¿Qué autónomos están exentos de cumplir con Verifactu?

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November 27, 2025

¿Sabías que Verifactu no obliga a todos los autónomos? Descubre en esta guía si tu actividad está exenta o si debes empezar a prepararte.

El sistema de verificación de facturas Verifactu supone un cambio significativo en la gestión de los autónomos. Como profesional, es normal que te preguntes si este sistema te afecta directamente o si, por el contrario, tu actividad está entre las pocas exentas. Conocer los límites de esta normativa es crucial para operar con seguridad jurídica y evitar potenciales sanciones de la Agencia Tributaria.

Por eso, en este artículo te explicamos el marco legal en un lenguaje claro y directo, analizando los distintos supuestos que la Administración contempla para no estar obligado a su uso.

Al final de esta lectura, sabrás si tu situación profesional te exime de esta carga administrativa y qué implicaciones tiene dicha exención.

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¿Dónde se explican las exenciones de Verifactu?

Para entender quién está exento de Verifactu, primero debemos acudir a la fuente: la norma que lo regula es la Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, la norma que creó este sistema. Sin embargo, las exenciones específicas no se detallan únicamente en esta ley, sino que se derivan de otras normativas preexistentes a las que la Ley Antifraude hace referencia.

En concreto, el artículo 7 de la ley Antifraude establece que estarán obligados a utilizar Verifactu aquellos sujetos pasivos del IVA que estén obligados a llevar libros de registro de facturas expedidas y recibidas. Por lo tanto, la clave para encontrar una exención está en identificar qué profesionales no tienen la obligación de llevar estos libros registro.

Para ello, debemos consultar el Reglamento del IVA y otras disposiciones que regulan los regímenes especiales. En resumen, si tu actividad te exime de llevar los libros registro del IVA, es muy probable que también estés exento de Verifactu.

Profesionales en el Suministro Inmediato de Información (SII)

Una de las exenciones más conocidas y significativas es la que afecta a los autónomos incluidos en el Régimen Especial del Suministro Inmediato de Información (SII). Este régimen, que obliga a llevar los libros registro de IVA a través de la página web de la Agencia Tributaria de forma telemática y casi instantánea, es incompatible con Verifactu.

Si ya estás adherido al SII y declaras tus facturas a través de esta plataforma, no estás obligado a duplicar esa información en Verifactu. El SII se considera un sistema de control más avanzado y estricto que el propio Verifactu, por lo que la ley te exime de esta segunda obligación. Esta exención aplica tanto para autónomos como para empresas que ya operan bajo este paraguas.

Te interesan: ¿a qué tipo de facturas afecta Verifactu?

Operaciones exentas de la obligación de emitir factura

Existen una serie de operaciones y actividades que, por su naturaleza, no tienen la obligación de emitir factura. Si tu actividad como autónomo se desarrolla exclusivamente en este ámbito, no estarás obligado a Verifactu. Algunos ejemplos clave incluyen:

  • Ventas al por menor: las operaciones con consumidores finales, donde no se expida factura (solo ticket o simple anotación), están exentas.
  • Profesiones que no emiten factura: actividades como las de los artistas o deportistas por sus actuaciones personales, en aquellos casos en que no estén obligados a expedir factura.
  • Operaciones financieras y de seguros: determinadas operaciones sujetas pero exentas del IVA.

Es crucial entender que esta exención se aplica si todas tus operaciones entran en estas categorías. Si, ocasionalmente, realizas una operación que sí requiere factura (por ejemplo, a otro profesional o empresa), para esa operación concreta sí deberás cumplir con los libros registro y, por ende, con Verifactu.

Regímenes especiales: módulos, agricultura y recargo de equivalencia

Los regímenes especiales de IVA son uno de los focos principales de exenciones. Si estás acogido a uno de ellos, es muy probable que no necesites Verifactu.

  • Régimen simplificado (módulos): los autónomos que tributan por módulos están exentos de la obligación de llevar los libros registro de IVA. Por lo tanto, también están exentos de Verifactu. Esta es una de las exenciones más comunes y que afecta a un gran número de profesionales.
  • Régimen especial de la Agricultura, Ganadería y Pesca (REAGP): los autónomos incluidos en este régimen, conocidos como "recargo de equivalencia" del sector primario, también están exentos de llevar los libros registro y, por consiguiente, de Verifactu.
  • Recargo de equivalencia (comercio minorista): los comerciantes minoristas que tributan en el régimen del recargo de equivalencia están exentos de Verifactu, ya que su propia dinámica fiscal ya incorpora un sistema de control a través de los proveedores.

Profesionales en territorios forales

Los contribuyentes de los territorios forales, como País Vasco y Navarra, no están obligados al sistema Verifactu, puesto que en este caso las competencias tributarias están cedidas al gobierno regional de dichas comunidades autónomas.

Esto significa que las haciendas forales ya cuentan con sus propios sistemas, similares a Verifactu (como es el caso de TicketBAI, en el País Vasco), que obligan a empresas y autónomos de forma similar a como lo hace el nuevo sistema.

Ojo: si tu negocio opera en territorio foral y también en territorio común, tendrás que cumplir con ambos sistemas, tanto con el regional de aplicación como con Verifactu.

Cuadro resumen de exenciones Verifactu

Para que tengas una visión rápida y clara, aquí tienes un cuadro resumen con los supuestos más comunes:

Supuesto ¿Obligado a Verifactu? Observaciones clave
Autónomo en régimen simplificado (módulos) NO (salvo que exista obligación de facturar) Exención automática por no llevar libros registro de IVA
Autónomo en recargo de equivalencia NO (salvo posibles facturas excepcionales) Aplica a comerciantes minoristas exentos de libros registro
Incluido en el SII NO El SII sustituye y exime de la obligación de Verifactu
Autónomo en REAGP NO (salvo posibles facturas excepcionales) Pueden usar la Solución Pública de Facturación
Solo realiza ventas a consumidores finales (sin factura) NO Siempre que NUNCA emita una factura
Territorios forales NO Obligados a sus propios sistemas, como TicketBAI
Facturación manual NO No hay obligación, ya que no se usa software de facturación
Autónomo en estimación directa (general) Es el régimen común y sí lleva libros registro
Autónomo que emite facturas (ocasionalmente) Aunque la mayoría de sus ventas sean al por menor, si emite una factura debe cumplir con Verifactu para esa operación

¿Qué implica estar exento de Verifactu?

Estar exento de Verifactu no significa estar libre de toda obligación con relación a la facturación y las comunicaciones con Hacienda. Implica, fundamentalmente, que no tienes que invertir tiempo y recursos en implementar un software compatible y en reportar tus facturas al sistema de la AEAT. Sin embargo, esto no te exime de:

  • Llevar un control interno de tu actividad: debes conservar toda la documentación de tus ingresos y gastos (tickets, justificantes, etc.) para poder elaborar tus declaraciones de IVA e IRPF.
  • Emitir facturas cuando sea obligatorio: si realizas una operación a otro autónomo o empresa, deberás emitir factura con todos los requisitos legales, a pesar de no reportarla a Verifactu.
  • Cumplir con el resto de obligaciones fiscales y contables: presentar modelos trimestrales, declaración de la renta, etc.

En definitiva, conocer si estás exento de Verifactu es esencial para optimizar la gestión de tu negocio. Si tras revisar estos puntos identificas que tu actividad sí está exenta, puedes respirar tranquilo.

Si, por el contrario, descubres que estás obligado, es el momento de buscar una solución de facturación, como el software de Holded, que se integra con Verifactu y te permite automatizar el proceso, cumpliendo con la ley de la forma más sencilla y eficiente.

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