Facturación

¿Cuándo prescribe una factura impagada y cómo reclamarla?

Te explicamos cuándo prescriben las facturas impagadas, los plazos que se manejan y qué acciones puedes tomar para reclamarlas.

Rosana Ribera de Gracia

La prescripción de una factura es aquel proceso por el que se pierde la capacidad de reclamar el cobro de un impago y puede afectar a cualquier tipo de deuda, según Delsol. Sin embargo, una factura impagada es aquella que está pendiente de pago y su fecha ha quedado fuera del rango temporal acordado entre el cliente y el proveedor para ser saldada. También se consideran facturas vencidas aquellas que no se han pagado y fueron emitidas en el ejercicio anterior. 

La legislación española incluye algunas normas para proteger a los profesionales de la morosidad en las que se determina cuáles los plazos de pago así como el procedimiento sobre la prescripción de facturas impagadas.

La Ley 42/2015 de 5 de octubre introdujo una reforma que establece que las facturas impagadas prescriben a los 5 años para las operaciones comerciales entre profesionales y particulares.

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¿Qué es la prescripción de una factura impagada?

La prescripción de una factura es el proceso por el que un vendedor (autónomo o empresa) pierde su derecho a cobrar una factura impagada. Este proceso, también conocido como prescripción extintiva, es una herramienta legal para combatir la incertidumbre en los derechos de cobro que, en algunos casos, proviene de una contabilidad poco fiable, explica el despacho Lucas Franco Abogados en su web. 

¿Cuáles son los plazos en los que se prescribe una factura impagada?

El plazo de prescripción para el cobro de facturas varía en función del tipo de deudor de la factura impagada:

  • Facturas entre empresas y autónomos: 5 años (3 años en el caso de Cataluña).
  • Facturas dirigidas a particulares: 3 años.
  • Facturas dirigidas a administraciones públicas: 4 años.

Además, existen otros plazos de prescripción en función del contexto de la deuda. Por ejemplo, se establece un plazo de prescripción de 5 años para deudas de préstamos, pagos o reparto de dividendos, impago de alquiler o deudas con suministros (telefonía, agua o gas).

Las deudas con hospedajes así como agentes legales (abogados, jueces, notarios o registradores) prescriben a los 3 años. El plazo de prescripción más largo es el relativo al pago de hipotecas, que se cumple a los 20 años, según detalla la Ley 42/2015 de 5 de octubre

¿Cuándo se comienza a contar el plazo de prescripción?

El tiempo para que empiece a computar el plazo de prescripción de las acciones, si no hay disposición especial que establezca otra cosa, se contará a partir del día siguiente en que se pudo ejercitar la acción (artículo 1969 del Código Civil).

Excepciones y situaciones especiales que afectan los plazos de prescripción

El plazo de prescripción de las acciones para determinar la obligación y aplicar sanciones se suspende en los siguientes casos, según se explica en la Ley 42/2015 de 5 de octubre

  1. Durante la tramitación del procedimiento contencioso tributario.
  2. Durante la tramitación de la demanda contencioso-administrativa, del proceso constitucional de amparo o de cualquier otro proceso judicial.
  3. Durante el procedimiento de la solicitud de compensación o de devolución.
  4. Durante el lapso que el deudor tributario tenga la condición de no habido.
  5. Durante el plazo que establezca la SUNAT al amparo del presente Código Tributario, para que el deudor tributario rehaga sus libros y registros.
  6. Durante la suspensión del plazo a que se refiere el inciso b) del tercer párrafo del artículo 61° y el artículo 62°-A.”

En términos prácticos, entonces, podemos concluir que la suspensión del plazo de prescripción sólo es aplicable para el inicio de una cobranza coactiva por parte de la administración tributaria acción de cobro.

En el caso de la acción de la administración para determinar la deuda tributaria, por ejemplo, para iniciar una fiscalización que culmine en la notificación de una Resolución de Determinación, dicho plazo no ha sido suspendido y continúa corriendo con normalidad durante el Estado de Emergencia nacional, sigue especificando la propia Ley. 

