Saltar al contenido principal
16 min de lectura

¿Cómo se calculan las contigencias comunes en la nómina?

Cada mes suponen el 28,30 % de la base de cotización de cada trabajador y se reparten entre empresa y empleado. Aquí tienes los porcentajes, qué cubren y el cálculo con un ejemplo real.

¿Cómo se calculan las contigencias comunes en la nómina?
Isabel Rubio
Isabel Rubio

Publicado el

Las contingencias comunes son la parte de la cotización a la Seguridad Social que cubre las situaciones derivadas de una enfermedad común, un accidente no laboral o circunstancias personales como la maternidad o la paternidad. Representan el 28,30 % de la base de cotización del trabajador, repartido entre la empresa (23,60 %) y el empleado (4,70 %).

Quien lleva la nómina de una empresa debe tener claro qué entra en la base, cómo se reparte la cuota y qué cobra el trabajador cuando se pone enfermo. Distinguir bien estas situaciones de las contingencias profesionales también ahorra problemas con la mutua.

Y, si todavía calculas las nóminas a mano, al final verás cómo encajar todo en un software de nóminas conectado con la contabilidad.

¿Qué son exactamente las contingencias comunes?

Las contingencias comunes son situaciones que afectan la capacidad laboral de un trabajador, que no tienen relación con su empleo y que están cubiertas por la Seguridad Social. Se regulan en el Real Decreto Legislativo 8/2015, el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, y en el Real Decreto 625/2014 para la incapacidad temporal.

Su función es proteger al trabajador (y a su familia) frente a situaciones que reducen o impiden la actividad laboral por motivos ajenos al puesto de trabajo. Por eso conviven en la nómina con las contingencias profesionales, que cubren accidentes y enfermedades vinculados directamente al ejercicio del empleo.

¿Qué situaciones cubren?

Las cotizaciones por contingencias comunes financian un catálogo amplio de prestaciones. Las más habituales son:

  • Incapacidad temporal por enfermedad común o accidente no laboral.
  • Incapacidad permanente derivada de enfermedad común.
  • Maternidad, paternidad y riesgo durante el embarazo o la lactancia.
  • Pensión contributiva de jubilación.
  • Prestaciones por viudedad, orfandad y a favor de familiares.
  • Prestaciones familiares no contributivas.

Quedan, por tanto, fuera de las contingencias comunes los accidentes de trabajo, las enfermedades profesionales declaradas en el cuadro oficial y las lesiones sufridas en desplazamientos laborales (in itinere). Esos supuestos forman parte de las contingencias profesionales y se cotizan con una tarifa distinta, que asume íntegramente la empresa.

¿En qué se diferencian las contingencias comunes y las profesionales?

La distinción entre ambas categorías determina quién paga la cuota, qué base reguladora aplica y qué prestación cobra el trabajador en caso de baja. Esta tabla resume las seis diferencias fundamentales.

DimensiónContingencias comunesContingencias profesionales
OrigenEnfermedad común, accidente no laboral, maternidad o paternidadAccidente de trabajo o enfermedad profesional reconocida
Quién financiaEmpresa (23,60 %) + trabajador (4,70 %)Solo la empresa, con tarifa según actividad CNAE
Prestación ITDías 1 a 3: 0 %. Días 4 a 20: 60 %. Día 21 en adelante: 75 %Desde el primer día: 75 % de la base reguladora
Base reguladoraBase de cotización por contingencias comunes del mes anterior dividida entre 30Base CP del mes anterior más horas extras anuales divididas entre 365
Quién gestionaINSS o mutua, según la cobertura elegida por la empresaMutua colaboradora con la Seguridad Social
Otras prestacionesJubilación, viudedad, orfandad, prestaciones familiaresIndemnizaciones por lesión, incapacidad permanente por accidente

La clave para saber si una baja corresponde a una u otra categoría está en el parte médico. Cuando el facultativo marca la baja como "enfermedad común" o "accidente no laboral", entra en contingencias comunes. Si la baja se origina en el puesto de trabajo o en el trayecto, la mutua tramita el parte como contingencia profesional.

¿Cuál es el tipo de cotización por contingencias comunes en 2026?

La Orden PJC/297/2026, de 30 de marzo mantiene el tipo general de cotización por contingencias comunes en el 28,30 % de la base. La distribución entre empresa y trabajador no ha variado respecto a ejercicios anteriores.

