias:

  • Consecuencias legales, con sanciones económicas y posibles actuaciones de la Agencia Tributaria.
  • Consecuencias financieras, porque los datos poco fiables dificultan la gestión contable y llevan a tomar decisiones equivocadas.
  • Consecuencias reputacionales, al generar desconfianza entre clientes, proveedores y entidades financieras.

Por eso el reglamento exige que tu programa garantice la integridad, conservación, legibilidad, trazabilidad, accesibilidad e inalterabilidad de los registros: son precisamente los principios que hacen imposible la doble contabilidad.

¿Cuáles son los requisitos técnicos de la ley Antifraude?

Tu software de facturación debe garantizar seis principios definidos en el RD 1007/2023. Cada registro que emitas tiene que cumplirlos para que Hacienda dé por válida tu facturación:

Integridad

El programa almacena la información completa de cada factura y evita saltos en la numeración. No puede permitir eliminar documentos ya emitidos ni generar registros alternativos.

Conservación

Los datos se mantienen de forma permanente en el sistema, sin posibilidad de borrarlos ni sobreescribirlos, aunque ya no necesites el documento.

Accesibilidad

La información debe poder recuperarse con facilidad ante una inspección y el sistema conserva los registros de quién consulta o modifica cada dato.

Legibilidad

Los datos deben ser claros y exportables a formatos estándar como PDF o TXT, de modo que la Agencia Tributaria pueda leerlos y verificarlos sin trabas.

Trazabilidad

El sistema anota automáticamente quién creó o modificó un documento, con fecha y hora exactas. Cualquier corrección queda documentada.

Inalterabilidad

Una factura no puede modificarse sin dejar huella. Los cambios se realizan por los cauces oficiales (facturas rectificativas), manteniendo intacto el registro original.

Además de estos seis principios, cada factura debe incorporar un código QR y una huella o hash que la encadena con la anterior para poder verificar su autenticidad. Los fabricantes, por su parte, deben emitir una declaración responsable que certifique que su programa cumple el reglamento.

Los registros deben conservarse durante al menos el periodo de prescripción de las obligaciones tributarias, y el sistema debe llevar un registro de eventos con las operaciones relevantes que ocurren durante su uso.

¿Puedes seguir facturando con Excel, Word o a mano?

Rellenar una hoja de Excel, un documento de Word o hacer una factura a mano no garantiza los principios de integridad, conservación, legibilidad, trazabilidad, accesibilidad e inalterabilidad que exige la ley. Por eso, cuando la norma sea obligatoria, esos métodos dejarán de ser válidos por sí solos.

En la práctica, tendrás que emitir tus facturas con un programa adaptado a las especificaciones del reglamento. Una plantilla manual no puede impedir que se borre o modifique un registro, que es justo lo que la Ley Antifraude quiere evitar.

La Ley Antifraude y Verifactu: los dos caminos

A partir de la aplicación de la ley Antifraude nace Verifactu, el sistema de emisión de facturas verificables que entrará en vigor en octubre de 2028. La norma obliga a utilizar un programa de facturación adaptado a Verifactu, pero puedes elegir entre dos opciones de gestión.

Si escoges la opción Verifactu, tu software envía de forma automática cada registro de facturación a la Agencia Tributaria en el momento en que emites la factura. A cambio, no tienes que firmar electrónicamente cada registro y ganas en simplicidad.

Si prefieres no enviar los registros en tiempo real, puedes escoger la opción No Verifactu. En ese caso, tu programa debe cumplir requisitos técnicos adicionales, firmar cada registro y conservarlo para cuando Hacienda lo solicite, que podrá acceder a tu sistema en cualquier momento. Tienes más información al respecto en este post.

Otras medidas fiscales de la Ley Antifraude

La Ley Antifraude no se limita a la facturación. Como reforma fiscal amplia, introduce otros cambios que conviene conocer si tu actividad los toca.

Transposición de la directiva antielusión

La ley traspone la directiva europea antielusión (ATAD) e incorpora medidas como la Transparencia Fiscal Internacional y el impuesto de salida (Exit Tax), que refuerza la tributación en España de las rentas situadas en territorios de baja fiscalidad. También prohíbe de forma expresa las amnistías fiscales.

Cambios para Socimi y Sicav

Las Sociedades Cotizadas de Inversión Inmobiliaria (Socimi) pasan a tributar al 15 % por sus beneficios no distribuidos. Las Sociedades de Inversión de Capital Variable (Sicav) deben cumplir nuevos requisitos para aplicar el gravamen del 1 %, como una inversión mínima de 2.500 euros por socio y un mínimo de 100 socios.