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¿Cómo evitar que prescriba una factura impagada?

Los profesionales tienen dos opciones para reclamar una factura impagada y poder cobrar su trabajo a tiempo antes de que se cumpla el plazo de prescripción. Delsol explica estas dos formas en su web: 

  1. Reclamar el pago de manera formal o amistosa: el emisor de la factura debe demostrar que el pago ha sido reclamado de manera formal, es decir, a través de una comunicación registrada (carta o correo electrónico). Este recordatorio debe aludir a la factura impagada con todos los detalles y, opcionalmente, se puede acompañar de una llamada. 
  2. Reclamar el pago por la vía judicial: El procedimiento del juicio monitorio, que está regulado en los artículos 812 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, destaca por su ágil tramitación y comienza con la presentación de una solicitud por parte del acreedor ante el juzgado competente. Al presentar una demanda de juicio monitorio se interrumpe el plazo de prescripción de la deuda. Esto significa que el tiempo transcurrido hasta la presentación de la demanda no se tiene en cuenta para el cálculo del plazo de prescripción. Por lo tanto, si una factura está próxima a prescribir, presentar un juicio monitorio puede detener ese proceso y permitir seguir adelante con la reclamación.

¿Qué acciones legales existen para reclamar la prescripción de las facturas impagadas?

Puedes reclamar una factura impagada tú mismo, pero lo más común es que acudas a un abogado especialista. En su web MZG Legal explica los pasos que hay que seguir: 

  1. Solicitud ante el Juzgado de Primera Instancia del lugar de domicilio o residencia del deudor. En este documento deben estar identificados el deudor, el acreedor, sus domicilios y la cuantía de la deuda. Hay que adjuntar las facturas o contratos que demuestren la deuda.
  2. El Juzgado de Primera Instancia recibe la petición. Ante esto puede hacer varias cosas: admitir directamente o requerir al demandante para subsanar la petición inicial (si percibe un error). 
  3. Tras la admisión a trámite, se da al deudor un plazo de 20 días para pagar la deuda o realizar una alegación.

El desenlace puede ser:

  • Pago de la deuda.
  • Oposición a la reclamación. 
  • Sin respuesta por parte del deudor. Se dicta un decreto que nos faculta para ejecutar la deuda y embargar los bienes del deudor hasta cobrar la totalidad de la deuda. A menudo esta es la vía más habitual para forzar al deudor a abonar lo debido.

En resumen

Como conclusión podemos determinar que una factura impagada es aquella que está pendiente de pago y su fecha ha quedado fuera del rango temporal acordado entre el cliente y el proveedor para ser saldada, según explica Delsol en su página web. Los plazos para prescribir una factura a particulares es de 3 años, mientras que para autónomos y empresas es de 5 años. 


Preguntas frecuentes

¿Se puede recuperar una factura impagada después de que haya prescrito?

Así, la redacción actual del art. 1.964 del Código Civil determina, en su apartado 2, que “las acciones personales que no tengan plazo especial prescriben a los cinco años desde que pueda exigirse el cumplimiento de la obligación. En las obligaciones continuadas de hacer o no hacer, el plazo comenzará cada vez que se incumplan”.

¿Cómo se maneja y recupera el IVA de una factura impagada?

La Agencia Tributaria permite recuperar el IVA de una factura impagada. A pesar de que la Administración permite recuperar el IVA liquidado en casos de impago total o parcial de una factura, también contempla una serie de requisitos para que esta se considere como incobrable:

–Hacienda exige que haya transcurrido al menos un año desde la emisión de la factura para que el impago pueda empezar el proceso. Sin embargo, este mínimo se reduce a 6 meses cuando el afectado es un autónomo o una pyme cuyo volumen de operaciones anuales no supere los 6.010.121,04 euros.
–Las facturas pendientes de pago deben ser de clientes en situación de concurso de acreedores.
–La factura debe estar registrada en los libros fiscales y contables.
–El destinatario de la factura debe ser una empresa o profesional, en este caso un autónomo.
–Dicho autónomo debe haber reclamado el cobro por vía judicial o mediante requerimiento notarial. 

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