¿Te diste de alta como autónomo pero aún no facturas? Descubre qué dice la ley, cómo evitar multas y cuándo replantearte tu modelo de negocio.
Ser autónomo en España conlleva una serie de derechos y obligaciones fiscales. Sin embargo, una duda frecuente entre quienes inician su actividad profesional o atraviesan una etapa de inactividad es si es posible estar dado de alta como autónomo sin emitir ninguna factura. La respuesta corta es sí, es posible. Pero, como veremos a continuación, esta situación no está exenta de implicaciones fiscales, contables y legales.
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Sí, es legal estar dado de alta como autónomo sin emitir facturas ni generar ingresos. Sin embargo, seguir dado de alta implica mantener todas las obligaciones fiscales y de Seguridad Social, incluso en ausencia de facturación. Es importante que no confundas la falta de ingresos con la inactividad, ya que Hacienda considera que si estás dado de alta, estás ejerciendo actividad económica.
Existen diversas razones por las que un autónomo puede estar dado de alta y no generar ingresos:
Estar dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) implica ejercer una actividad económica habitual. Aunque no se emitan facturas, Hacienda considera que existe actividad si se está dado de alta. Por tanto, la ausencia de facturación no implica que el autónomo esté "inactivo" a efectos fiscales.
Un negocio o autónomo se considera inactivo cuando no realiza ningún tipo de actividad económica (ni ventas, ni compras, ni gastos relacionados con la actividad). Si decides pausar la actividad por completo, debes tramitar la baja en Hacienda y/o Seguridad Social.
Por el contrario, puedes estar activo (realizando operaciones) pero, en un período concreto, no emitir facturas (por ejemplo, no tener ventas o clientes en ese momento). Sin embargo, deberás seguir presentando los impuestos (aunque declares ingresos cero) y tener gastos deducibles (alquiler, luz, internet, etc.), que debes declarar.
Aunque no haya facturación, siempre que exista cierta actividad (compras, publicidad, inversiones), se considera que sigues activo y, por tanto, debes cumplir con tus obligaciones fiscales.
Descubre cuáles son las obligaciones tributarias que debes cumplir mientras estés activo en el régimen de autónomos:
El modelo 303 de autoliquidación del IVA debe presentarse de forma trimestral. En el caso de que no hayas emitido ni recibido facturas, debes presentarlo en blanco, ya que la omisión de esta obligación puede acarrear sanciones.
Si estás en estimación directa, debes presentar también el modelo 130 de pagos fraccionados del IRPF. Al igual que con el modelo 303, si no hay ingresos ni gastos, se debe presentar con resultado cero.
Incluso aunque tu actividad como autónomo no haya generado ingresos, debes presentar tu declaración anual de la renta mediante el modelo 100 de impuesto sobre la renta de las personas físicas, incluyendo la información sobre tu actividad, aunque esta sea nula.
El modelo 390 es un resumen anual de las operaciones relativas a la liquidación del IVA. Si se ha estado dado de alta durante el año, se debe presentar, incluso si todos los trimestres se declararon sin actividad.
Cualquier modificación en la actividad, ya sea inicio, cese temporal o reanudación de la misma, debe comunicarse mediante el modelo 036. Anteriormente existía también el modelo 037, que se utilizaba solo en algunos casos, aunque ha caído en desuso y, actualmente, se utiliza únicamente el 036.
Aunque no factures, como autónomo estás obligado a llevar tu contabilidad, registrar los libros de ingresos, gastos, bienes de inversión y facturas emitidas y recibidas. Esta documentación puede ser solicitada por Hacienda en cualquier momento. Si utilizas un programa como Holded te será mucho más sencillo tener toda tu documentación y contabilidad al día sin apenas esfuerzo.
En teoría, es posible deducir los gastos afectos a la actividad aunque no se emitan facturas, siempre que se cumplan los requisitos de afectación exclusiva a la actividad profesional.
Como sabes, existen dos formas de deducir los gastos relacionados con tu actividad:
Sin embargo, Hacienda puede considerar que no existe una actividad real y denegar la deducción de gastos, si estos son demasiado altos o si no se justifica adecuadamente la ausencia de ingresos. Por ello, es recomendable conservar justificantes y explicar la situación si se prolonga en el tiempo.
Aunque no se generen ingresos, mientras estés de alta debes seguir pagando la cuota mensual a la Seguridad Social. Desde la reforma del sistema de cotización por ingresos reales, esta cuota no es fija, sino que puede variar en función de lo que esperas facturar.