Tabla de tipos de cotización 2026

ConceptoTipo totalEmpresaTrabajador
Contingencias comunes28,30 %23,60 %4,70 %
Desempleo (indefinido)7,05 %5,50 %1,55 %
Desempleo (temporal)8,30 %6,70 %1,60 %
FOGASA0,20 %0,20 %
Formación profesional0,70 %0,60 %0,10 %
MEI 20260,90 %0,75 %0,15 %

Bases máxima y mínima

Las cotizaciones por contingencias comunes tienen topes mensuales. En 2026, la base máxima es de 5.101,20 € al mes para todos los grupos profesionales. La base mínima depende del grupo de cotización: 1.989,30 € (grupo 1), 1.649,70 € (grupo 2), 1.435,20 € (grupo 3) y 1.424,40 € (grupos 4 a 7).

¿Qué es el MEI y cómo se aplica?

El Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI) es una cuota adicional creada para reforzar el Fondo de Reserva de la Seguridad Social. En 2026 alcanza el 0,90 % de la base de contingencias comunes y se reparte entre empresa (0,75 %) y trabajador (0,15 %). Se calcula y se ingresa en el mismo recibo de liquidación que el resto de cuotas.

¿Cómo se calcula la base de cotización por contingencias comunes?

La base de cotización por contingencias comunes refleja la retribución mensual del trabajador sometida a cotización. Se obtiene sumando los conceptos salariales del mes y prorrateando las pagas extraordinarias. Los conceptos que computan son:

  • Sueldo base mensual según convenio o contrato.
  • Antigüedad y complementos personales consolidados.
  • Complementos salariales por puesto: plus de responsabilidad, productividad, nocturnidad o peligrosidad.
  • Pagas extraordinarias prorrateadas (la cantidad anual dividida entre 12).
  • Comisiones y variables retributivos.

Sin embargo, no computan a efectos de la base de cotización:

  • Dietas y gastos de viaje, dentro de los límites del Reglamento del IRPF.
  • Plus de transporte hasta el límite legal exento.
  • Indemnizaciones por traslado, despido o ceses por causas objetivas.
  • Percepciones por matrimonio o aportaciones a planes de pensiones de empleo.

Por ejemplo, un trabajador del grupo 5 con un sueldo bruto de 2.000 € y 200 € de antigüedad mensual tiene una base salarial de 2.200 €. Si percibe dos pagas extra de 2.200 € cada una, hay que sumar el prorrateo mensual (366,67 €). La base de cotización por contingencias comunes resultante es 2.566,67 €.

Si la base obtenida queda por debajo del mínimo del grupo, se cotiza por la base mínima. Si supera el tope, se aplica la base máxima.

¿Cómo aparecen las contingencias comunes en la nómina?

En el recibo de salarios mensual, las contingencias comunes figuran en dos lugares diferentes según a quién correspondan: el bloque de aportaciones del trabajador y el bloque de cuotas patronales que la empresa ingresa en la Tesorería.

La aportación del trabajador figura dentro del apartado "Deducciones" o "Aportaciones del trabajador a la Seguridad Social", en la línea "Contingencias comunes" con el porcentaje del 4,70 % aplicado sobre la base de cotización. Este importe se descuenta del salario bruto y reduce la cantidad neta que cobra el empleado.

Por su parte, la aportación empresarial no figura como deducción en la nómina del trabajador (no afecta a su salario neto), pero sí aparece en la base de cálculo y se refleja en el coste total para la empresa. Se ingresa mensualmente a la TGSS a través del sistema RED, junto con el resto de cotizaciones.

La empresa envía mensualmente los conceptos de retribución (CRA), el cálculo de liquidación (RNT) y el recibo de liquidación (RLC) a través del sistema RED.

¿Cuánto se cobra de baja por contingencias comunes?

La prestación por incapacidad temporal derivada de enfermedad común o accidente no laboral varía según los días de baja.

Periodo% sobre la base reguladoraQuién paga
Días 1 a 30 %Nadie, salvo mejora por convenio colectivo
Días 4 a 2060 %Empresa con cargo propio (días 4 a 15) e INSS o mutua (días 16 a 20)
Día 21 en adelante75 %INSS o mutua, con pago delegado por la empresa

¿Cómo se calcula la base reguladora?

La base reguladora diaria de la prestación por incapacidad temporal se obtiene dividiendo la base de cotización por contingencias comunes del mes anterior entre 30 días. A esa cifra se le aplica el porcentaje correspondiente al día de baja.

Por ejemplo, un trabajador con una base de cotización de 2.100 € el mes anterior a la baja tiene una base reguladora diaria de 70 €. En los días 4 a 20 cobrará 42 € diarios (60 %) y a partir del día 21 pasará a 52,50 € diarios (75 %).

¿Qué supone la mejora por convenio colectivo?

Muchos convenios sectoriales o de empresa establecen complementos a la prestación pública para que el trabajador cobre el 100 % de su salario durante la baja. En ese caso, la diferencia entre la prestación del INSS y el salario íntegro la asume la empresa, y se refleja como un concepto adicional en la nómina.

