Estarás de acuerdo en que las tareas más importantes a llevar a cabo por cualquier empresa son dos: una es vender y la otra es cobrar. Luego hay otras que son fundamentales también, por supuesto, pero si no entra dinero en el negocio todo se para.
Sabemos que medios y formas de cobrar las facturas hay muchos, pero en este artículo vamos a centrarnos solo en uno de ellos: te vamos a explicar con detalle qué es el giro a 30 días, y veremos, entre otras cuestiones, cómo se lleva a cabo exactamente, si es necesario un número de cuenta o qué lo diferencia de otras figuras.
En el argot mercantil, emitir una factura a 30 días significa que el cobro de la misma se realizará a los 30 días desde su fecha de emisión. Y girar es expedir una orden de pago. Por tanto, un giro a 30 días es emitir una orden de pago a los 30 días de la fecha de la factura.
Los elementos que forman esta definición son dos:
Este elemento lo diferencia de aquellos casos en los que es el cliente el que hace el pago motu proprio, por ejemplo, entregando el dinero en efectivo o haciendo una transferencia bancaria.
Es decir, que justo a los 30 días de la fecha del documento saldrá el dinero de la cuenta de uno para llegar a la del otro.
Lo verás muy claro con un ejemplo:
Una abogada, por sus servicios prestados, emite una factura de 2.000 euros el día 1 de junio y acuerda con el cliente que la forma de pago será un giro a 30 días. Pues bien, la abogada emitirá un recibo para que el día 30 de junio en la cuenta del cliente se carguen los 2.000 euros y se ingresen en la cuenta de la letrada.
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Todas las facturas, independientemente de cuál sea su forma o plazo de cobro, deben contener las mismas menciones y que son las establecidas en la normativa vigente.
Al margen de esto, el hecho de que la factura se vaya a cobrar mediante un giro a 30 días deberá constar de alguna forma, y puede ser en el propio cuerpo de la factura (en un apartado destinado a la forma de pago) pero también en un contrato previo, en las condiciones generales aceptadas por el cliente o en cualquier otra comunicación que haya habido entre las partes.
No es obligatorio que conste en la factura propiamente dicha, ni para que esta cumpla con la legalidad ni para que el acuerdo sea vinculante.
Las facturas que se giran a 30 días se cobran, normalmente, mediante la emisión de un recibo bancario que el vendedor emite para que sea cargado en la cuenta del cliente en el plazo previsto y, así, recibir el dinero en su propia cuenta.
Para esto es necesario:
Este es un documento obligatorio para cualquier tipo de domiciliación bancaria (como es el caso que estamos viendo) que contiene una serie de menciones y que debe ser conservado por quien emite los recibos al cobro.
En él figurará el IBAN de la cuenta en la que se hará efectivo el cobro de la factura.
Las entidades suelen poner a disposición de sus clientes las herramientas necesarias para realizar estas operaciones de forma online.
Un ejemplo del proceso total del cobro de una factura que se gira a 30 días podría ser el siguiente:
La empresa de reformas Z realiza un trabajo por importe de 3.000 euros a su nuevo cliente M. La factura se emite el 10 de abril y se girará el cobro a 30 días.
En este caso, Z necesita que M le haga llegar la orden de domiciliación (mandato SEPA) debidamente cumplimentada y firmada. Uno de los datos que aparece en ella es el número de cuenta bancaria en la que se hará efectivo el pago.
Será Z quien lleve a cabo el proceso de cobro y que gestionará con la herramienta o aplicación que le proporcione su entidad bancaria. El resultado será la emisión de un recibo domiciliado que será cargado el 10 de mayo en el número de cuenta proporcionado por M y cuyo importe entrará en la cuenta de Z.

El giro a 60 días solo se diferencia del giro a 30 en el plazo en el que se va a realizar el cobro de la factura y que es, como es lógico, de 60 días. Lo mismo ocurre con el giro a 90 días.
Ahora bien, cuando se acuerda que el pago de una factura se va a realizar mediante giro a 30 y 60 días, por ejemplo, lo que significa es que va a tener lugar un pago fraccionado, de forma que la mitad se cobrará con un giro a 30 días y la otra mitad con otro giro a los 60 días de la fecha de la factura.
En el mismo sentido, si el cobro se va a llevar a cabo mediante giros a 30, 60 y 90 días el resultado es que se emitirán tres recibos por un importe igual al la tercera parte de la factura y cada uno de ellos se cargará en la cuenta del cliente en las fechas previstas: uno a los 30 días, otro a los 60 y el último a los 90 días, contados siempre desde la fecha de la factura.
La idea es la misma independientemente de cual sea la combinación de los plazos señalados, que también pueden ser otros distintos.
El giro bancario es diferente a lo que estamos tratando en este artículo y se trata de una forma de pago en la que:
Si en el ejemplo que hemos visto anteriormente la forma de pago fuera un giro bancario el proceso sería el siguiente:
El banco de M emitiría un cheque bancario por 3.000 euros (descontándolo de su cuenta) y este se lo entregaría a Z, que para cobrarlo debería depositarlo en su propia entidad para su ingreso en cuenta.
El banco que emite este tipo de cheques es el que se compromete a realizar su pago, por lo que la seguridad de que el cobro de la cantidad se va a realizar es máxima.
Cuando se paga una factura mediante una transferencia bancaria es el cliente el que hace la gestión para que de la cuenta de la que es titular salga el dinero que debe ir a la de su proveedor.
La diferencia con el giro de los recibos es que en este caso es el proveedor el que realiza la actuación (emite el recibo) para que se cargue el dinero en la cuenta del cliente y en la transferencia es el cliente el que toma acción.
El vencimiento de la factura es el plazo máximo con el que cuenta el cliente para realizar su pago, de forma que si no lo lleva a cabo en ese período de tiempo se le podrá exigir el abono de los intereses de demora correspondientes.
Por tanto, el vencimiento de la factura hace referencia al período de tiempo del que dispone el cliente para pagarla sin que se devenguen intereses de demora pero no a la forma de llevarlo a cabo. Y si el vencimiento es 30 días significa que el cliente dispone de todo ese tiempo para abonar su importe.