Contabilidad

¿Qué es la prorrata y cómo afecta a tu facturación?

Raül De Tena

¿Sabes exactamente qué es la prorrata? ¿Y eres consciente de cómo afecta a tu facturación? Te lo explicamos todo en este artículo.

El IVA es ese impuesto ineludible que te vas a encontrar en tu vida empresarial una y otra vez. Sí o sí. Lo quieras o no lo quieras. Y, por eso mismo, lo mejor que puedes hacer es estar totalmente informado de todos los intríngulis que acarrea este concepto y, sobre todo, de cómo esos intríngulis afectan a tu facturación.

Porque, cuando se trata de enfrentarnos al IVA, toda ayuda es buena. Ayuda que puede venir de la mano de conocimientos teóricos como los que vamos a ofrecerte en este artículo o a través de herramientas tan imprescindibles como contar con uno de los mejores software de contabilidad online.

A la hora de dominar el IVA, todo suma. Por eso mismo es el momento de que preguntemos: ¿sabes qué es exactamente la regla de prorrata?

¿Qué es la regla de prorrata?

Hay ocasiones en las que un sujeto pasivo ejerce ciertas actividades de carácter profesional o empresarial en las que desarrolla tanto una prestación de servicio como una entrega de bienes. Algunas de estas acciones generan un derecho a la deducción, pero otras no. Y no lo decimos nosotros, sino que lo dice el artículo 102.1 de la ley 37/1992.

La regla de prorrata nace, entonces, para cubrir la necesidad de definir qué cuotas son deducibles y cuáles no. Dicho de otra forma: la prorrata es el porcentaje de un IVA que puede deducirse en el caso de que el sujeto esté realización a la vez actividades deducibles y no deducibles.

Suena un poco abstracto, lo sabemos. Pero ya verás como, al contemplar las diferentes modalidades de este concepto, todo se aclara un poco más.

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Modalidades de prorrata

Fundamentalmente, existen dos modalidades diferentes de prorrata. Y los vamos a ver a continuación.

Prorrata general

Hablamos de prorrata general cuando nos referimos a la aplicación de un porcentaje sobre la totalidad de un IVA soportado. Para calcularlo, cogemos las operaciones deducibles y las multiplicamos por cien, de tal manera que el resultado de la multiplicación lo dividamos entre el total de operaciones realizadas. El monto resultante se redondeará hacia el número inmediatamente superior.

Expresado en forma de fórmula, vendría a ser algo así:

Operaciones deducibles x 100 / Total operaciones

Debemos tener en cuenta, sin embargo, que nos encontramos ante una fórmula de pura simplificación: el cálculo de la prorrata general se realiza a partir del total de las operaciones del sujeto y, por lo tanto, se obvia el uso concreto de cada bien o servicio.

Esto significa que el monto resultante será impreciso… Y, precisamente por eso, aunque esta es una herramienta importante, existe otra mucho más precisa.

Prorrata especial

La prorrata especial es obligatoria por ley siempre que el total de las cuotas deducidas en un año corriente superen el 20% al hacer la prorrata general. Para calcularla, por lo tanto, se distinguen tres grandes grupos:

  1. Gastos generados por la compra de bienes y servicios empleados en exclusiva en actividades deducibles (sujetas a IVA). En este caso, deduciremos todo el IVA Soportado.
  2. Gastos generados por la compra de bienes y servicios empleados en exclusiva en actividades no deducibles (no sujetas o exentas de IVA). En este caso, no se deducirá IVA alguno.
  3. Gastos generados por la compra de bienes o servicios comunes a las dos actividades. En este caso, usaremos la fórmula de la prorrata general.

Habiendo categorizado nuestros gastos y calculado las deducciones pertinentes, ya lo único que tenemos que hacer es una suma final con la que obtendremos la prorrata especial. Un dato preciso que será de una ayuda vital para nuestras tareas de contabilidad y que, sobre todo, nos convertirá en verdaderos maestros del IVA.

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