IRPF Autónomos 2026: retenciones, tramos y cómo funciona
Conoce en detalle cómo funciona el IRPF siendo autónomos, desde el tipo de régimen por el que tributas, cuándo tienes que aplicar IRPF en tus facturas y tramos en % de las retenciones.

Actualizado el
Todos los autónomos están obligados a declarar el IRPF. Desde el ejercicio 2023, el Real Decreto-ley 13/2022 obliga a presentar la declaración de la Renta a cualquier persona que haya estado de alta en el RETA en algún momento del año, sin importar cuánto haya facturado. Aunque hayas tenido pérdidas o hayas estado de alta solo unos meses, tienes que declarar.
En esa declaración se comparan los pagos que has ido adelantando durante el ejercicio con lo que realmente te corresponde pagar. El resultado sale a pagar, si adelantaste menos de lo que debías, o a devolver, si adelantaste más.
En este artículo tienes el recorrido completo: qué es exactamente el IRPF de un autónomo, en qué régimen tributas, cuándo aplicar retención en tus facturas, cómo se paga el impuesto y qué tramos del IRPF te corresponden en 2026.
La burocracia ya es bastante complicada. Pásate a Holded.
Cubre todas las necesidades de tu negocio. Holded automatiza tareas y agiliza procesos.
¿Qué es el IRPF para autónomos?
El IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) es el impuesto que grava los beneficios que obtienes con tu actividad. Y aquí está la confusión más habitual: no se paga sobre tus ingresos, sino sobre lo que queda después de restar los gastos deducibles.
Como autónomo no lo pagas de una sola vez. Lo vas adelantando durante el año por dos vías (la retención que tus clientes descuentan de tus facturas y el pago fraccionado trimestral) y en la declaración de la Renta se hace la cuenta final.
La diferencia con un asalariado está solo en el mecanismo: a él la empresa le retiene el IRPF en la nómina, tú lo gestionas y lo adelantas por tu cuenta.
La normativa que lo regula es la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, desarrollada en el Reglamento del IRPF aprobado por el Real Decreto 439/2007.
¿Cómo se tributa el IRPF siendo autónomo?
El IRPF obliga a toda persona física, ya sea asalariado o autónomo, pero se tributa de forma diferente según el tipo de trabajador.
Mientras en el caso del trabajador por cuenta ajena es la empresa contratante quien paga el IRPF, descontándolo de la nómina, en el caso del autónomo se realiza por dos posibles vías.
Por lo que respecta al IRPF para autónomos, existen 3 formas distintas de tributación: la primera es mediante la estimación directa (normal o simplificada) y se basa en aplicar el impuesto directamente sobre la base imponible. La principal diferencia depende de la facturación, en este artículo te explicamos con detalle todas las diferencias.
La otra forma se basa en declarar este impuesto por estimación objetiva, o por módulos, que fijan un rendimiento neto de manera automática según ciertos criterios. En este caso, la tributación tiene ciertas características específicas:
- Se trata de un régimen voluntario, por lo que, aunque sea el que te corresponde, puedes renunciar a él y optar por declarar el IRPF mediante estimación directa.
- Ambos tipos de regímenes, estimación directa y estimación objetiva, son incompatibles entre sí, por lo que debes optar por uno u otro.
- A la hora de calcular el rendimiento neto de la actividad, el sistema de módulos es más simple que el régimen de estimación directa.
- Las obligaciones contables y registrales también son más reducidas.
- Si optas por este sistema, presentarás el pago fraccionado del IRPF mediante el modelo 131.
Lo ideal es consultar a un asesor fiscal para poder decidir la manera más adecuada en cada caso.
El IRPF en las facturas de autónomos
No todos los autónomos aplican retención de IRPF en sus facturas. Depende de dos cosas: el tipo de actividad que desarrollas y quién es tu cliente.
Aplicas retención si tu actividad es profesional (consultoría, diseño, arquitectura, abogacía, formación o traducción) y facturas a una empresa, a otro autónomo o a un profesional.
No aplicas retención si tu actividad es empresarial (comercio, hostelería, transporte, reformas) o si facturas a un particular o a un cliente extranjero.
La retención se calcula sobre la base imponible, antes del IVA. Tu cliente resta ese importe de lo que te paga y lo ingresa en Hacienda a tu nombre, así que es IRPF que ya tienes adelantado.
