¿Todo listo para Hacienda en 2026? Te contamos las fechas clave, los cambios normativos más importantes y te guiamos paso a paso para que tu declaración sea rápida y sin errores.
Se acerca una nueva campaña de la renta y, con ella, las dudas habituales: ¿cuándo toca presentarla?, ¿qué novedades hay este año?, ¿cómo puedo hacerlo de la manera más sencilla? Si eres autónomo, pyme o simplemente tienes que rendir cuentas con Hacienda, este artículo está pensado para ti.
Enfrentarse a la Declaración de la Renta 2026 puede parecer complejo, pero no tiene por qué serlo. Los cambios fiscales, los plazos y el propio proceso generan incertidumbre cada ejercicio.
Por eso, hemos preparado una guía clara y práctica en la que desgranamos todas las claves: desde el calendario oficial hasta las modificaciones legales que debes conocer, y te explicamos el proceso completo de forma directa, para que puedas gestionar tu declaración con confianza y tranquilidad.
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Conocer las fechas y plazos de declaración es fundamental para cumplir con todos los trámites en su debido momento, sin que se nos pase ninguna gestión importante.
El periodo oficial para presentar la declaración de la renta correspondiente al ejercicio fiscal 2025 es del 8 de abril al 30 de junio de 2026. Durante este tiempo, los contribuyentes pueden presentar sus declaraciones por Internet a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria.
Para aquellos que opten por la domiciliación bancaria del pago, es importante tener en cuenta que el plazo para presentar la declaración con esta modalidad finaliza unos días antes; en concreto, el 25 de junio de 2026.
Además, si prefieren que la Agencia Tributaria confeccione su declaración por teléfono, el servicio no estará disponible cuando se inicia la campaña, sino desde el 6 de mayo hasta el 30 de junio de 2026, previa solicitud de cita desde el 29 de abril hasta el 29 de junio del presente año.
Si se prefiere que la Agencia Tributaria confeccione presencialmente las declaraciones a los contribuyentes, la cita se podrá solicitar a partir del 29 de mayo y hasta el 29 de junio, y dicha declaración presencial tendrá lugar en las oficinas de la Agencia entre el 1 y el 30 de junio de 2026.

En el actual ejercicio fiscal se han introducido algunos cambios que merece la pena reseñar:
Los beneficiarios de prestaciones no contributivas o subsidios del SEPE quedan definitivamente exentos de la obligación de presentar declaración del IRPF. Esta medida, establecida por el Real Decreto-ley 16/2025, ya entró en vigor en 2025 de forma provisional, y viene a beneficiar a más de 2 millones de personas en España.
En este ejercicio se introducen dos nuevos modelos, con el objetivo de reforzar la trazabilidad de ciertas operaciones electrónicas:
La Agencia Tributaria sigue trabajando para eliminar el papel de todas sus gestiones y, por este motivo, algunos colectivos estarán obligados a presentar la declaración de la Renta únicamente de forma telemática: en 2026, esta obligación afecta a autónomos y sociedades civiles.
El objetivo es que en 2027 se presenten en formato digital todas las declaraciones, salvo aquellas que se refieren a colectivos exentos.
Prepararse con antelación es clave para una declaración sin estrés. Reunir lo necesario y entender tu posible resultado te ahorrará tiempo y sorpresas en mayo.
Para una correcta preparación de la declaración, es esencial recopilar la siguiente documentación:
Utilizar herramientas en línea como calculadoras de IRPF y tablas actualizadas puede ayudar a estimar el resultado de la declaración y planificar financieramente. Estas nos permiten simular diferentes escenarios y conocer posibles deducciones aplicables de cara a realizar una declaración de la renta lo más ajustada posible a nuestra situación fiscal.
No es infrecuente que se cometan errores a la hora de hacer la declaración. Es importante tenerlos en cuenta, ya que pueden acarrear sanciones. Algunos de los errores más habituales incluyen:
Para corregir estos errores, es posible presentar una declaración complementaria o rectificativa a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria.
Presentar una declaración incorrecta puede conllevar sanciones económicas. Si el contribuyente detecta el error y lo corrige voluntariamente, las multas pueden ser menores. Sin embargo, si es la Agencia Tributaria quien lo detecta, las sanciones pueden oscilar entre el 50% y el 150% del importe debido.
Hacer mal la declaración de la renta, por más involuntario que sea, nos puede llevar a enfrentarnos a distintas sanciones. Estas son las 15 sanciones y errores típicos en la declaración de la renta.
Están obligados a presentar la declaración aquellos contribuyentes que:· Perciban más de 22.000 euros brutos anuales de un solo pagador.· Perciban más de 15.876 euros brutos anuales de dos o más pagadores, siempre que la suma del segundo y restantes pagadores supere los 2.500 euros anuales.
Además de las novedades mencionadas anteriormente, es relevante destacar que la Agencia Tributaria intensificará la vigilancia sobre contribuyentes con signos evidentes de riqueza que no concuerden con sus declaraciones fiscales.
Se prestará especial atención a aquellos que utilicen efectivo de forma excesiva, posean signos de riqueza no coherentes con sus ingresos declarados o declaren rentabilidades y pérdidas anómalas.
Los autónomos pueden acceder a recursos específicos proporcionados por la Agencia Tributaria y otras entidades especializadas para facilitar la cumplimentación de su declaración. Es fundamental que estén al tanto de las deducciones aplicables a su actividad y de las obligaciones fiscales correspondientes.
Entre estos recursos podemos encontrar el IRPF para nuevos autónomos, que es un IRPF reducido, o las deducciones de la renta más habituales, como por ejemplo el alquiler de oficinas o locales de trabajo que se consignan en el modelo 180.
Al igual que las empresas con trabajadores a su cargo, los autónomos están obligados también a presentar anualmente el modelo 190, un resumen de las retenciones por IRPF registradas en las facturas.