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Jubilación del autónomo: cálculo de la pensión y requisitos

A la mayoría de autónomos no le inquieta cuándo se jubilará, sino con cuánto.

Jubilación del autónomo: cálculo de la pensión y requisitos
Isabel Rubio

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La jubilación es una de las mayores preocupaciones de los autónomos, y con razón: la pensión media de un trabajador por cuenta propia es alrededor de un 40% inferior a la de un asalariado. Y no porque las reglas sean distintas —desde 2013 son prácticamente las mismas—, sino por una decisión que se toma décadas antes de jubilarse: cuánto se cotiza cada mes.

Hasta 2022, el autónomo elegía libremente su base de cotización al margen de lo que facturara, y cerca del 80% optaba por la mínima.

Desde 2023, con la cotización por ingresos reales, esa libertad desapareció: la cuota ya no se elige, aunque aún se está eligiendo una cuota inferior a la que se debería pagar. Saber cómo se traduce eso en tu pensión es la diferencia entre llegar a la jubilación con sorpresas o con un plan.

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¿Cómo funciona la jubilación para los autónomos?

Desde la reforma de 2013, la jubilación del autónomo se rige por las mismas reglas que la de un asalariado: misma edad de acceso, mismo cálculo de la base reguladora y mismos años de cotización exigidos.

En 2026, la edad ordinaria es de 66 años y 10 meses, o de 65 años si se acreditan al menos 38 años y 3 meses cotizados. El mínimo para tener derecho a pensión son 15 años cotizados, dos de ellos dentro de los últimos 15.

Esa equiparación está recogida en el artículo 318 de la Ley General de la Seguridad Social, que declara aplicables al RETA las normas de jubilación del Régimen General. Quedan, eso sí, dos excepciones: el autónomo no puede acceder a la jubilación anticipada forzosa (la que se concede por cese involuntario) ni a la jubilación parcial, que sigue sin estar regulada para el trabajo por cuenta propia.

¿Por qué la pensión del autónomo es más baja que la del asalariado?

La diferencia real no está en los requisitos, sino en el importe. La pensión se calcula sobre la base de cotización, y el autónomo elige la suya dentro del tramo que le corresponde por ingresos reales (sistema vigente desde 2023).

Como la mayoría cotiza por la base mínima durante casi toda su vida laboral, la pensión media de un autónomo es alrededor de un 40% inferior a la de un trabajador del Régimen General.

Para cobrar el 100% de la base reguladora en 2026 hacen falta 36 años y 6 meses cotizados.

Cómo se calcula la pensión de un autónomo en 2026

Calcular la pensión de jubilación como autónomo requiere entender dos elementos fundamentales: la base reguladora y los años cotizados. Ambos factores determinarán el importe que recibirás mensualmente cuando llegue el momento de tu retiro.

La base reguladora es la cifra de referencia que utiliza la Seguridad Social para calcular tu pensión. Para los autónomos que se jubilen en 2026, se obtiene dividiendo la suma de las bases de cotización de los últimos 25 años (300 meses) entre 350.

Es importante destacar algunas particularidades:

  • Las bases de los 24 meses inmediatamente anteriores a la jubilación se toman por su valor nominal.
  • El resto se actualizan según la evolución del IPC.
  • La llamada "integración de lagunas" de la que disfrutan los trabajadores asalariados, es decir, cubrir los periodos sin cotizar con bases de cotización para evitar que afecten negativamente al cálculo de la pensión. En el caso de los autónomos, únicamente es posible integrar hasta 6 meses con la base mínima del RETA.
  • Cuando te hayas beneficiado de exoneraciones de cuotas, se considerará la base de cotización de ese momento ajustada a la inflación.

¿Qué condiciones tengo que cumplir para cobrar el 100% de la pensión?

Desde la reforma del año 2013, el sistema establece dos edades diferentes según el historial de cotización de la persona trabajadora: los 65 años, si has alcanzado un objetivo de cotización determinado que asciende cada año, o una edad ligeramente superior (que también crece año a año) si no cumples dicho mínimo.