¿Quién paga la baja por contingencias comunes?

El reparto del coste de la incapacidad temporal entre empresa, INSS y mutua es uno de los puntos que más confusión genera en la gestión laboral. Esta es la regla por tramos.

  • Los tres primeros días el trabajador no cobra nada con cargo a la Seguridad Social. Si el convenio colectivo prevé un complemento del 60 % o del 100 %, la empresa lo abona como mejora voluntaria.
  • Desde el día 4 hasta el día 15 de la baja, la prestación del 60 % corre íntegramente a cargo de la empresa, que no puede recuperar este coste. Este tramo es habitualmente el más relevante en el cálculo del coste laboral de las bajas cortas.
  • A partir del día 16, el responsable del pago es la entidad gestora (INSS o mutua, según la cobertura contratada). La empresa actúa como pagadora delegada: adelanta el dinero al trabajador y luego lo compensa en los seguros sociales mensuales del modelo RLC.

La empresa debe comunicar la baja al sistema RED en un plazo de 3 días hábiles desde que recibe el parte médico. Saltarse este plazo supone una infracción leve sancionable por la Inspección de Trabajo.

Ejemplo práctico, ¿cómo calcular paso a paso las contingencias comunes?

Para ver el cálculo en acción, partimos de un trabajador del régimen general con las siguientes características:

  • Sueldo bruto mensual: 2.000 €.
  • Antigüedad: 200 € al mes.
  • Dos pagas extraordinarias anuales de 2.200 € cada una.
  • Grupo de cotización: 5 (oficial administrativo).

Paso 1. Base de cotización mensual

Sumamos los conceptos salariales del mes y el prorrateo de pagas extra:

2.000 € (sueldo) + 200 € (antigüedad) + 366,67 € (prorrateo de 2 pagas × 2.200 € / 12 meses) = 2.566,67 €.

Paso 2. Cuota del trabajador (4,70 %)

2.566,67 € × 4,70 % = 120,63 €. Este importe aparece como deducción en la nómina del empleado.

Paso 3. Cuota empresarial (23,60 %)

2.566,67 € × 23,60 % = 605,73 €. La empresa ingresa esta cantidad en la Tesorería General de la Seguridad Social junto con el resto de conceptos del modelo RLC.

Paso 4. Total mensual

La cuota total por contingencias comunes que llega a la Tesorería es de 726,36 € (120,63 € del trabajador + 605,73 € de la empresa). A esa cantidad se suman los conceptos de desempleo, MEI, FOGASA y formación profesional para obtener el total de seguros sociales del mes.

¿Qué otras prestaciones cubren las contingencias comunes?

Aunque la incapacidad temporal es la prestación más visible, las cotizaciones por contingencias comunes financian otros derechos del trabajador y de su familia.

###Jubilación contributiva

Las cotizaciones por contingencias comunes computan para la pensión contributiva de jubilación. La base reguladora de la pensión se calcula a partir de las bases de cotización por contingencias comunes de los últimos años de vida laboral (en 2026 se toman los 25 últimos años).

Maternidad, paternidad y riesgo durante el embarazo

La prestación por nacimiento y cuidado del menor cubre el 100 % de la base reguladora durante 19 semanas para cada progenitor. La prestación por riesgo durante el embarazo o la lactancia también se calcula sobre las contingencias comunes, aunque su gestión recae en las mutuas.

Viudedad, orfandad y a favor de familiares

Cuando el fallecimiento se debe a una enfermedad común, las cotizaciones acumuladas dan derecho a las pensiones de viudedad, orfandad y, en algunos casos, a favor de otros familiares con dependencia económica del causante.

Prestaciones familiares

Por hijo a cargo (modalidad no contributiva), por nacimiento o por familia numerosa. Algunas de estas prestaciones son universales y otras están sujetas a límites de renta.

¿Cuáles son los errores más frecuentes al calcular las contingencias comunes?

Los errores en el cálculo de cuotas suelen detectarse durante las inspecciones de la TGSS o al cierre del ejercicio fiscal. Estos son los más habituales en la gestión laboral de pymes y despachos.