A esto hay que sumar posibles gastos en gestoría, seguros o mantenimiento de herramientas de trabajo. Sin ingresos, estos costes pueden representar una carga importante, por lo que es clave valorar opciones como acogerse a la tarifa plana o darse de baja temporalmente si la inactividad se prolonga.
Uno de los principales costes de un autónomo es la cuota mensual a la Seguridad Social, que se debe abonar independientemente de que haya o no ingresos. Con la reforma de 2023, la cuota varía según los ingresos reales (el mínimo para 2025 ha quedado establecido en 200 euros mensuales).
Ten en cuenta que puedes cambiar tu base de cotización hasta 6 veces al año, lo que te permite incrementarla cuando tengas más actividad y reducirla al mínimo si prevés un periodo sin ingresos.
Los autónomos que acaban de iniciar su actividad pueden beneficiarse de la tarifa plana (cuota de 80 euros mensuales durante los primeros 12 meses de actividad), así como de distintas bonificaciones dependientes de las comunidades autónomas, que reducen significativamente la cuota durante los primeros meses o años. Esto puede aliviar la carga económica mientras se generan los primeros ingresos.
Para Hacienda, estar dado de alta como autónomo implica ejercer una actividad económica, aunque no se emitan facturas. Si no hay ingresos durante varios trimestres, puede interpretar que no existe una actividad real y requerir justificaciones. Por ello, es fundamental cumplir con todas las obligaciones fiscales y mantener la documentación que acredite la continuidad del negocio.
Aunque factures, Hacienda considerará que sigues en activo mientras continúes cumpliendo con tus obligaciones fiscales (pago de la cuota mensual y presentación periódica de impuestos).
Sin embargo, si la falta de ingresos se prolonga durante varios trimestres, se puede llegar a considerar que no hay actividad económica real.
Una actividad sin ingresos durante un tiempo prolongado puede levantar sospechas ante la Agencia Tributaria. Esto podría derivar en inspecciones o requerimientos para justificar la continuidad del alta.
Además, la deducción prolongada de gastos o IVA sin ingresos asociados puede llegar a considerarse una infracción tributaria.
Si llevas un tiempo sin facturar, existen varias alternativas para evitar costes innecesarios, como la baja temporal. Otra opción es cambiar de régimen fiscal o valorar otras formas jurídicas. En cualquier caso, conviene consultar con un asesor para tomar la mejor decisión.
Si prevés un periodo de inactividad prolongado, una opción es tramitar la baja en Hacienda y en la Seguridad Social. Esto permite suspender el pago de cuotas y obligaciones fiscales. Cuando estés listo para reanudar la actividad, basta con volver a presentar el modelo 036.
Si tu negocio o proyecto no funciona, puede ser conveniente cambiar el epígrafe del IAE o el régimen fiscal para iniciar una nueva actividad. Además, esto puede influir en la carga tributaria que soportas y en las obligaciones formales que debes cumplir.
Dependiendo de la naturaleza del proyecto, puede ser más adecuado constituir una sociedad, trabajar como colaborador o incluso mantener tu actividad como autónomo de forma secundaria, combinada con otro empleo principal. Te aconsejamos consultar con un asesor fiscal que pueda evaluar tus opciones y asesorarte acerca de qué es lo más adecuado para ti.
Muchos autónomos pasan por etapas sin facturación. Por ejemplo, un profesional que inicia su proyecto puede tardar meses en captar clientes, mientras sigue dado de alta para poder deducir gastos. En todos estos casos, es clave conocer las obligaciones y valorar si conviene una baja temporal.
Si acabas de iniciar tu proyecto, es posible que necesites varios meses para captar clientes estables, mejorar tus productos o desarrollar tu cartera de servicios. Durante ese tiempo, es posible que no factures, pero tendrás que presentar los modelos fiscales correspondientes y pagar la cuota de la Seguridad Social.
Algunas actividades, como las vinculadas al turismo, la agricultura o la formación, se desarrollan solo durante ciertos periodos del año. En estos casos, puede ser recomendable darse de baja fuera de temporada para evitar pagar cuotas y realizar declaraciones innecesarias.
Es habitual que los freelancers pasen por periodos de baja actividad o, incluso, sin clientes. Si bien es posible mantener el alta, debes tener cuidado con tus obligaciones fiscales y valorar la posibilidad de suspender temporalmente la actividad si la mala racha se prolonga.