¿En qué se diferencian Verifactu y la factura electrónica?
Llegan casi a la vez y se confunden todo el rato: hay quien cree que son la misma obligación. No lo son. Aquí ves en qué se diferencian y qué te toca cumplir a ti.

Si eres autónomo o llevas una empresa, en los últimos meses habrás oído hablar de Verifactu y de la factura electrónica casi como si fueran lo mismo. Aparecen juntas porque las dos forman parte de la digitalización de la facturación en España y te afectan casi al mismo tiempo.
El problema de mezclarlas es que puedes acabar pensando que, cumpliendo una, ya cumples la otra. Y no funciona así. Cada una nace de una ley distinta, persigue un objetivo diferente y tiene su propio calendario. En este artículo tienes la comparación completa, cuándo te obliga cada una y cómo llegar preparado a las dos.
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¿Qué es Verifactu y qué es la factura electrónica?
Verifactu es el sistema de la Agencia Tributaria que obliga a que tu programa de facturación registre cada factura de forma trazable e inalterable y pueda enviar esos registros a Hacienda.
Nace de la Ley Antifraude (Ley 11/2021) y se desarrolla en el Real Decreto 1007/2023. Su finalidad es el control fiscal: que ninguna factura pueda manipularse ni borrarse después de emitirse.
Por su parte, la factura electrónica es la factura emitida en un formato estructurado que los sistemas leen y procesan de forma automática, en lugar del papel o el PDF. Nace de la Ley Crea y Crece (Ley 18/2022) y busca digitalizar las relaciones comerciales entre empresas, agilizar los cobros y reducir la morosidad.
Opinión de nuestro experto
“Una de las diferencias importantes es la confusión sobre las facturas impagadas, Verifactu no controla los impagos, pero su trazabilidad puede reforzar la prueba de que una factura fue emitida correctamente (útil como prueba ante un impago). ”.

José Rodriguez Ansaldi
Product Owner en Holded
Según su destinatario, puede ser B2G (business to government, la que emites a la Administración pública), B2B (business to business, la que emites a otra empresa o a otro autónomo) o B2C (business to consumer, la que emites a un consumidor final). A esto se suma ViDA (VAT in the Digital Age), la reforma europea que impulsará la factura electrónica en las operaciones intracomunitarias.
La diferencia de fondo cabe en una frase: Verifactu regula cómo se genera y registra la factura para que Hacienda pueda controlarla; la factura electrónica regula en qué formato y por qué canal viaja esa factura entre quien la emite y quien la recibe. Una vigila el proceso, la otra vigila el documento.
Principales diferencias entre Verifactu y factura electrónica
Más allá del objetivo, el origen normativo y el ámbito de regulación, ambas normativas se distinguen en varios puntos concretos que conviene tener claros antes de tocar tu sistema de facturación.
Opinión de nuestro experto
“Las obligaciones entre Verifactu y facturación electrónica son distintas y no sustitutivas. Verifactu se relaciona con la ley antifraude y regula el sistema informático de facturación y el envío de registros a la AEAT. La factura electrónica se relaciona con la ley crea y crece y regula el formato del documento y el canal de envío entre empresas y aún está pendiente el reglamento técnico,”

