Las autoliquidaciones son declaraciones que presenta el propio contribuyente para determinar y pagar sus impuestos. Sin embargo, no siempre salen bien a la primera. Puede ocurrir que hayas cometido un error, hayas incluido datos incorrectos o has dejado pasar una deducción aplicable. En estos casos, puedes acogerte a un procedimiento específico para solucionarlo: la rectificación de autoliquidaciones de gestión tributaria.
Esta posibilidad no solo te puede salvar evitando sanciones, sino que también te permite recuperar cantidades pagadas de más. Vamos a ver qué es una autoliquidación rectificativa, en qué casos puedes solicitarla, cuáles son los pasos a seguir según el tipo de impuesto, como el IVA, IRPF o el impuesto de sociedades, y cómo hacerlo correctamente ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
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Descúbrelo¿Qué es la autoliquidación rectificativa?
Una autoliquidación rectificativa es un procedimiento mediante el cual un contribuyente corrige una autoliquidación presentada con anterioridad, ya que contiene errores o datos incompletos. Este archivo permite ajustar la información declarada sin necesidad de esperar a que la AEAT detecte el fallo.
Hasta hace poco, si te dabas cuenta de un error, debías iniciar un procedimiento de rectificación de autoliquidaciones de gestión tributaria mediante una solicitud formal, por lo que el proceso era mucho más largo y complicado. Con la incorporación de las autoliquidaciones rectificativas en 2023, especialmente en tributos como el IVA, IRPF o el impuesto de sociedades, ahora es posible rehacer y volver a presentar el modelo sin requerir un proceso separado de revisión.
Por tanto, este mecanismo ofrece una vía más directa y eficiente para corregir situaciones como:
- Declaraciones con importes erróneos.
- Omisión de deducciones o bonificaciones aplicables.
- Inclusión de datos que no corresponden al período fiscal.
Por ejemplo, si has presentado el modelo 303 del IVA siguiendo las instrucciones para rellenarlo correctamente, con una base imponible inferior a la real, puedes emitir una nueva versión rectificativa para subsanar el error y evitar problemas posteriores.
¿Qué diferencia hay entre la autoliquidación y la autoliquidación rectificativa?
La principal diferencia entre una autoliquidación ordinaria y una autoliquidación rectificativa radica en el momento y el propósito de su presentación.
Una autoliquidación es la declaración que presentas de forma inicial para liquidar un impuesto determinado: se calcula la base imponible, se aplican deducciones o bonificaciones y se determina la cantidad a ingresar o a devolver. Es un proceso estándar y obligatorio dentro de los plazos establecidos por la Administración.
En cambio, la autoliquidación rectificativa se utiliza cuando ya has presentado esa primera declaración, pero te das cuenta de que has cometido un error o has omitido algún dato, por lo que necesita corregirse. Esta nueva figura permite modificar directamente la autoliquidación sin tener que iniciar un expediente de rectificación ante la AEAT. En otras palabras: es una segunda oportunidad, más ágil y directa.

Este tipo de corrección ya se aplica en tributos como el IVA, el IRPF y el impuesto de sociedades, lo que te permite enmendar situaciones sin necesidad de recurrir a procedimientos más largos y complejos.
¿Cuándo deberíamos solicitar la autoliquidación rectificativa?
Existen diversas situaciones en las que puede ser necesario presentar una autoliquidación rectificativa. Esta herramienta te permite corregir errores que pueden afectar tanto al cálculo de la base imponible como a las deducciones aplicadas o incluso a los datos personales.
A continuación, vamos a ver los motivos más habituales para solicitar una rectificación de autoliquidaciones de gestión tributaria.
Datos erróneos
Uno de los motivos más frecuentes para presentar una autoliquidación rectificativa es haber incluido datos incorrectos. Por ejemplo, podrías haber declarado una factura duplicada, aplicado un tipo impositivo erróneo o incluido una operación en el trimestre equivocado.
Un caso muy habitual que ocurre en la autoliquidación rectificativa del IVA es cuando se detecta que el importe de una factura emitida es superior al declarado originalmente. Si esto afecta al cálculo del impuesto, será necesario presentar un nuevo modelo 303 de autoliquidación rectificativa.
Bonificaciones omitidas o inclusión de deducciones
También es posible que hayas olvidado aplicar una deducción o una bonificación fiscal a la que tenías derecho. Por ejemplo, si durante la autoliquidación del IRPF olvidaste incluir una deducción por vivienda habitual o por maternidad, puedes corregirlo mediante una autoliquidación rectificativa de IRPF.
Esto también ocurre con frecuencia en el impuesto de sociedades, cuando se omiten bonificaciones por inversiones o incentivos fiscales específicos.
Cambios en tus circunstancias económicas o personales
Por último, si tus circunstancias han cambiado desde la presentación de la autoliquidación original, puedes estar obligado a rectificar. Esto puede suceder, por ejemplo, si has recibido una devolución o ajuste contable posterior que afecta a tus ingresos declarados.