Valor de referencia del Catastro

El valor de referencia del Catastro se convierte en la base imponible del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Se fija con criterios objetivos (antigüedad, estado, calidad) y no debe superar el valor de mercado. No es lo mismo que el valor catastral, así que no afecta al IBI ni al IRPF.

¿Cuándo entra en vigor la Ley Antifraude?

La aplicación efectiva de la Ley Antifraude ha seguido un calendario escalonado. Estas son las fechas que marcan tu obligación de adaptarte:

  • 11 de julio de 2021: la ley entra en vigor tras publicarse en el BOE.
  • 6 de diciembre de 2023: se publica el RD 1007/2023, que define los requisitos de los softwares de facturación.
  • 29 de julio de 2025: los fabricantes y comercializadores solo pueden vender software certificado.
  • Octubre de 2028: las sociedades anónimas y limitadas, los autónomos y las sociedades civiles deben usar software certificado. Hacienda fijó esta fecha el 5 de octubre de 2026 para hacerla coincidir con la factura electrónica.

El calendario te da margen, pero adaptarse con antelación evita las prisas y el riesgo de sanción cuando se intensifiquen los controles.

¿Qué sanciones establece la Ley Antifraude?

El régimen sancionador es uno de los puntos más duros de la norma. Estas son las multas principales por incumplir la Ley Antifraude:

SanciónIncumplimiento
Hasta 50.000 euros por ejercicioEmpresa o autónomo que use software de doble uso o un programa sin certificar una vez sea obligatorio
Hasta 150.000 euros por ejercicioFabricante o comercializador de software no conforme, y 1.000 euros por cada programa vendido sin certificar
25 % del importe abonadoPagos en efectivo que superen el límite legal

Además, se prevén sanciones por no garantizar la integridad, conservación y accesibilidad de los datos.

Las multas pueden aumentar en caso de reincidencia o resistencia a la inspección. Más allá del importe, un incumplimiento grave puede llegar a provocar la revocación del NIF.

¿Cómo adaptarte a la ley Antifraude?

Puede parecer complicado, pero adaptarte a la nueva norma es mucho más sencillo de lo que crees, especialmente si aprovechas los plazos para anticiparte con calma. Estos son los pasos clave:

  1. Revisa tu sistema de facturación actual y asegúrate de que cumple los requisitos de la ley.
  2. En el caso de que tu software actual no cumpla, elige e implanta un programa certificado que garantice la integridad, conservación e inalterabilidad de cada registro.
  3. Decide si te incorporas a Verifactu o si prefieres el sistema sin envío automático. Hasta la fecha de entrada en vigor de la norma, puedes cambiar entre uno y otro tantas veces como quieras, como te contamos aquí.
  4. Forma a las personas que facturan en tu negocio para que conozcan los nuevos requisitos.
  5. Apóyate en tu asesor fiscal o en tu proveedor tecnológico para confirmar que todo cumple la normativa.

¿Qué software necesitas para cumplir con la Ley Antifraude?

Para cumplir con la Ley Antifraude necesitas un programa de facturación certificado y adaptado a Verifactu. No basta con cualquier herramienta: el software debe reunir una serie de funciones que garanticen que ningún registro se puede ocultar ni alterar.

Antes de elegir o cambiar de programa, comprueba que cumple estos puntos clave:

  • Garantiza los seis principios de la norma: integridad, conservación, legibilidad, trazabilidad, accesibilidad e inalterabilidad de cada registro.
  • Genera cada factura con código QR y una huella o hash que la encadena con la anterior.
  • Permite el envío automático de los registros a la AEAT (opción Verifactu) o su conservación firmada para cuando Hacienda los solicite (opción No Verifactu).
  • Lleva un registro de eventos con las operaciones relevantes del sistema.
  • Cuenta con la declaración responsable del fabricante y se actualiza ante cada cambio normativo.

Con un software que reúna estos requisitos, cumplir con la ley deja de ser una preocupación y se convierte en parte de tu operativa diaria. Holded es un software de facturación 100 % preparado para Verifactu y la Ley Antifraude: genera facturas con registro inalterable, las envía automáticamente a la AEAT y se actualiza con cada cambio normativo.

Isabel Rubio

Redactora de Contenidos

Isabel Rubio es redactora de contenidos en Holded, enfocada en emprendimiento y estrategias empresariales para pymes.

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