José Rodriguez Ansaldi
Product Owner en Holded
A quién y a qué facturas alcanza
Verifactu alcanza a todos los que emiten facturas con un programa de facturación, incluidas las facturas simplificadas (los tiques). Quedan fuera el País Vasco y Navarra, que tienen su propia regulación (TicketBAI y el futuro NaTicket) y quienes ya están en el régimen del SII o facturan sin software, pero para la mayoría acabará siendo la norma.
La factura electrónica obligatoria afecta a las operaciones entre empresas y autónomos (B2B) y a las facturas ordinarias, no a las simplificadas. En el ámbito público (B2G) la factura electrónica ya es obligatoria desde hace años a través de la plataforma FACe.
Requisitos técnicos de cada sistema
Con Verifactu, tu software encadena las facturas mediante una huella o hash, de modo que cada registro queda ligado al anterior y no se puede alterar, e incorpora un código QR en la factura. Además debe aparecer la leyenda "VERI*FACTU" o "Factura verificable en la sede electrónica de la AEAT".
La factura electrónica gira en torno al formato estructurado legible por sistemas (Facturae, UBL, XML, firma XAdES o EDI), no a esos requisitos de registro.
Inalterabilidad y envío a Hacienda
Verifactu no permite modificar ni anular una factura una vez emitida sin dejar rastro, y sus registros pueden remitirse a la AEAT de forma inmediata (en la línea del Suministro Inmediato de Información, el SII). La factura electrónica no impone esa inalterabilidad en el propio sistema: su exigencia está en el formato y en la transmisión del documento.
Resumido en una tabla:
| Característica | Verifactu | Factura electrónica |
|---|---|---|
| Ley | Ley Antifraude (11/2021) y RD 1007/2023 | Ley Crea y Crece (18/2022) y RD 238/2026 |
| Objetivo | Control fiscal y lucha contra el fraude | Digitalizar la facturación y reducir la morosidad |
| Qué controla | Cómo se genera y registra la factura | El formato y el canal por el que viaja |
| A quién afecta | Todo el que factura con software | Operaciones entre empresas y autónomos (B2B) |
| Destinatario de los datos | Agencia Tributaria | Clientes finales |
| Facturas simplificadas | Sí, también las incluye | No, solo las ordinarias |
| Envío a la AEAT | Inmediato con cada registro | No hay envío directo con cada factura |
| Formato | Software adaptado, con QR y registro firmado | Formato electrónico estructurado (Facturae, XML) |
| Entrada en vigor | 1 enero 2027 (sociedades) y 1 julio 2027 (resto) | 12 meses (facturación > 8 M€) y 24 meses (resto) desde la orden ministerial |
¿Son compatibles Verifactu y la factura electrónica?
Sí, ambas iniciativas son compatibles y se complementan. No tienes que elegir entre una y otra, porque regulan cosas distintas y pueden convivir en la misma factura.
La clave está en que se apoyan en el mismo estándar (Facturae), así que una factura que cumple Verifactu puede ser, a la vez, una factura electrónica válida. Ahora bien, no es automático al revés: puedes emitir una factura electrónica y no cumplir Verifactu, porque este último añade requisitos que solo garantiza un software preparado (registro firmado, trazabilidad y envío a Hacienda).
Una forma sencilla de verlo sería que la factura electrónica se ocupa del documento que le llega a tu cliente, mientras que Verifactu se ocupa de lo que tu programa le cuenta a Hacienda sobre esa misma factura.
¿Cuándo entran en vigor Verifactu y la factura electrónica?
Con el tiempo acabarás cumpliendo ambas iniciativas, pero no a la vez desde el primer día. Los calendarios van por separado y el solapamiento será progresivo.
Para Verifactu, los fabricantes de software ya debían tener sus programas adaptados desde el 29 de julio de 2025. Para quien factura, la obligación llega el 1 de enero de 2027 a las entidades que tributan por el Impuesto sobre Sociedades y el 1 de julio de 2027 al resto de obligados, incluidos los autónomos. Estas fechas son las que fijó el aplazamiento aprobado por el Real Decreto-ley 15/2025.
Para la factura electrónica, el reglamento ya está aprobado (RD 238/2026). Sus plazos empiezan a contar desde que se publique la orden ministerial que regula la solución pública de facturación: 12 meses para las empresas con facturación superior a 8 millones de euros y 24 meses para el resto.
Según el borrador manejado por Hacienda, esas fechas apuntan al 1 de octubre de 2027 y al 1 de octubre de 2028, a la espera de la publicación definitiva (previsiblemente en octubre de 2026).
Conviene no dejarlo para el final: usar un software no adaptado a Verifactu puede acarrear multas de hasta 50.000 € por ejercicio, según la Ley General Tributaria.
Cómo te afecta según tu tipo de negocio
La teoría se entiende mejor con casos concretos. Estos tres perfiles cubren la mayoría de situaciones y te ayudan a ver por dónde te toca empezar.
Por ejemplo, si eres un autónomo que factura solo a empresas (100 % B2B), como un diseñador o un consultor, te afectan las dos: Verifactu por el software con el que emites y la factura electrónica B2B cuando entre en vigor para tu tramo.
Si tienes un comercio que vende a particulares (B2C), como una tienda o una peluquería, Verifactu sí te aplica (también a los tiques o facturas simplificadas), pero la factura electrónica obligatoria B2B no te afecta en tus ventas al consumidor final.
En el caso de que lleves una pyme que trabaja con empresas y con la Administración (B2B y B2G), ya emites factura electrónica al sector público vía FACe e irás sumando la factura electrónica B2B y Verifactu según avancen los plazos.
¿Cómo cumplir con las dos sin complicarte?
La manera más simple de adaptarte es usar un software de facturación que cubra las dos obligaciones de forma integrada, en lugar de resolver cada una por su lado. Ese tipo de herramienta debería permitirte, como mínimo, tres cosas.
- Emitir facturas electrónicas válidas en el formato que exige la ley.
- Enviar los registros a Hacienda conforme a Verifactu sin que tengas que hacerlo a mano.
- Llevar la contabilidad y los impuestos en el mismo sitio, sin duplicar datos.
Con Holded no tienes que estar pendiente de cada cambio normativo: el sistema cumple los requisitos actuales, se actualiza cuando cambia la ley y te acompaña en todo el proceso. Así te centras en tu negocio y no en la letra pequeña.
Pablo Gil
Redactor de Contenidos
Pablo Gil es redactor de contenidos en Holded, cubriendo temas de ventas, CRM y marketing digital para empresas.
Revisado por
José Rodriguez Ansaldi
Product Owner en Holded
José es Product Owner del área financiera de Holded, experto en facturación, Verifactu y facturación electrónica.
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