En 2026, tendrás que esperar hasta los 66 años y 10 meses para jubilarte con el 100% de tu pensión si no has cotizado, al menos, 38 años y 3 meses. Sin embargo, si acreditas ese tiempo de cotización, podrás jubilarte a los 65 años sin sufrir recortes.

Esta diferencia forma parte del periodo transitorio establecido por la normativa, que finalizará en 2027, cuando la edad general se fijará definitivamente en 67 años para quienes no alcancen los periodos de cotización establecidos.

Es importante recordar que el requisito mínimo para acceder a cualquier pensión contributiva sigue siendo de 15 años cotizados, de los cuales dos deben estar comprendidos en los últimos 15 años anteriores al momento de solicitar la jubilación. No obstante, con ese mínimo solo tendrás derecho al 50% de la pensión.

Requisitos de jubilación para autónomos en 2026

Concepto2026
Edad ordinaria (general)66 años y 10 meses
Edad ordinaria (carrera larga)65 años, con 38 años y 3 meses cotizados
Cotización mínima para tener pensión15 años (2 de ellos en los últimos 15)
Cotización para el 100% de la base reguladora36 años y 6 meses

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Tipos de jubilación para autónomos

TipoCuándo puedes acceder
OrdinariaA los 66 años y 10 meses, o a los 65 con 38 años y 3 meses cotizados. Es la vía más habitual.
Anticipada voluntariaHasta 24 meses antes de la edad ordinaria: desde los 63 años con 38 años y 3 meses cotizados, o desde los 64 años y 10 meses con menos. Se aplican coeficientes reductores permanentes sobre la pensión.
Anticipada por discapacidadDesde los 56 años con un grado igual o superior al 45%, acreditado durante al menos 15 años (o con una enfermedad de la lista oficial). Desde los 52 años con un grado del 65%.
Jubilación activaCompatibiliza pensión y actividad. Exige haber alcanzado la edad ordinaria, tener derecho al 100% de la base reguladora y retrasar la jubilación al menos un año. Desde el RD-ley 11/2024 se cobra en escala progresiva: del 45% al 100% de la pensión según los años de retraso, con porcentaje mejorado si tienes un trabajador indefinido a tu cargo.
Jubilación demoradaSi sigues cotizando más allá de la edad ordinaria, puedes elegir entre un 4% adicional por año de retraso, un pago único o una combinación de ambos.

Ojo con la jubilación flexible. Compatibilizar pensión y contrato a tiempo parcial no está disponible para autónomos, porque exige una relación laboral por cuenta ajena. Su equivalente en el RETA es la jubilación activa.

Jubilación del autónomo vs Asalariado

La equiparación llegó con la Ley 27/2011, en vigor desde el 1 de enero de 2013: fue la reforma que unificó el calendario de edad de jubilación y el cálculo de la base reguladora para todos los regímenes de la Seguridad Social.

Hasta entonces, el autónomo jugaba con reglas peores: no podía jubilarse anticipadamente en ningún caso. Pero no fue un cambio de un día para otro, sino un proceso de más de una década que aún no ha terminado, porque la jubilación parcial y la anticipada forzosa siguen fuera del alcance del trabajador por cuenta propia.

La convergencia con el Régimen General no fue de golpe, sino por capas:

  • 1970. Se crea el RETA (Decreto 2530/1970) con reglas propias y sin jubilación anticipada de ningún tipo.
  • 1 de enero de 2013. Entra en vigor la Ley 27/2011, que unifica el calendario de edad de jubilación y el cálculo de la base reguladora para todos los regímenes.
  • 17 de marzo de 2013. El RD-ley 5/2013 abre a los autónomos la jubilación anticipada voluntaria, hasta entonces vetada, y crea la jubilación activa.
  • 2015. El texto refundido de la LGSS lo consolida en su artículo 318.
  • 1 de enero de 2023. El RD-ley 13/2022 implanta la cotización por ingresos reales.
  • 1 de abril de 2025. El RD-ley 11/2024 reforma la jubilación activa con la misma escala para ambos regímenes.

Penalizaciones por jubilación anticipada

¿Es posible jubilarse antes de los 65 años o si no has cumplido los requisitos de cotización? Sí, pero tiene un coste: si decides adelantar tu jubilación, debes conocer las penalizaciones que eso conlleva.