  • Olvidar el prorrateo de pagas extra: si no se prorratea, la base de cotización queda artificialmente baja y la TGSS reclama las diferencias con recargos. El prorrateo se aplica desde el primer mes de actividad, incluso si el trabajador todavía no ha generado el derecho a la paga extra completa.
  • Confundir la base CC con la base CP cuando hay horas extras: las horas extraordinarias estructurales y no estructurales se incluyen en la base de cotización por contingencias profesionales del mismo mes, pero solo computan en la base de contingencias comunes a efectos del cómputo anual. Aplicar la misma base para ambos conceptos es un error común en programas mal configurados.
  • No respetar el tope mínimo del grupo: cada grupo de cotización tiene una base mínima distinta. Si la retribución del trabajador queda por debajo de la base mínima de su grupo, hay que cotizar igualmente por esa base mínima.
  • No comunicar la baja en plazo: el sistema RED exige reportar el parte de baja en 3 días hábiles. Si se retrasa, la empresa puede perder el derecho a compensar la prestación pagada al trabajador durante el periodo no notificado.
  • Confundir base reguladora diaria con mensual: la base reguladora de la incapacidad temporal es diaria (base CC mensual dividida entre 30 días). Aplicar la base mensual directamente sobre los porcentajes del 60 % o el 75 % multiplica por 30 el importe correcto de la prestación.

¿Cómo automatizar el cálculo de contingencias comunes en tu empresa?

Calcular las contingencias comunes a mano con una hoja de cálculo funciona en plantillas pequeñas, pero a partir de 5 o 6 empleados el riesgo de equivocarse en una base o en un parte de baja se dispara. La actualización anual de bases y tipos en enero también obliga a revisar las fórmulas todos los años.

Un buen software laboral es capaz de:

  • Calcular automáticamente la base de cotización con prorrateo de pagas extra.
  • Aplicar los porcentajes vigentes (CC, CP, desempleo, MEI, FOGASA, formación).
  • Generar los modelos RNT y RLC listos para el sistema RED.
  • Conciliar los seguros sociales con la contabilidad sin duplicar entradas.
  • Actualizarse automáticamente cuando cambian las bases o los tipos.

Holded es capaz de calcular las contingencias comunes y profesionales aplicando los porcentajes y bases de cada ejercicio. Cada nómina queda enlazada con la contabilidad integrada, de manera que los gastos de personal y los seguros sociales se imputan al cierre mensual sin reescritura manual.

El sistema genera los documentos para el RED y deja la conciliación bancaria prácticamente lista. Para una pyme con 10 trabajadores, esto supone ahorrar entre 4 y 6 horas mensuales de trabajo administrativo.

Preguntas frecuentes

¿Cotizan los autónomos por contingencias comunes?

Sí. Los trabajadores por cuenta propia inscritos en el RETA cotizan por contingencias comunes, contingencias profesionales y cese de actividad. En su caso, el tipo aplicable es del 28,30 % sobre la base que el autónomo haya elegido, dentro de los tramos de rendimientos netos del sistema vigente. Toda la cuota la asume el propio autónomo, sin reparto con la empresa. Tienes el detalle en el artículo de cuota de autónomos 2026.

¿Qué pasa si la empresa no paga las contingencias comunes a la TGSS?

La falta de ingreso de las cuotas en plazo genera recargos progresivos: del 10 % si se regulariza dentro del mes siguiente al vencimiento, del 20 % si se hace más tarde y del 35 % cuando la deuda se reclama mediante providencia de apremio. A esto se suman los intereses de demora y, en casos graves, la responsabilidad del administrador en vía solidaria.

¿Se pueden mejorar las prestaciones por contingencias comunes mediante convenio colectivo?

Sí. La mejora más habitual consiste en complementar la prestación del INSS hasta alcanzar el 100 % del salario durante la baja. El complemento se paga directamente por la empresa y figura como un concepto adicional en la nómina. También existen convenios que cubren los tres primeros días sin prestación pública con una mejora voluntaria del 50 % o del 60 %.

¿Cómo afecta el pluriempleo al cálculo de las contingencias comunes?

Un trabajador con dos o más empleos por cuenta ajena cotiza en cada empresa por su retribución correspondiente, hasta el tope máximo conjunto. Si la suma de bases supera la base máxima legal, la Tesorería General de la Seguridad Social distribuye proporcionalmente el exceso y devuelve al trabajador y a las empresas las cuotas ingresadas de más, una vez cerrado el ejercicio.

¿Qué ocurre si el trabajador sufre una recaída de la misma enfermedad común?

La recaída dentro de los 180 días siguientes al alta médica se considera continuación de la baja anterior. Se respeta el porcentaje que el trabajador venía cobrando (60 % o 75 %), sin volver a aplicar el tramo de cero días inicial. Si pasan más de 180 días, se abre una nueva baja con su propio cómputo desde el primer día.

Isabel Rubio

Isabel Rubio

Redactora de Contenidos

Isabel Rubio es redactora de contenidos en Holded, enfocada en emprendimiento y estrategias empresariales para pymes.

Recibe cada semana lo mejor del blog en tu bandeja

Consejos de facturación, contabilidad y gestión para pymes. Únete a más de 200.000 suscriptores.