¿Sabías que llevar mal este registro puede acarrear multas? Sigue esta guía paso a paso para crear tu libro de ventas de forma correcta, fácil y totalmente legal.
Entre todos los documentos relacionados con la gestión de tu negocio como autónomo o tu PYME hay uno especialmente importante y, a menudo, generador de dudas: el libro registro de ventas e ingresos.
No se trata de un simple trámite, sino de una obligación legal que forma parte de los libros contables obligatorios para autónomos que ayudan a mantener el control de la actividad y a cumplir con las exigencias de Hacienda. Si se descuida o se lleva de forma incorrecta, puede acarrear sanciones y complicaciones fiscales.
La buena noticia es que, una vez comprendido, es un registro mucho más sencillo de lo que parece. ¿Te preguntas qué datos incluir exactamente, cómo estructurarlo o qué formato utilizar para que sea válido? En esta guía práctica vamos a resolver todas esas dudas.
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El libro registro de ventas e ingresos esun documento contable donde se anotan en orden cronológico todas las transacciones que generan entradas de efectivo en una actividad económica. Este libro no solo registra facturas, sino cualquier tipo de ingreso, incluyendo subvenciones recibidas que afecten a la actividad aunque no estén sujetas a IVA.
Este registro está regulado por el artículo 104 de la Ley de IRPF y el artículo 68.4 del Reglamento del IRPF. Es un libro auxiliar donde se deben reflejar, de forma clara y exacta, la totalidad de los ingresos derivados del ejercicio de la actividad. La Orden HAC/773/2019 busca homogeneizar este libro con otros impuestos, especialmente con el IVA, para lograr compatibilidad entre ambos registros fiscales.
La llevanza del libro registro de ingresos y ventas es obligatoria en función del sujeto y el régimen fiscal. Según la normativa, deben mantener este registro:
No mantener correctamente este libro puede acarrear multas económicas y problemas administrativos significativos.
Para garantizar la validez legal del libro registro de ventas e ingresos, resulta esencial incluir determinados datos obligatorios en cada asiento. La estructura debe seguir un formato específico que permita a Hacienda verificar fácilmente la información fiscal.
Todo registro debe incluir la fecha de expedición de cada factura, siguiendo un estricto orden cronológico. Asimismo, es obligatorio consignar el número y, cuando corresponda, la serie de cada factura emitida. Estos números deben ser secuenciales y no pueden repetirse para facturas con la misma fecha y expedidor.
Cada asiento requiere un concepto aclaratorio que describa sin ambigüedades el objeto de la transacción. Esta descripción debe ser suficientemente detallada para identificar la naturaleza de la operación realizada.
Debe registrarse el importe total de cada operación, desglosando la base imponible y la cuota de IVA aplicada. En 2026, los tipos impositivos permitidos son 0% (exento), 4% (superreducido), 10% (reducido) y 21% (general), según la normativa vigente.
Para el recargo de equivalencia, se permiten los tipos 5,2% para el IVA general; 1,4% para el IVA reducido; 0,5% para el superreducido y 0,75% para el tabaco.
Es necesario incluir el nombre completo o razón social y el NIF del destinatario. En ventas a consumidor final donde no se identifica al cliente, se puede indicar "VENTAS A CONSUMIDOR FINAL" en la columna de destinatario.
Cuando la operación está sujeta a retención, debe consignarse tanto el porcentaje aplicado como el importe retenido. Por ejemplo, en el reparto de dividendos, si se aplica una retención del 19%, ésta debe quedar claramente reflejada en el registro.
Crear y cumplimentar correctamente tu libro registro de ventas e ingresos requiere seguir un proceso ordenado. Consulta a continuación los pasos fundamentales para cumplir con esta obligación fiscal sin complicaciones.
En primer lugar, identifica correctamente tu epígrafe del IAE. Si eres autor de libros, por ejemplo, correspondería al epígrafe 861 de la Sección 2ª (profesionales). Asimismo, determina tu régimen fiscal, ya que las obligaciones varían según si tributas en estimación directa normal, simplificada u objetiva.
La Agencia Tributaria acepta tres formatos principales: Excel (XLSX), CSV (valores separados por comas) o mediante el Sistema de Suministro Inmediato de Información (SII). El formato Excel y los programas de gestión contable (como Holded) que automatizan el proceso y reducen posibles errores son los formatos más comunes.
Estructura tu libro con estas columnas esenciales:
Cada venta o ingreso debe anotarse individualmente, sin agrupar operaciones diferentes y manteniendo el orden cronológico. Esto facilita el control tributario y garantiza la transparencia de tu actividad económica.