En el caso de los autónomos, es habitual que este tipo de ajustes afecten al cálculo del IVA e IRPF. Si necesitas ayuda, siempre puedes consultar cómo calcular correctamente el IVA y el IRPF en tus facturas siendo autónomo.
La documentación que necesitas para hacer una rectificación autoliquidable
Para tramitar una rectificación de autoliquidaciones de gestión tributaria, es necesario aportar una serie de documentos que acrediten tanto la solicitud como el motivo del error o la modificación. Este proceso puede realizarse de forma telemática o presencial, pero en ambos casos deberás presentar dos elementos clave: el modelo de solicitud y la justificación de la rectificación.
El modelo de la solicitud
El primer paso consiste en rellenar el modelo correspondiente de autoliquidación rectificativa, marcando que se trata de una solicitud de rectificación. La presentación de este modelo varía en función del impuesto implicado. Algunos ejemplos son:
- Autoliquidación rectificativa del IVA: se presenta a través del modelo 303, indicando el importe que debe ser corregido y señalando expresamente que se trata de una rectificación.
- Autoliquidación rectificativa IRPF: en este caso, la solicitud se presenta mediante la plataforma Renta Web, activando la opción específica de “solicitud de rectificación” al modificar una declaración ya presentada.
- Autoliquidación rectificativa AEAT del impuesto de sociedades: el procedimiento se realiza con el modelo 200, incluyendo una declaración que sustituye a la anterior y marcando que se trata de una autoliquidación rectificativa.
En todos los casos, el documento debe contener los siguientes datos básicos:
- Identificación del contribuyente, como el NIF, nombre o razón social, y domicilio fiscal.
- Periodo impositivo y ejercicio afectado.
- Número de justificante de la autoliquidación original.
- Indicación del error cometido y resultado correcto tras la corrección.
Justificación de la rectificación
Además del modelo de solicitud, deberás aportar la documentación justificativa que respalde el cambio que estás solicitando. Esta justificación es esencial para que la Agencia Tributaria admita la rectificación y proceda a modificar o devolver, en su caso, el importe correspondiente.
Entre los documentos que suelen exigirse se encuentran:
- Facturas rectificativas o justificantes contables que demuestren el error o la modificación
- Declaraciones previas o documentación tributaria relacionada
- Informes de asesoría fiscal o contable, en caso de que hayan detectado el error
- Cualquier otro documento que permita acreditar que la declaración original contenía un error material, aritmético o de hecho
Recuerda que una rectificación no puede basarse en una simple reconsideración subjetiva, sino que tiene que apoyarse en pruebas objetivas que demuestren la inexactitud de la autoliquidación original.
¿Cómo se presenta la autoliquidación rectificativa?
Una vez recopilada toda la documentación, el siguiente paso es presentar la autoliquidación rectificativa a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria (AEAT).
Este procedimiento está regulado y varía según el impuesto afectado, ya sea IVA, IRPF o impuesto de sociedades, entre otros, pero el esquema general de actuación es común en todos los casos: rellenar el formulario, adjuntar la justificación y formalizar la presentación.
Completa el formulario para la rectificación autoliquidable
El formulario a utilizar dependerá del impuesto que vayas a rectificar. Estos son los más frecuentes:
- Modelo 303 autoliquidación rectificativa para el IVA.
- Modelo 100 con opción de rectificación en el IRPF, a través de Renta Web.
- Modelo 200 para la autoliquidación rectificativa del impuesto de sociedades.
Dentro del formulario, deberás:
- Indicar que se trata de una autoliquidación rectificativa, diferenciándola de una declaración complementaria.
- Señalar el número de justificante de la declaración original.
- Introducir los importes corregidos.
- Añadir una breve descripción del motivo de la rectificación, si el sistema lo permite.
Es fundamental no omitir este paso, ya que solo señalando correctamente la opción de rectificación se activa el procedimiento correspondiente ante la AEAT.
Adjunta la justificación
Durante el proceso de presentación, se habilita un espacio para adjuntar los documentos justificativos. Según el tipo de rectificación, deberás cargar archivos en formato PDF que acrediten la procedencia de la corrección. Esto incluye:
- Facturas corregidas o rectificativas.
- Documentación contable.
- Informes profesionales o de asesoría.
- Copia de la autoliquidación original.
Asegúrate de que los documentos estén claramente identificados y sean legibles, ya que facilitarán la validación por parte de la administración tributaria.
Presenta la solicitud
Con el formulario cumplimentado y la documentación adjunta, solo queda presentar electrónicamente la solicitud de rectificación autoliquidativa. Esto se realiza accediendo con certificado digital, Cl@ve PIN o DNI electrónico en la sede electrónica de la AEAT.
Una vez finalizado el proceso, recibirás un justificante de presentación, que debes conservar como prueba en caso de requerimiento o revisión.
El tiempo de resolución de estas solicitudes no está reglado, pero suele oscilar entre tres y seis meses, dependiendo del volumen de trabajo de la Agencia Tributaria y de la claridad de la documentación aportada. En caso de que te encuentres con un silencio administrativo, debes entender que se ha desestimado la solicitud, aunque puedes interponer un recurso posteriormente.