Estos son los tipos de retención vigentes según tu situación:
| Situación | Tipo de retención |
|---|---|
| Actividad profesional (caso general) | 15% |
| Nuevos autónomos: año de inicio y los dos siguientes | 7% |
| Actividades profesionales del artículo 95.2 del Reglamento del IRPF (recaudadores, delegados comerciales, colaboradores editoriales) | 7% |
| Actividades agrícolas y ganaderas | 2% (1% en engorde de porcino y avicultura) |
| Actividades forestales | 2% |
| Actividades en estimación objetiva sujetas a retención | 1% |
Por ejemplo, si eres diseñador gráfico y facturas 1.000 € a una agencia, la factura queda así:
- Base imponible: 1.000 €
- IVA 21%: +210 €
- Retención de IRPF 15%: -150 €
- Total a cobrar: 1.060 €
Esos 150 € no se pierden. La agencia los ingresa en Hacienda a tu nombre y se descuentan de tu declaración anual. Si acabas de empezar, puedes aplicar la retención del 7% para nuevos autónomos en lugar del 15%.
¿Cómo se realiza el pago del IRPF?
El IRPF no se paga una sola vez al año. Lo vas adelantando por dos vías y, en una de ellas, el ingreso no lo haces tú: lo hace tu cliente. En la declaración de la Renta se hace la cuenta final.
Cuándo paga tu cliente parte de tu IRPF
Si tu factura lleva retención, parte de tu IRPF lo ingresa tu cliente. Él resta ese 15% (o el 7% si eres nuevo autónomo) del importe que te paga y lo declara a Hacienda con el modelo 111, dentro de los 20 primeros días de abril, julio, octubre y enero. En enero presenta además el modelo 190, el resumen anual de todas las retenciones que ha practicado.
Para ti eso significa dos cosas:
- Ese dinero ya está adelantado a tu nombre. Lo verás reflejado en el borrador de tu Renta y se descuenta de tu declaración anual.
- Puedes pedirle a tu cliente el certificado de retenciones, el documento que acredita cuánto te ha retenido durante el año. Está obligado a facilitártelo.
Si tu cliente no llega a ingresar esas retenciones, la responsabilidad es suya: tú conservas el derecho a deducirlas siempre que puedas justificar la factura.
Y funciona igual en el sentido contrario. Si pagas nóminas o facturas de profesionales con retención, eres tú quien tiene que retener e ingresar con el modelo 111. Si pagas el alquiler de un local, la retención se declara con el modelo 115.
El IRPF trimestral de autónomos: modelo 130 o modelo 131
Si tributas en estimación directa presentas el modelo 130. Si tributas por módulos, el modelo 131.
En el modelo 130 declaras el rendimiento neto acumulado del año hasta ese trimestre e ingresas el 20%, descontando lo que ya pagaste en trimestres anteriores y las retenciones que te hayan practicado en las facturas.
Hay una excepción importante: si al menos el 70% de tus ingresos ya llegan con retención, no tienes que presentar el modelo 130. Es el caso de muchos profesionales que solo facturan a empresas.
Los plazos son del 1 al 20 de abril, julio y octubre para los tres primeros trimestres, y del 1 al 30 de enero para el cuarto. Si el último día cae en inhábil, el plazo termina el primer día hábil siguiente.
La declaración anual de la Renta (modelo 100)
Entre abril y junio del año siguiente presentas el modelo 100. Se suman todos tus rendimientos, se restan gastos, reducciones y mínimos personales, y el resultado se compara con todo lo que ya adelantaste vía retenciones y modelo 130. Si adelantaste de más, Hacienda te devuelve. Si te quedaste corto, pagas la diferencia.
Gastos deducibles: lo que reduce tu IRPF
Cuanto mejor justifiques tus gastos, menor es el rendimiento neto sobre el que pagas. Para que un gasto sea deducible tiene que estar vinculado a tu actividad, estar justificado con factura y estar registrado en tus libros.
Los más habituales son la cuota de autónomos, los suministros, el material y la mercadería, los servicios de profesionales (asesoría, abogado, notario), las primas de seguro, los gastos financieros, las amortizaciones y el 7% de gastos de difícil justificación si estás en estimación directa simplificada. Tienes el detalle completo en los gastos deducibles para autónomos.
Tramos y tablas del IRPF para autónomos en 2026
El IRPF es un impuesto progresivo: cuanto más ganas, mayor es el porcentaje que se aplica al último tramo de tus ingresos. Esta es la escala de referencia para 2026, sumando gravamen estatal y autonómico:
| Base liquidable | Tipo aplicable |
|---|---|
| Hasta 12.450 € | 19% |
| De 12.450 a 20.200 € | 24% |
| De 20.200 a 35.200 € | 30% |
| De 35.200 a 60.000 € | 37% |
| De 60.000 a 300.000 € | 45% |
| Más de 300.000 € | 47% |
Cómo funcionan los tramos del IRPF de autónomos
El IRPF es un impuesto progresivo y también lo es su aplicación. Para calcular el tipo de retención del IRPF tendrás que:
- Sumar todos tus ingresos brutos durante el ejercicio. Eso te dará tu base imponible.