Como autónomo, podrás jubilarte anticipadamente de forma voluntaria hasta 2 años antes de la edad legal. Esto significa que podrás retirarte a los 64 años y 10 meses (si tienes menos de 38 años y 3 meses cotizados) o a los 63 años (si superas dicho umbral).

Para acceder a esta modalidad, necesitas acreditar 35 años de cotización, con 2 de ellos en los últimos 15 años. Los coeficientes reductores que se aplican varían entre el 2,81% y el 21%, dependiendo de los meses de adelanto y los años cotizados. Estos porcentajes se aplican de manera permanente, afectando a la cuantía de tu pensión durante toda la vida.

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¿Cómo impacta en los autónomos la subida de las pensiones?

Por el momento, el sistema de pensiones mantiene su compromiso de actualización según el IPC. En 2026, las pensiones contributivas experimentarán un incremento del 2,7%, mientras que en 2025 la subida fue del 2,8%. De hecho, este es el quinto año consecutivo de revalorizaciones según el índice de precios: 2,7% (2026), 2,8% (2025), 3,8% (2024), 8,5% (2023) y 2,5% (2022).

Para un autónomo jubilado con pensión media, esto supondrá aproximadamente 30 euros mensuales adicionales en 2026, reforzando así el poder adquisitivo frente a la inflación.

Diferencia entre pensiones contributivas y no contributivas

Las pensiones contributivas y no contributivas siguen caminos distintos de actualización:

Las pensiones contributivas son aquellas que requieren una cotización mínima y se calculan según tu historial de aportaciones. Su cuantía media se situó en 1.512,70 euros mensuales en diciembre de 2025.

Por su parte, las pensiones no contributivas son prestaciones asistenciales destinadas a quienes no han cotizado lo suficiente y carecen de recursos. En 2026 experimentarán un extraordinario aumento del 11,4%, alcanzando los 8.803,20 euros anuales (628,8 euros mensuales en 14 pagas).

Esta diferencia en las actualizaciones busca reducir la brecha entre pensiones mínimas y el umbral de pobreza.

Efectos del sistema de cotización por ingresos reales

En 2026 continúan vigentes los tramos actuales de rendimientos netos dentro del proceso de transición hacia la cotización por ingresos reales. Además, el Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI) aumentará al 0,9%, con un incremento del 0,1% respecto a 2025.

Este ajuste del MEI provocará un ligero aumento en las cuotas mensuales, que variará desde 65 céntimos en los tramos más bajos hasta aproximadamente dos euros para quienes cotizan por bases más altas.

Elige bien la base de cotización para tu jubilación

La base de cotización determina directamente el importe de tu futura pensión. En 2026, con el sistema de cotización por ingresos reales ya en funcionamiento, deberás cotizar según tus rendimientos netos anuales. Si tus rendimientos previstos son inferiores al SMI en cómputo anual, podrás elegir tu base dentro de una tabla reducida, con un mínimo de 653,59 € mensuales.

Recuerda que puedes ajustar tu base hasta seis veces al año desde el servicio "Base de cotización y rendimientos" si tus ingresos varían. Y conviene hacerlo: la mayoría de autónomos sigue cotizando por la base mínima, y ahí está el origen de la brecha. La pensión media de jubilación en el RETA es de 1.060,56 € al mes, frente a los 1.732,18 € del Régimen General: 670 € menos, un 38% (datos de junio de 2026).

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Revisa tus años cotizados

Consulta periódicamente tu vida laboral para verificar que todos tus periodos cotizados están correctamente registrados. La Seguridad Social te permite acceder a un informe detallado de tus cotizaciones de los últimos 12 meses.

Desde tu área personal puedes consultar las bases de cotización online correspondientes a todos los periodos en que has estado dado de alta. Si detectas errores, puedes solicitar la incorporación o corrección de datos.

Utiliza el simulador de la Seguridad Social

La Seguridad Social pone a disposición de los contribuyentes un simulador de pensión de jubilación gratuito con el que podrás calcular tu cuota según tus ingresos previstos y estimar el importe de tu futura pensión de jubilación.

Para utilizarlo deberás identificarte mediante Cl@ve Permanente, certificado digital, DNI electrónico o SMS y proporcionar tu fecha prevista de jubilación o bien acceder sin identificarte e introducir tú mismo los datos necesarios.