En el caso de facturas simplificadas (sin identificación del cliente), puedes realizar asientos resumen diarios, siempre indicando los números inicial y final de las facturas incluidas. Esto solo aplica cuando todas tienen el mismo tipo impositivo.
Debes conservar tu libro durante al menos 6 años, según establece el Código de Comercio, aunque los impuestos prescriban a los 4 años. Mantén respaldos digitales que garanticen la integridad y accesibilidad de la información ante posibles requerimientos.
La Agencia Tributaria acepta específicamente tres formatos para la presentación del libro registro de ventas e ingresos. Cada uno tiene características distintas que pueden adaptarse mejor a tus necesidades particulares.
El formato Excel es uno de los estándares más utilizados por su facilidad de manejo, especialmente en el caso de autónomos con pocas operaciones que declarar.
La AEAT proporciona plantillas oficiales que puedes descargar directamente desde su sede electrónica y que incluyen las columnas necesarias con los campos obligatorios ya configurados. El límite máximo para estos archivos es de 4 MB, suficiente para la mayoría de pequeños negocios.
Este formato almacena los datos separados por punto y coma en un archivo de texto plano. Aunque es más básico visualmente que Excel, resulta extremadamente compatible con cualquier sistema y permite la importación y exportación de datos de manera sencilla.
Sin embargo, es mucho menos intuitivo para usuarios no técnicos, lo que puede complicar su gestión y favorecer la existencia de errores en los registros.
El Suministro Inmediato de Información es un sistema electrónico para registrar el IVA a través de la Sede Electrónica de la AEAT. Permite formar los libros registro mediante envíos detallados de operaciones.
Con este método, no es necesario presentar ciertos modelos tributarios, como el 347, 340 y 390. El plazo para remitir los datos es de 4 días hábiles desde la emisión o registro contable de facturas.
La última opción es utilizar un programa de facturación y contabilidad especializado, como Holded. Esta alternativa ofrece beneficios significativos tanto para los autónomos que están empezando como para proyectos y PYMES con una trayectoria más sólida y alto volumen de operaciones que declarar:
Al mantener el libro registro de ventas e ingresos correctamente, debes prestar atención a ciertos casos especiales que requieren un tratamiento particular. Estos supuestos, aunque menos frecuentes, son igualmente importantes para cumplir con la normativa fiscal.
Puedes emitir facturas simplificadas cuando el importe no supere los 400 € (IVA incluido). Este límite aumenta hasta 3.000 € para ventas al por menor, hostelería, transporte de personas, peluquerías y otras actividades específicas.
Aunque estas facturas no requieren desglosar la cuota de IVA ni identificar al cliente, al registrarlas en tu libro de ventas sí debes calcular y separar la base imponible y la cuota.
Para registros masivos de estas operaciones, puedes realizar un asiento resumen diario, siempre indicando los números de factura inicial y final.
Las facturas rectificativas corrigen errores en documentos previos y, según sus objetivos, existen 3 tipos distintos:
Al registrarlas, debes vincularlas siempre con la factura original e incluir un campo específico que las identifique como rectificativas. Para las negativas, el asiento contable va al debe de la cuenta de ventas y del IVA repercutido.
Las subvenciones y otros ingresos no sujetos a facturación también deben constar en tu libro registro. Aunque no generen IVA, afectan a tu rendimiento económico y, por tanto, a tu tributación en IRPF. Registra estos conceptos incluyendo fecha, descripción, importe y, cuando proceda, el organismo otorgante.
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Si descubres un error en tu libro registro de ventas e ingresos, la normativa establece un procedimiento específico para su corrección, consistente en realizar una anotación o grupo de anotaciones al finalizar el período de liquidación.
Estas correcciones deben permitir determinar, para cada período trimestral, la totalidad de los ingresos y gastos una vez practicada dicha rectificación.
La Agencia Tributaria especifica que estas anotaciones correctivas deben hacerse tan pronto como se tenga constancia del error material. Es fundamental que la rectificación permita determinar con claridad el impuesto devengado y soportado correspondiente.
Recuerda que este libro debe conservarse durante al menos 6 años. Aunque pueda parecer una tarea tediosa al principio, establecer una rutina regular para actualizar tu libro registro te ahorrará complicaciones futuras con la administración tributaria y te proporcionará una herramienta valiosa para el análisis de la evolución económica de tu negocio.
Siguiendo las pautas descritas en esta guía, podrás crear y mantener tu libro registro de ventas e ingresos de manera eficiente, cumpliendo con tus obligaciones fiscales y obteniendo al mismo tiempo una visión más clara del rendimiento financiero de tu actividad económica.