Conoce si como autónomo puedes acceder a la jubilación parcial, qué condiciones debes cumplir y cómo iniciar paso a paso el trámite.
La jubilación parcial es una opción que permite a los trabajadores reducir su jornada laboral mientras empiezan a recibir una parte de su pensión. Aunque esta modalidad es más conocida para los trabajadores asalariados, muchos autónomos se preguntan si es una alternativa viable para ellos.
En este artículo ofrecemos una clara visión sobre las alternativas y procedimientos disponibles para los autónomos que piensan en su futuro.
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La legislación actual sobre jubilación parcial no reconoce esta opción de manera específica para los autónomos. A diferencia de los trabajadores por cuenta ajena, que pueden acceder a la jubilación parcial cumpliendo ciertos requisitos, los autónomos que lo deseen deben explorar otras alternativas similares.
La evolución normativa en materia de jubilación para autónomos ha sido lenta. Aunque hay propuestas en discusión, muchas aún no se han implementado, como es el caso también de la jubilación flexible. Para el año 2025, se esperan cambios, pero actualmente la jubilación parcial no se encuentra regulada para los autónomos.
Esto significa que quienes desean reducir su carga laboral deben buscar otras alternativas para seguir generando ingresos, aunque no se trate de una jubilación parcial formal. No obstante, la Seguridad Social permite a los trabajadores por cuenta propia acogerse a otras formas de retiro parcial compatibles con el trabajo.
Conoce los requisitos y beneficios de la jubilación demorada
La opción más adecuada es la jubilación activa, que permite a los autónomos recibir hasta el 100% de su pensión de jubilación mientras continúan trabajando. Para acceder a ella, el autónomo debe haber alcanzado la edad de jubilación y haber cotizado un mínimo de 15 años.
La diferencia principal entre la jubilación activa y la jubilación parcial, además de su destinatario, es la obligación de reducir la jornada laboral que tiene el trabajador por cuenta ajena (en el caso del autónomo los límites los marcan los ingresos) y el importe de la pensión, que en el caso de asalariados es inversamente proporcional al salario, mientras que en el caso del autónomo puede alcanzar el 100%.
AspectoJubilación Parcial (Cuenta Ajena)Jubilación Activa (Autónomos)DefiniciónReducción de jornada y salario junto con el cobro de parte de la pensión.Compatibilización de la pensión de jubilación con el trabajo por cuenta propia, con reducción de actividad.Requisitos de edad- 60 años si la empresa cubre el puesto (contrato de relevo).- 61 años (2024, aumentando progresivamente a 65).65 años (o 64 si se acreditan 35 años cotizados)Cotizaciones mínimas33 años cotizados35 años cotizados (para jubilación activa ordinaria)Reducción de actividadObligatoria: reducción de jornada entre un 25% y un 50%No es obligatoria, pero los ingresos no pueden superar el 50% del SMI anual (2025: ≤ 8.268 euros)Pensión percibidaParcial (proporcional a la reducción de jornada)Completa, pero sujeta a posibles ajustes si se superan los límites de ingresosContinuación laboralContrato de relevo para sustitución parcialNo requiere contratos, pero se debe notificar a la Seguridad SocialFinanciaciónEmpresa y trabajador cotizan por la parte trabajadaEl autónomo cotiza por la base mínima (salvo excepciones)Normativa aplicableArt. 166 bis LGSS (Ley General de la Seguridad Social)Art. 13 Ley 20/2007 y RD 1131/2006 (RETA)
Solicitar la jubilación activa es un proceso sencillo, pero implica seguir atentamente todos los pasos que te indicamos a continuación:
También puedes realizar el trámite de forma presencial en un Centro de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS), solicitando cita previa.
El cálculo de la pensión de jubilación si decides seguir trabajando no es exactamente el mismo que si el retiro es total y puede ser algo complicado. Si estás en proceso de tomar la decisión, te desglosamos cómo funciona el proceso para que puedas hacer tus cálculos.
La pensión se establece en función de la base reguladora y la cantidad de años cotizados, utilizando la siguiente fórmula.
Base reguladora = suma de las bases de cotización de los últimos 300 meses / 350
Antes de 2022, para el cálculo se utilizaban las bases de cotización de los últimos 15 años trabajados, pero en la actualidad computan los 25 últimos, teniendo en cuenta que a los primeros 23 años de cotización se les aplican coeficientes de actualización según el IPC.
Al resultado obtenido se le aplica un porcentaje, de la siguiente forma:
Un autónomo que se jubile de forma activa compatibilizará el cobro de un porcentaje de su pensión con los rendimientos del trabajo que continúe realizando. Por ejemplo, si no tiene trabajadores a su cargo, durante el primer año de compatibilización cobrará el 45% de su base reguladora.
Por el contrario, si el autónomo tiene al menos un trabajador a su cargo, puede llegar a cobrar hasta el 75% de su base reguladora. Para alcanzar el 100% de la misma, es necesario que no facture por encima del SMI.
Trabajar después de la jubilación puede ser una opción interesante para muchos autónomos que desean seguir activos, complementar sus ingresos o mantener su red de clientes. No obstante, también implica responsabilidades y riesgos que debes tener en cuenta antes de elegir esta opción.
Entre las principales ventajas destacan:
Pero también debes valorar las siguientes desventajas:
Sí, los autónomos en jubilación activa pueden seguir facturando. Si es tu caso, recuerda que, además, debes cumplir con las obligaciones fiscales y de cotización correspondientes.
Si decides dejar de trabajar, puedes solicitar el cese de actividad en la Seguridad Social y mantener tu derecho a la pensión de jubilación completa. Recuerda que dejarás de generar ingresos laborales y comenzarás a percibir la pensión que te corresponda según las cotizaciones que hayas realizado en los últimos años.
No solo no son iguales, sino que están dirigidas a distintos perfiles. La jubilación parcial, solo para trabajadores por cuenta ajena, implica una reducción de la jornada laboral mientras se recibe parte de la pensión, algo no regulado para autónomos. Por otro lado, la jubilación activa permite seguir trabajando y, en algunos casos, recibir la pensión completa.
Dado que la jubilación parcial no está regulada actualmente para autónomos, no existe una cantidad definida. En la jubilación activa, la modalidad prevista para los trabajadores por cuenta propia, los ingresos dependen de la cotización acumulada, la facturación prevista y si se tienen, o no, trabajadores contratados.