Complementa con planes privados

Los planes de pensiones para autónomos ofrecen ventajas fiscales significativas. Desde 2023, puedes deducir hasta 5.750€ anuales (1.500€ de forma individual + 4.250€ por ser autónomo). Esto te permite reducir tu base imponible del IRPF y complementar tu pensión pública.

Estos planes permiten realizar aportaciones flexibles, tanto periódicas como extraordinarias, y ofrecen liquidez en casos específicos como enfermedad grave o desempleo prolongado.

Como ves, resulta fundamental planificar adecuadamente tu jubilación para asegurarte de conservar un poder adquisitivo suficiente y un buen nivel de vida en tus años de retiro. Aunque la mayoría de autónomos optan por la base mínima de cotización, esta decisión puede traducirse en pensiones significativamente menores que las del régimen general.

¿Cuánto cobraré de pensión si siempre he cotizado por la base mínima?

Si has cotizado siempre por la base mínima (aproximadamente 1.000 euros mensuales), tu base reguladora será de unos 857 euros. Con el mínimo de 15 años cotizados recibirías solo el 50% — alrededor de 428 euros mensuales. Si has cotizado los 36 años y 6 meses necesarios para el 100%, recibirías los 857 euros íntegros. Estas cifras son orientativas, ya que dependen de tus bases reales y posibles lagunas.

¿Puedo complementar mi pensión pública con planes privados?

Sí, los autónomos pueden deducir hasta 5.750 euros anuales en planes de pensiones — 1.500 euros de forma individual más 4.250 euros adicionales por ser autónomo. Esto reduce tu base imponible del IRPF y te permite construir un complemento a la pensión pública. Además, estos planes ofrecen liquidez en casos específicos como enfermedad grave o desempleo prolongado.

¿Qué penalización tiene jubilarse anticipadamente como autónomo?

Puedes jubilarte de forma voluntaria hasta 2 años antes de la edad legal, pero se aplican coeficientes reductores permanentes que oscilan entre el 2,81% y el 21%, dependiendo de los meses de adelanto y los años cotizados. Para acceder a esta modalidad necesitas acreditar al menos 35 años de cotización, con 2 de ellos en los últimos 15 años.

¿Cuál es el porcentaje según los años cotizados?

Una vez calculada la base reguladora, se aplica un porcentaje que varía según los años que hayas cotizado a lo largo de tu vida profesional:

  • Con 15 años cotizados (el mínimo exigido), accederás al 50% de la base reguladora.
  • Entre 2023 y 2026, cada mes adicional cotizado suma un 0,21% durante los primeros 49 meses y un 0,19% durante los siguientes 209 meses.
  • Para cobrar el 100% de la pensión en 2026, necesitarás haber cotizado 36 años y 6 meses.

Estos datos son válidos si te jubilas a la edad ordinaria, que en 2026 es de 66 años y 10 meses. Si quieres jubilarte a los 65 años cobrando el 100% de la base reguladora deberás acreditar 38 años y 3 meses cotizados en 2025.

Ejemplo práctico con base mínima

Pongamos como ejemplo el caso de un un autónomo que alcanza la edad de jubilación y que ha cotizado siempre por la base mínima, aproximadamente 1.000 euros mensuales:

Base reguladora: (1.000 € × 300 meses) ÷ 350 = 857,14 € mensuales

Según este cálculo, con el mínimo de 15 años cotizados, su pensión sería del 50% de la base reguladora.

857,14 € × 50% = 428,57 € mensuales

Por su parte, si hubiese cotizado la totalidad de su vida laboral, es decir, 36 años y 6 meses en 2026, tendría derecho a una pensión equivalente al 100% de la base reguladora.

857,14 € × 100% = 857,14 € mensuales

Ten en cuenta que este cálculo es meramente orientativo, ya que la pensión final dependerá de tus bases reales de cotización, posibles lagunas y la edad exacta de jubilación.

Isabel Rubio

Redactora de Contenidos

Isabel Rubio es redactora de contenidos en Holded, enfocada en emprendimiento y estrategias empresariales para pymes.

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