- A esa base imponible, tendrás que restarle los gastos deducibles (hasta 2.000€ anuales).
- Después, aplica las deducciones o reducciones que correspondan a tus circunstancias personales (estado civil, descendientes a cargo, hipotecas, etc).
- El resultado será tu base liquidable. A esta cantidad le aplicarás la cuota de retención que corresponda a cada tramo.
Imagina que tienes unos ingresos de 38.000€ brutos y una situación personal de persona soltera y sin hijos.
A tu base imponible de 38.000 € brutos le vamos a descontar los gastos deducibles (2.000 €) y el mínimo por contribuyente, que con carácter general es de 5.500 € para menores de 65 años. Eso nos daría una base liquidable de 30.500 €.
(Sueldo bruto-gastos deducibles-mínimo por contribuyente= 30.500€)
- Con el primer tramo, hasta 12.450€, se te retienen 2.365€.
- En el segundo tramo, hasta 20.200, se te retiene el 24% de 7.750€ (la diferencia entre 20.200-12.450): 1.860€.
- Al aplicar el tercer tramo, se restan 10.300€ (30.500 – 20.200) y se te retienen 3.090€.
- En total, con una base imponible de 30.500€, el importe que tendrías que pagar sería de 7.315€ de IRPF.
Qué más afecta a tu IRPF
Hay tres factores que ajustan la cuota final.
El tramo autonómico. La mitad de la escala está cedida a las comunidades autónomas, así que el tipo total varía según dónde tributes. Tienes el desglose comunidad por comunidad en la tabla del IRPF 2026.
Tu situación personal. Los descendientes o ascendientes a cargo, la discapacidad, la movilidad geográfica o la vivienda habitual generan deducciones y reducciones.
El MEI. El Mecanismo de Equidad Intergeneracional sube del 0,7% al 0,8% en 2026, lo que reduce ligeramente tu beneficio neto y, con él, la base del IRPF.
IRPF para nuevos autónomos: ¿cómo aplicar las retenciones del 7% en el primer año?
La retención de IRPF para nuevos autónomos es del 7%, tanto en el año en el que inicien la actividad como en los dos siguientes, y siempre que se cumplan determinados requisitos.
Como el porcentaje general es del 15%, se trata de un incentivo que permite disfrutar de más liquidez en las primeras etapas de los negocios, que suelen ser las más complicadas.
Sin embargo, esto no significa que estos emprendedores paguen menos por el impuesto sobre la renta que el resto, sino simplemente que el importe que "van adelantando" a cuenta de la liquidación final es menor.
Precisamente por eso se configura como un derecho opcional, es decir, si se cumplen las condiciones la retención por actividades profesionales podrá ser del 7% pero, si el contribuyente lo prefiere, sus ingresos pueden estar sujetos a la retención del 15%.
La burocracia ya es bastante complicada. Pásate a Holded.
Cubre todas las necesidades de tu negocio. Holded automatiza tareas y agiliza procesos.
¿Cuáles son los requisitos para aplicar la retención del 7%?
Los requisitos a cumplir para poder aplicar el 7% son dos:
- Que el contribuyente no hubiera ejercido actividad profesional alguna en el año anterior a la fecha de inicio de la actual.
- Que comunique al pagador que corresponde aplicar ese porcentaje de retención al cumplir las condiciones previstas en la ley.
¿Por cuánto tiempo se puede tener el beneficio de retención del 7%?
Solo durante el ejercicio en el que se comienza a ejercer la profesión y en los dos siguientes. Por ejemplo, si una persona comienza un negocio como diseñador gráfico en septiembre de 2024, la retención de sus ingresos podrá ser del 7% durante los meses que quedan de 2024 más todo 2025 y 2026.
Pablo Gil
Redactor de Contenidos
Pablo Gil es redactor de contenidos en Holded, cubriendo temas de ventas, CRM y marketing digital para empresas.
Recibe cada semana lo mejor del blog en tu bandeja
Consejos de facturación, contabilidad y gestión para pymes. Únete a más de 900.000 suscriptores.
Últimos artículos

¿Qué es el certificado de retenciones y cómo se obtiene?

Hacienda retrasa Verifactu por tercera vez: no entrará en vigor hasta 2028

¿Cómo se hace la cuenta de pérdidas y ganancias?
